La Corte Constitucional está bajo ataque. Y no son pocos sus detractores. Parecería que sólo al correísmo le interesa tomarse la Corte. Pero es probable que haya otros sectores, sobre todo económicos relacionados con la minería, a quienes esta Corte les resulta incómoda. Lo cierto es que, si bien varias de sus sentencias han generado muchas críticas de todas las áreas posibles, nadie se ha atrevido a dudar de la honestidad de los jueces, quienes al parecer no tienen ningún compromiso con nadie, más que con sus propios valores. Nos gusten esos valores o no. 

¿Por qué es importante la Corte Constitucional? ¿Por qué hay que defender su estabilidad? 

El ser humano está en la tierra hace, aproximadamente, 200 mil años. Y es apenas hace 250 años que nos organizamos como sociedad de la forma que lo hacemos hoy: en forma de República. Sus características principales es tener un sistema de gobierno elegido por votación popular y distribuido el poder entre tres funciones independientes, con un sometimiento de todos a la ley. Lo que se conoce como Estado de Derecho. 

Esta forma de organización política ha dado los mejores resultados en la Historia permitiendo un desarrollo sin precedentes, tanto en tecnología, ciencia, medicina, convivencia pacífica, que ha permitido, en suma, vivir en las mejores condiciones para los seres humanos, en comparación con los siglos y milenios anteriores. 

Como el desarrollo no es lineal, la democracia está en permanente construcción. Aún con esta forma de organización política vivimos las dos guerras mundiales y ese lastre para la humanidad que fue el holocausto. Nos encontramos con que aún en el Estado de Derecho, de sometimiento a la ley, estas barbaries se pudieron cometer. Entonces tuvimos que apretar las tuercas, y nació (a mitad del siglo anterior) el Estado constitucional de derecho, en reemplazo del Estado legal de derecho.   

La diferencia entre los dos es, básicamente, que ya no es la ley la norma más importante, sino que la Constitución de la República es la norma suprema, en cuyo texto están reflejados los valores más importantes de la sociedad. Por tanto, todas las acciones de poder tienen que estar sometidas a la Constitución —incluido el legislador, el presidente de la República, o las sentencias judiciales. 

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Así nació la Corte Constitucional, como la institución pública encargada de velar que todos los actos del poder estén dentro del marco de lo que disponen las normas constitucionales.

Hay otros sistemas en los que el control constitucional se ha confiado a la Corte Suprema de Justicia, como en los Estados Unidos. El sistema del Ecuador, a partir de la Constitución del 2008, es el de una Corte independiente, por fuera de los poderes tradicionales —ejecutivo, legislativo, judicial— integrada por 9 jueces que tienen el rol de “tribunal de cierre”. Esto quiere decir que sus decisiones no admiten ningún método de impugnación. 

Lo que dice la Corte podrá ser discutido, pero es definitivo. 

Y es sólo a partir de los últimos cuatro años —entre 2019 y 2023— que la Corte Constitucional ha tenido un rol protagónico en la política nacional, incluso en la cotidianeidad de las personas. Esto por sus sentencias por las cuales se habilitó en el Ecuador el matrimonio igualitario, el aborto por violación, la declaratoria de inconstitucionalidad de los decretos de emergencia en los Gobiernos de Moreno y Lasso, la habilitación de la consulta popular por el Yasuní, las declaratorias de inconstitucionalidad de resoluciones de la Corte Nacional de Justicia. También están las sentencias que reconocen los derechos de la naturaleza, entre varias otras, más los dictámenes transcendentes que han redefinido el ordenamiento jurídico en el país, e incluso han influido en el periodo del actual gobierno con sus decisiones frente al juicio político al presidente Lasso. 

Este rol protagónico, que normativamente estuvo vigente desde el 2008, no fue ejercido por las Cortes Constitucionales anteriores. Estas fueron cooptadas por el gobierno de Rafael Correa. Y lejos de ser un contrapeso al poder, fueron obsecuentes y complacientes con él. 

Es a partir de la consulta popular promovida por Lenín Moreno y la instalación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) transitorio, dirigido por Julio César Trujillo, que se nombra por fin una Corte Constitucional integrada por jueces del más alto nivel que cumplen, ahora sí, el rol de garante de la Constitución. De protector de los valores más importantes de la sociedad ecuatoriana, incluso en contra de la opinión de las mayorías.

El doctor Trujillo, conocedor de la historia de nuestro país, de las constantes interferencias en los ciclos institucionales, y de la posibilidad del retorno del caudillismo, tuvo la acertada idea de blindar las decisiones del Consejo de Participación transitorio, entre ellas el nombramiento de los jueces de la Corte Constitucional. 

Y para ello, le pidió a la Corte un dictamen interpretativo, en el que el alto tribunal concluyó que CPCCS transitorio tenía, como resultado de la consulta de 2018, competencias extraordinarias: la evaluación de las autoridades, el cese anticipado de sus funciones y la designación de sus reemplazantes. 

En el mismo dictamen, la Corte concluyó que el CPCCS definitivo (el que ahora preside Almebert Vera), al no estar dotado de las competencias extraordinarias propias de la transición, no puede revisar ni desconocer  las actuaciones efectuadas por el Consejo transitorio, porque las actuaciones del CPCCS transitorio no respondieron a un régimen común, sino excepcional.

Esto ha permitido que los jueces constitucionales actúen con libertad. Con la tranquilidad de que existe estabilidad, y con la certeza de que sólo serán reemplazados cuando cumplan sus periodos, o en las renovaciones parciales como lo establece la propia Constitución. 

Sin embargo, no han faltado las intentonas desestabilizadoras. 

Recientemente un juez de Montecristi, en Manabí, en una actuación que raya en lo delictivo, al resolver una acción de protección dispuso que el CPCCS conforme una veeduría ciudadana para evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del CPCCS transitorio. Esta sentencia fue atendida de manera inmediata por su presidente, Alembert Vera, ex abogado personal de Rafael Correa.   

Esto generó una crítica masiva en contra de Vera, y una ruptura entre los consejeros del CPCCS. Vera intentó recular en su decisión manifestando que se trataría de una veeduría ciudadana sin consecuencias legales o vinculantes.   

El entusiasmo de Vera parece que le saldrá caro, pues la Corte Constitucional, este 13 de septiembre de 2023, ha iniciado la fase de seguimiento de un dictamen por el que, de verificar el incumplimiento de la decisión de la Corte, podría terminar con la destitución de los consejeros del CPCCS que participaron de esta intención de destituir a los jueces de la Corte Constitucional. Así como la destitución del Juez de Montecristi, que fue el operador que habilitó con su sentencia dichas intenciones.

No será la última vez que intenten derrocar la Corte Constitucional. Porque es incómoda al poder, a cualquier poder. Por ello es imperativo estar vigilantes y en su defensa, aún cuando no nos satisfagan todas sus sentencias. 

En el actual modelo de gobierno que tiene el Ecuador, la Corte Constitucional constituye el pilar de nuestra democracia. 

Pablo Encalada Gk 150x150
Pablo Encalada Hidalgo
Abogado litigante en materia penal y docente en varias universidades del país.
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