El presidente Daniel Noboa presentó su primera propuesta legislativa: el proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo. Con este proyecto de ley económica urgente de Noboa, su gobierno espera hacer cambios importantes “en materia tributaria, para la generación de empleo joven y atracción de inversiones”. 

Entre sus principales propuestas están la creación de zonas francas (una figura legal que permite beneficios tributarios y comerciales a las empresas que funcionen en determinadas áreas elegidas para ese propósito), hacer cambios en las alianzas público privadas y otorgar beneficios tributarios en ciertos casos. 

El proyecto fue presentado la noche del 27 de noviembre de 2023. Tiene carácter económico urgente. Es decir, la Asamblea debe tratarlo en un plazo de 30 días. En ese periodo la Asamblea deberá aprobarlo, modificarlo o negarlo. Si no lo hace, el proyecto entra en vigencia por el ministerio de la ley tal y como el Presidente lo envió al Legislativo

¿Por qué se presentó el proyecto de ley?

Horas antes de presentarlo a la Asamblea, Juan Carlos Vega, el flamante ministro de Economía del gobierno de Noboa, dijo en una cadena nacional que la situación económica del país “no genera empleo formal, ni adecuado; por lo cual se vuelve una gran semilla para la inseguridad y la violencia”.  Además, dijo Vega, la legislación actual fomenta el empleo informal. 

Entre las preocupantes cifras que Vega dio sobre cómo el gobierno de Noboa recibe el país están: 

  1. Hay atrasos de 2.872 millones de dólares en los pagos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) y a otras instituciones. 
  2. El déficit fiscal proyectado para finales de 2023 es de 5 mil millones de dólares, el 5% del Producto Interno Bruto (PIB). 
  3. El riesgo país se está acercando a los 2 mil puntos, lo que implicaría que el Ecuador no pueda acceder a mercados de deuda y complica la atracción de inversiones. 

En la presentación del proyecto de ley, el gobierno dice que el objetivo de la ley es “fortalecer y rescatar la situación económica ecuatoriana a partir de la implementación de incentivos tributarios, de inversión nacional y extranjera y creación de empleo”. 

Alega, además, que Ecuador “enfrenta una situación económica adversa en materia de inversión, debido a la falta de competitividad del marco normativo en relación a los países vecinos y de la región”. 

Este problema, dice la presentación del proyecto de ley, se refleja en que en los últimos 20 años Ecuador ha recibido menos inversión extranjera directa respecto a su PIB que sus países vecinos. 

Esa falta de inversión tiene un impacto negativo en la generación de empleo. Por ejemplo, según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), cada mil millones de dólares invertidos en los sectores de energía, transporte, agua y saneamiento generan en promedio 35 mil empleos directos en América Latina y el Caribe. 

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Cambios tributarios

En la primera parte del proyecto de ley económica urgente de Noboa, se plantean cambios a las normativas tributarias ecuatorianas. 

Entre los principales están: 

Exoneración del impuesto a la renta para las nuevas inversiones en transición y seguridad energética. 

Esto incluye a las que se hacen para generar energías renovables no convencionales y la industrialización de gas natural. 

Estas inversiones tendrán derecho a la exoneración del impuesto a la renta por 10 años, contando desde el primer año en el que se generen ingresos atribuibles “directa y únicamente” a la nueva inversión. 

En ninguno de los casos, dice el proyecto de ley, el valor de la exoneración del impuesto a la renta acumulada excederá el monto total de la inversión. 

Si se incumplen las condiciones necesarias para aplicar esta exoneración, la Administración Tributaria “determinará y recaudará los valores correspondientes del impuesto a la renta”. 

Deducción adicional de impuestos por incrementar las plazas de trabajo para jóvenes de entre 18 y 29 años. 

Esta deducción se suma a las deducciones ya establecidas en el numeral 9 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno. El proyecto de ley dice que esta deducción adicional se aplica a plazas de trabajo con contratos a plazo fijo o indefinido que estén inscritos en el Ministerio de Trabajo.

