A pocos días de que los ecuatorianos vayamos a las urnas a votar por 11 preguntas de la consulta popular y referéndum es clave repasar sobre qué vamos a votar y qué implicaría si gana el SÍ en todas.
Aquí analizaré, una por una, y explicaré mi voto en la consulta de Noboa.
Pregunta A: ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con lo previsto en el Anexo 1?
Ecuador se enfrenta a una dura batalla contra el crimen organizado. Las redes criminales, cada vez más poderosas y audaces, amenazan la seguridad de nuestros ciudadanos, poniendo en riesgo su bienestar y la paz.
Actualmente, las Fuerzas Armadas no pueden apoyar a la Policía Nacional en la protección interna y mantenimiento del orden público, a menos que exista una declaratoria de estado de excepción.
En este contexto, la reforma constitucional propuesta es una herramienta crucial para combatir este problema de manera efectiva. Permitir el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional, bajo un marco legal claro y regulado, representa un paso necesario para recuperar el control de nuestras calles y garantizar la seguridad que todos merecemos.
¿Por qué votar SÍ a esta reforma?
Refuerza la lucha contra el crimen organizado. Las Fuerzas Armadas, con su entrenamiento especializado, armamento y recursos, pueden ser un aliado invaluable para la Policía Nacional en la lucha contra bandas criminales, narcotráfico, tráfico de armas, minería ilegal y otras actividades delictivas que golpean al país.
Ya hemos visto cómo su trabajo permitió controlar las cárceles que se convirtieron en verdaderos centros de operación e impunidad de los grupos de delincuencia organizada.
Establece un marco jurídico claro. La reforma no significa militarizar la seguridad interna. Al contrario, establece un marco legal estricto que regula la intervención militar, limitándose a situaciones excepcionales, bajo principios de proporcionalidad, temporalidad y control por parte de las autoridades civiles.
Experiencia y capacitación. Las Fuerzas Armadas ecuatorianas tienen experiencia y capacitación en tareas de seguridad interna, como el control de armas y la detención de delincuentes. Su apoyo complementario puede ser altamente efectivo para combatir el crimen organizado.
Controles y garantías. La reforma contempla mecanismos de control posteriores por parte de la Corte Constitucional y la Asamblea Nacional, asegurando que la intervención militar se realice dentro de los límites legales y respetando los derechos humanos.
En definitiva, la reforma no deja de ser observada por los más puristas sobre el uso de la fuerza militar en tareas que son de especialidad y exclusividad de la Policía Nacional. Sin embargo, hay que evaluar y ponderar la situación grave y extrema que vive el Ecuador. Hay que entender que el apoyo de las FF.AA. se mantiene como excepcional y bajo presupuestos claros.
Votar SÍ a la reforma constitucional es un voto por la seguridad, la paz y el bienestar de todos los ecuatorianos.
Pregunta B: ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
Ecuador enfrenta un desafío cada vez mayor: el crimen organizado transnacional. Estas redes delictivas no respetan fronteras, operando a nivel global y sembrando violencia, muerte e impunidad a su paso. Para combatirlas de manera efectiva, es necesario contar con herramientas que también operen sin fronteras. La propuesta de reforma constitucional que permite la extradición de ecuatorianos bajo ciertas condiciones es una herramienta crucial en esta lucha.
¿Por qué votar SÍ a esta reforma?
Lucha contra el crimen organizado transnacional. Permitir la extradición de ecuatorianos acusados de delitos graves en otros países nos permitirá desarticular estas redes criminales de alcance internacional. Los delincuentes ecuatorianos que hayan cometido delitos en otros países ya no podrán evadir la justicia escondiéndose en las fronteras nacionales.
Fortalecimiento de la cooperación judicial internacional. La cooperación internacional en materia penal es fundamental para combatir el crimen organizado transnacional. La extradición es una herramienta reconocida en los instrumentos internacionales que Ecuador es signatario (como la Convención Interamericana sobre extradición), y su implementación nos permitirá fortalecer nuestro compromiso con esta lucha global.