La deducción se hace sobre el gasto de los sueldos y salarios sobre los que se aporta a la seguridad social, cuando corresponda. 

Solo pueden acceder a esta deducción los empleadores que “hayan contratado a jóvenes bajo relación de dependencia por un periodo mínimo de un año con corte al final del ejercicio fiscal correspondiente”. 

El porcentaje de deducción depende del número de plazas nuevas: 

  1. 12 plazas: 20%
  2. 25 plazas: 30%
  3. 59 plazas: 40%
  4. 100 plazas: 50%
  5. 200 plazas: 60%
  6. 300 plazas: 70%
  7. 400 plazas: 80%
  8. 500 plazas: 90%

El proyecto de ley dice que se aumentará un punto porcentual adicional si dentro del grupo que accede a las nuevas plazas de trabajo se contrata a al menos un egresado o graduado de universidades públicas ecuatorianas. 

Si la relación laboral se termina, el beneficio se podría seguir aplicando si es que esa plaza es llenada por otra persona en el mismo rango de edad. 

La deducción propuesta: 

  1. No es acumulable a otras deducciones adicionales establecidas en el artículo 9 de  la Ley de Régimen Tributario Interno. 
  2. No se aplicará a quienes contraten ciudadanos de hasta 29 años que ya hayan sido dependientes del mismo empleador antes. 
  3. Tampoco se aplica para los parientes de hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del empleador, accionistas ni representantes legales relacionados al empleador. 
  4. Deducción adicional de impuestos del 50% de las remuneraciones y beneficios de las personas que hayan salido de la cárcel. 

El proyecto de ley dice que esta deducción se aplicará para quienes contraten bajo relación de dependencia a personas que “hayan sido sancionadas con penas privativas de libertad en Ecuador” por más de un año. 

Lo mismo aplica para las parejas en unión de hecho o esposos de quienes hayan estado presos por más de un año. 

Para acceder a este beneficio, las empresas deben: 

  1. Estar al día con los pagos en el Servicio de Rentas Internas (SRI), el IESS y el Ministerio de Trabajo. 
  2. Contratar bajo relación de dependencia por al menos un año con corte al final del ejercicio fiscal correspondiente. 

Otras propuestas: 

  1. Sustituir la “sanción por falta de declaración” de impuestos que en la actualidad es una multa mensual del 5% de los valores no declarados por una “sanción por ocultamiento patrimonial” que es del 2% del valor total de los valores no declarados por cada mes de atraso. Esta podría llegar a ser de hasta el 10%. 
  2. Establecer un sistema de autorretención para las sociedades calificadas como grandes contribuyentes. 
  3. Establecer un régimen de amnistía tributaria, cuyas condiciones serán establecidas en el reglamento y resoluciones emitidas por el SRI. 
¿Quién es Juan Carlos Vega?

El ministro de Economía y Finanzas, Juan Carlos Vega, junto al presidente Daniel Noboa en Carondelet. Fotografía tomada de la cuenta de Flickr de la Presidencia del Ecuador.

Las Zonas Francas

El proyecto de ley plantea la creación de un sistema de Zonas Francas, espacios delimitados con beneficios tributarios para las empresas. Las Zonas Francas no son nuevas en el país, ya que estuvieron vigentes hasta 2010. En ese año fueron reemplazadas por las Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE).

Entre 1991 y 2010 se crearon más de 20 de estos territorios. Incluso algunas siguen operando hasta la actualidad, como la del Aeropuerto de Quito, vigente hasta 2025.

Desde 2022, el gobierno del entonces presidente Guillermo Lasso también intentó crear nuevamente Zonas Francas en el proyecto de ley de inversiones que fue archivado por la Asamblea Nacional. Y nuevamente en mayo de 2023 cuando presentó un decreto ley a la Corte Constitucional, después de que Lasso disolvió la Asamblea. La Corte no lo aprobó

Ahora el gobierno de Noboa también está intentando crear un sistema de Zonas Francas. Las define como “el área geográfica delimitada dentro del territorio nacional que, por efectos de esta ley, está sujeta a regímenes de carácter especial”.  Estos beneficios especiales se aplican en temas de comercio exterior, aduanero, tributario, financiero, de tratamiento de capitales, entre otros. 

Uno de esos beneficios es que los bienes y servicios que salgan de las Zonas Francas al resto del mundo están exentas del pago de tributos al comercio exterior. 

Para que las empresas sean consideradas como usuarias y operadoras de este régimen debe estar instalada exclusivamente en las áreas declaradas como Zonas Francas.  

La propuesta de Noboa tiene algunas similitudes con lo que presentó Lasso a mediados de 2023. Por ejemplo, ambos proyectos plantean que las zonas francas sean uniempresariales y multiempresariales. 

En las primeras como su nombre lo indica hay un único usuario que se somete a este régimen en ese territorio. Mientras que en las multiempresariales se establecen varias compañías que hacen distintas actividades. 

Otra de las similitudes es que el proyecto de Noboa, al igual que el de Lasso, le da la responsabilidad de autorizar la creación de las Zonas Francas al Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones (Cepai). 

En mayo de 2023, Juan Sebastián Salcedo, ex gerente de la Zona Franca y ZEDE de Quito, le dijo a GK que este cambio ayudaría a agilizar la aprobación de los espacios y reducir los trámites relacionados a las Zonas Francas. 

Según el proyecto de ley presentado por el gobierno de Noboa, las Zonas Francas tienen el potencial de generar hasta 180 mil empleos directos e indirectos. Estiman que el 1% de la población local donde se establecen en estos territorios trabaja ahí. 

Daniel Noboa

El 23 de noviembre de 2023 Daniel Noboa se posesionó como presidente del Ecuador. Fotografía de la cuenta en X de la Presidencia de la República del Ecuador.

Asociación Público Privada

El proyecto de ley incluye también una propuesta para la gestión de las asociaciones público privadas (APP). 

En el texto se define a este tipo de asociaciones como “una modalidad contractual de gestión delegada de largo plazo entre una entidad del sector público y un gestor privado para el desarrollo y/o gestión de un activo público o la prestación de un sistema público”. 

En estos sistemas, dice el documento, “el gestor privado asume riesgos y responsabilidades significativos durante la vigencia del contrato”. 

Se podrá aplicar esta modalidad para los proyectos públicos que cumplan con los requisitos y superen un monto de inversión mínima. Esos dos factores serán definidos en el reglamento del proyecto de ley, si se aprueba. 

Se prohíbe que se privaticen proyectos con esta modalidad y tampoco se podrán ejecutar proyectos de exploración y explotación en minería y petróleo bajo las APP.

Estos son algunos de los puntos principales que propone la ley sobre estas asociaciones:

  1. El Comité Interinstitucional de Asociaciones Público Privadas será un órgano conformado por delegados del gobierno que se encargará de expedir políticas, regulaciones y guías para las APP. 
  2. Los proyectos que se pueden hacer bajo esta modalidad incluyen: 
    1. Diseño, financiamiento, equipamiento, mantenimiento de una nueva obra de infraestructura y la provisión de un servicio público. 
    2. El diseño, rehabilitación o mejora, financiación, equipamiento y mantenimiento de un servicio o una obra de infraestructura existente para la provisión de un servicio público. 
    3. La combinación de las dos actividades descritas anteriormente para prestar un servicio público. 
  3. Los ingresos de las APP se destinarán a la cobertura de los costos y gastos previstos para la ejecución del proyecto. Además, para “satisfacer la retribución del gestor privado por su inversión, riesgos asumidos y servicios prestados”. 

Las modificaciones de estas alianzas entre el sector público y el privado también fueron incluidas en el proyecto de ley de inversiones de Guillermo Lasso. Aquí puedes leer la propuesta que el ahora expresidente hizo en marzo de 2022 y que fue archivada por la Asamblea Nacional. 

Susana Roa 150x150
Susana Roa Chejín
(Ecuador, 1997) Periodista lojana y jefa de la redacción de GK. Cubre economía, sexualidad y derechos. Le interesan los temas de empleo, educación financiera y salud sexual y reproductiva.
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