Garantías para los derechos humanos. La reforma establece condiciones y requisitos claros para la extradición, asegurando que se respeten los derechos fundamentales de los ecuatorianos. Se prohíbe la extradición por delitos políticos, la aplicación de la pena de muerte o la violación del debido proceso.
Demostración de compromiso internacional. Ecuador tiene la obligación de combatir el crimen organizado transnacional y cooperar con otros países en esta lucha. Permitir la extradición demostraría nuestro compromiso con estas obligaciones y fortalecería nuestra imagen internacional.
Decisión judicial en cada caso. La decisión de extraditar o no a un ecuatoriano no será automática. Cada caso será analizado cuidadosamente por jueces ecuatorianos, garantizando que se tomen decisiones justas y apegadas a la ley.
Es importante recordar que la extradición no es una renuncia a la soberanía. El Estado ecuatoriano mantendrá el control sobre el proceso de extradición, asegurando que se cumplan todas las garantías para los derechos humanos.
Esta pregunta es esencial para combatir la delincuencia organizada transnacional. Somos testigos de cómo se cometen delitos transnacionales con total impunidad ya que los delincuentes, sobre todo de “cuello blanco” —individuos que ostentan poder e influencia en la sociedad y que se aprovechan de su posición para cometer actos delictivos— mueven el dinero de sus delitos por varios Estados que son utilizados como gigantescas lavadoras.
Votar SÍ a la reforma constitucional sobre extradición es un voto por un Ecuador más seguro, donde la justicia no tenga fronteras y el crimen organizado no encuentre refugio.
Pregunta C: ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?
La justicia constitucional es el pilar fundamental del Estado de derecho. Es la encargada de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos y garantizar que las leyes y acciones del Estado y otros actores se ajusten a la Constitución.
En el Ecuador, la justicia constitucional enfrenta importantes desafíos. El alto volumen de casos, la falta de especialización de los jueces y la dispersión de la jurisprudencia son algunos de los problemas que afectan a este sistema.
La propuesta de reforma que crea judicaturas especializadas en materia constitucional es un paso importante para superar estos desafíos y fortalecer la justicia constitucional en nuestro país.
En ese sentido, estas son algunas consideraciones para votar SÍ en esta pregunta.
Mayor especialización. Los jueces de las judicaturas especializadas en materia constitucional contarán con formación y experiencia específica en derecho constitucional y derechos fundamentales, lo que les permitirá resolver los casos con mayor conocimiento y precisión.
Descongestión de la justicia ordinaria. Al separar los procesos constitucionales de la justicia ordinaria, se aliviará la carga de trabajo de los jueces ordinarios, permitiéndoles enfocarse en otros tipos de casos.
Vía procesal más adecuada. Las judicaturas especializadas proporcionarán una vía procesal más técnica y especializada para ventilar los procesos relacionados con derechos fundamentales como acciones de protección, hábeas corpus (bien utilizados), habeas data y acceso a la información.
Armonización y unificación de la jurisprudencia. La creación de tribunales de alzada especializados (salas constitucionales) permitirá armonizar y unificar la jurisprudencia constitucional, garantizando mayor coherencia y previsibilidad en las decisiones judiciales. Es decir, que la decisiones para casos similares sean aplicadas de forma sistemática —y se reduzca o elimine la discrecionalidad. Hoy, por no tener una fuente directa de jurisprudencia se dan casos en que ciertas decisiones difieren sustancialmente entre jueces que resuelven las garantías jurisdiccionales.
Si bien la creación de nuevas estructuras judiciales implica costos adicionales, estos se ven compensados por los beneficios que se esperan en términos de mayor eficiencia, especialización y garantías en el sistema de tutela de derechos fundamentales. Hoy es común que acciones de protección, que buscan tutelar derechos de forma efectiva y expedita se pierdan en un mar de procesos y su objetivo termine desnaturalizado.
Esta propuesta, en realidad, viene a resolver algo que no debería ocurrir pero se ha vuelto una constante en la justicia: los abusos de las garantías jurisdiccionales.
Debería ser impensable que jueces de primera instancia, que deberían ser garantes de la Constitución, hayan sido los precursores de sentencias que favorecieron a la impunidad —como el juez Emerson Curipallo, hoy investigado en el caso Metástasis, que ordenó la liberación del ex vicepresidente Jorge Glas con un cuestionado habeas corpus. También es impensable que existan profesionales del derecho que desconozcan sobre derecho constitucional, que es la base de todo nuestro sistema legal.
Pregunta D: ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?
Ecuador se encuentra en un momento crucial para su desarrollo económico. Atraer inversión extranjera es fundamental para generar empleo, impulsar el crecimiento y fortalecer la economía nacional.
En este contexto, la propuesta de reforma que reconoce el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales es una medida estratégica trascendente.
Aquí algunos puntos a tomar en cuenta.
Atracción de inversión extranjera. El arbitraje internacional brinda a los inversionistas extranjeros la seguridad de contar con un mecanismo neutral e imparcial para resolver disputas, lo que aumenta la confianza en el clima de negocios del Ecuador y lo hace más atractivo para la inversión.
Facilitación de tratados y acuerdos comerciales. El reconocimiento del arbitraje internacional es una condición común en los tratados bilaterales de inversión y acuerdos comerciales con otras naciones, lo que facilita la celebración de estos instrumentos y abre nuevas oportunidades para el comercio exterior ecuatoriano.
Reducción del riesgo país. Al mostrar apertura y garantías para el comercio y los negocios internacionales, el Ecuador reduce la percepción de riesgo país, lo que incentiva la inversión extranjera y mejora la imagen del país en el escenario global.
Recuperación de la capacidad de elegir. Ecuador, al igual que muchos otros países, ha limitado su capacidad de elegir el arbitraje internacional en los últimos años. Esta reforma permitiría recuperar esta capacidad y brindar a las partes involucradas en disputas comerciales la libertad de optar por este mecanismo.
Es cierto que la cesión parcial de la jurisdicción nacional a instancias arbitrales externas es una de las críticas a esta reforma. Sin embargo, el arbitraje internacional se presenta como una medida necesaria para facilitar el comercio exterior, atraer capitales frescos y fortalecer la economía ecuatoriana en un entorno global competitivo.
Pregunta E: ¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4?
El país enfrenta un desafío urgente: la generación de empleo. Las altas tasas de desempleo y subempleo —el empleo adecuado bajó del 41,1% a 39,2% entre 2023 y 2024 en el caso de los hombres, y del 28,8% al 26,5% en el caso de las mujeres en el mismo periodo— son una realidad que afecta a miles de ecuatorianos, limitando sus oportunidades y obstaculizando el desarrollo económico del país.
En este contexto, la propuesta de reforma constitucional que permite los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebren por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos, es una medida crucial para crear un nuevo mercado laboral y crear más oportunidades de trabajo.
Estos son los principales beneficios.
Mayor flexibilidad en las contrataciones. Esta reforma brindaría a empleadores y trabajadores más opciones para ajustar las modalidades de contratación a sus necesidades específicas, permitiendo contratos temporales para proyectos puntuales o trabajos por horas para actividades específicas. Esto, sin desconocer las modalidades de contratación ya existentes.
Estímulo a la creación de empleo. Al hacer más atractiva la contratación, especialmente para emprendimientos o empresas nuevas, se incentivaría la generación de nuevas plazas de empleo, dinamizando la economía y creando oportunidades para la población activa. Así se podría reducir el desempleo.
Experiencia laboral para nuevos trabajadores. Los contratos por horas permitirán a los trabajadores, especialmente jóvenes sin experiencia previa, adquirir experiencia laboral valiosa y formalizar su ingreso al mercado de trabajo.
Protección de derechos adquiridos. Es importante destacar que la reforma no afecta los derechos ya adquiridos por los trabajadores con contratos indefinidos. Se aplica únicamente a nuevas contrataciones, garantizando la protección de los derechos laborales preexistentes.
Dinamización de la economía. Una mayor rotación y movilidad laboral bajo reglas claras fomentaría la competencia, la innovación y el crecimiento económico, permitiendo que las empresas se adapten mejor a las demandas del mercado.
Armonización con tendencias internacionales. La flexibilización laboral a través de contratos a plazo fijo y por horas es una práctica común y aceptada en muchos países del mundo, permitiendo a Ecuador alinearse con las tendencias globales en materia de contratación laboral.
Es cierto que hay críticas que señalan la posibilidad de precarización laboral con este tipo de contratos. Sin embargo, la reforma contempla mecanismos de protección para los trabajadores y la garantía de los derechos básicos laborales para quienes ya tengan un empleo formal.
Es importante ser transparentes sobre la realidad de nuestro país. Nuestra norma laboral es completamente anacrónica y lo único que está logrando es que los posibles empleadores prefieran mantener su producción al mínimo para evitar la contratación de nuevo personal que genera una carga económica importante. La pregunta es sencilla, ¿queremos un marco adicional que permita contratar más personal o nos quedamos con la actual, y mínima, masa de trabajadores?
Preguntas de la consulta popular
Pregunta F: ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
La violencia en los centros de rehabilitación social de Ecuador ha alcanzado niveles alarmantes: 15 masacres carcelarias en los últimos años que han dejado más de 600 personas asesinadas. Motines, enfrentamientos armados y asesinatos son cada vez más frecuentes, poniendo en riesgo la vida de los internos, los servidores públicos y la seguridad ciudadana en general.
En este contexto, la propuesta de reforma constitucional que permite a las Fuerzas Armadas realizar control de armas, municiones, explosivos y accesorios de manera permanente en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social, representa una medida crucial para reforzar la seguridad en las cárceles del país.
Mayor seguridad en los centros carcelarios. El control permanente de armas, municiones y explosivos en los ingresos a las cárceles permitirá reducir significativamente el ingreso de estos elementos prohibidos, que son la principal causa de la violencia interna en estos centros.
Respuesta a la crisis carcelaria. La grave situación de violencia en las cárceles exige acciones contundentes y efectivas. El control militar de armas es una medida necesaria para recuperar el control y la seguridad en estos centros.
Prevención y acción proactiva. Esta reforma permitirá realizar un control preventivo permanente, evitando el ingreso de armas y explosivos antes de que puedan ser utilizados para generar violencia en las cárceles.
Debilitar a las bandas criminales. El control militar de armas contribuirá a contrarrestar el poder de las bandas criminales que operan desde las cárceles, dificultando su acceso a armamento y municiones.
Medida focalizada y específica. Es importante destacar que la participación de las Fuerzas Armadas se limitaría al control de armas en los ingresos a las cárceles, sin intervenir en la seguridad interna de los penales, que seguirá siendo responsabilidad de la Policía Nacional.
Si bien la participación militar en tareas de seguridad interna genera debate, es importante considerar que la situación en las cárceles ecuatorianas requiere medidas excepcionales. El control militar de armas, en el marco de una estrategia integral de seguridad penitenciaria, puede ser una herramienta eficaz para recuperar el control y la seguridad en estos centros.
Pregunta G: ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
La sociedad ecuatoriana se enfrenta a una situación alarmante debido al aumento de delitos graves como el terrorismo, el narcotráfico, la delincuencia organizada, el asesinato, el sicariato, la trata de personas, el secuestro extorsivo, el tráfico de armas, el lavado de activos y la actividad ilícita de recursos mineros. Estas acciones criminales tienen un impacto significativo en la sociedad, ponen en riesgo la seguridad ciudadana y obstaculizan el desarrollo del país.
En este contexto, la propuesta de reforma al Código Orgánico Integral Penal podría generar cambios significativos. Sin embargo, hay que ser claros en que no existe evidencia que concluya que el aumento de penas de conductas delictuales sea un disuasivo para evitar que se comentan ese tipo de delitos.
Estos son algunos posibles efectos derivados del aumento de las penas.
Mensaje claro contra la impunidad. Aumentar las penas para estos delitos enviaría un mensaje contundente de que el Estado ecuatoriano no tolerará este tipo de actos y actuará con mayor firmeza para combatirlos.
Disuasión a través de penas proporcionales. Elevar los costos por delinquir, mediante penas verdaderamente proporcionales a la gravedad de los hechos, buscaría disuadir a los potenciales criminales de cometer estos delitos.
Armonización con penas internacionales. En el caso de delitos transnacionales como el narcotráfico, es importante armonizar las penas ecuatorianas con las vigentes en otros países de la región para facilitar la cooperación judicial y combatir estos delitos de manera efectiva.
Justicia para las víctimas. Aumentar las penas contribuirá a retribuir de mejor manera el daño causado a las víctimas de estos delitos graves, quienes han sufrido un impacto profundo en sus vidas.
Es cierto que existen críticas que cuestionan la efectividad del aumento de penas para reducir los índices delictivos y abogan por un mayor enfoque en la prevención. Sin embargo, es importante destacar que la lucha contra el crimen requiere un abordaje integral que incluya medidas preventivas, pero también acciones contundentes para castigar a los responsables y disuadir la comisión de estos delitos.
Pregunta H: ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
El crimen organizado se ha convertido en una lacra que corroe la seguridad ciudadana y el desarrollo del Ecuador. En este sentido se propone que las personas que hayan cometido algunos delitos relacionados directamente con el crimen organizado deben cumplir la totalidad de la pena en un centro de rehabilitación.
Es necesario poner fin a los abusos de los regímenes semiabiertos. La experiencia nos ha demostrado que estos beneficios penitenciarios, lejos de cumplir con su fin rehabilitador, han sido utilizados por delincuentes para burlar la justicia y continuar con sus actividades ilícitas.
Esta reforma busca enviar un mensaje claro y contundente: no se tolerará la impunidad ante delitos que minan la paz y la seguridad del pueblo ecuatoriano.
Los delitos que se contemplan en esta reforma no son simples faltas: se trata de acciones graves, perversas y planificadas que son perpetradas por grupos de delincuencia organizada. Su impacto en la sociedad es profundo y exige respuestas firmes y proporcionales.
¿Permitiremos que estos delincuentes continúen burlándose del sistema y operando sus actos delictivos aprovechándose de los beneficios penitenciarios? ¿O exigimos que cumplan la totalidad de sus penas en régimen cerrado, sin privilegios que se conviertan en premios a su accionar delictivo?
Pregunta I: ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
Esta pregunta propone un cambio fundamental en el Código Orgánico Integral Penal (COIP): tipificar como delito la tenencia o porte de armas, municiones o componentes de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional.
Esta medida, lejos de afectar el derecho a la legítima defensa, busca desincentivar y sancionar penalmente la posesión ilegal de armamento de alto poder destructivo, exclusivo de las fuerzas de seguridad del Estado.
Argumentos contundentes a favor del SÍ:
Lucha contra el crimen organizado. La proliferación de armas de guerra en manos de grupos delictivos representa una grave amenaza para la seguridad pública. Esta reforma busca cortar este flujo ilegal de armamento, privando a los criminales de herramientas que aumentan su poderío y brutalidad.
Mayor severidad para delitos más graves. La tipificación específica de este delito permitirá imponer penas más severas a quienes posean este tipo de armas, diferenciándolas claramente de las armas de fuego permitidas para uso civil.
Herramienta fundamental para el control de armas. Complementando los esfuerzos actuales, la tipificación penal específica dota a las autoridades de una herramienta legal adicional para combatir el tráfico ilegal de armas y desarticular las redes que las proveen.
Armonización con estándares internacionales: Esta reforma alinea la legislación ecuatoriana con la de otros países que ya han tomado medidas similares para enfrentar el problema del armamento ilegal en manos de civiles.
Pregunta J: ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
Esta pregunta propone una reforma crucial para permitir que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas. Esta medida, lejos de representar un riesgo, ofrece múltiples beneficios para la seguridad pública y la gestión eficiente de recursos.
El objetivo de la pregunta es aprovechar el armamento incautado a organizaciones criminales para dotar a la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas de manera más efectiva, incrementando su capacidad para combatir el crimen y proteger a la ciudadanía. Además, en lugar de destruir costosamente este material, se podría reutilizarlo y esto representaría un ahorro significativo para el Estado, liberando recursos que podrían destinarse a otras áreas prioritarias como educación o salud.
Además, de forma comunicacional, con concordancia con las otras preguntas sobre seguridad, es un mensaje al crimen organizado. Es de conocimiento público que los grupos de delincuencia organizada cuentan con armamento de última tecnología que inclusive supera al equipamiento de las fuerzas del orden. Utilizar parte del arsenal incautado contra los propios criminales envía un mensaje contundente: sus herramientas de violencia serán usadas para defender a la sociedad.
También es importante señalar que en lugar de simplemente almacenarlo por largos periodos como evidencia, esta medida asigna un destino útil a este material, contribuyendo a una gestión más eficaz de los recursos incautados.
Si bien la reutilización de armas, municiones y explosivos incautados a la delincuencia representa una oportunidad para fortalecer a nuestras fuerzas de seguridad y optimizar recursos, es crucial establecer un control riguroso que garantice que este material no termine nuevamente en manos del crimen organizado.
Lamentablemente, en Ecuador hemos sido testigos de hechos que rayan en lo inverosímil, como el robo de armamento a las Unidades de Policías Comunitarias.
Estos sucesos nos recuerdan la imperiosa necesidad de implementar medidas administrativas robustas que blinden el proceso de reutilización y prevengan un círculo vicioso de reciclaje de armamento.
Pregunta K: ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta?
Actualmente, los procesos de extinción de dominio en Ecuador resultan engorrosos y lentos, permitiendo que los delincuentes conserven la propiedad de sus activos ilícitos por largos periodos, incluso después de haber sido condenados. La propuesta de simplificar estos procedimientos busca agilizar la incautación y transferencia de bienes producto de actividades delictivas como el narcotráfico, el lavado de activos y el crimen organizado, al Estado ecuatoriano.
Por qué votar SÍ:
Lucha contra el enriquecimiento ilícito. Facilitar la incautación de bienes obtenidos de manera ilegal permite privar a las organizaciones criminales de sus recursos económicos, debilitando su capacidad operativa y disuasoria.
Recursos para el bien común. Al pasar a manos del Estado, estos bienes pueden ser destinados a fines lícitos y de beneficio público, como la construcción de escuelas, hospitales o infraestructura vial, o para financiar programas sociales.
Combate a la ineficacia actual. Responde a las críticas sobre la lentitud y complejidad de los procedimientos actuales, que permiten que los delincuentes eludan la justicia.
Disuasión y prevención. Fortalece la capacidad del Estado para disuadir y prevenir la comisión de delitos, al atacar directamente las fuentes de financiamiento del crimen organizado.
Armonización con estándares internacionales. Esta práctica se implementa con éxito en otros países como herramienta fundamental para combatir las estructuras económicas del crimen organizado. En este sentido la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) ha presentado una Ley Modelo sobre extinción de Dominio que debe ser estudiada y analizada para la implementación en nuestro país.
La retroactividad e imprescriptibilidad son temas que deben discutirse debido a los hechos que han afectado a nuestro país. Hemos visto, en vivo y directo, por los casos como Metástasis como las fortunas productos de actividades ilícitas se mantienen intocables por la falta de una ley que permita al Estado extinguir el dominio de todos estos bienes.
Es importante destacar que la simplificación del procedimiento de extinción de dominio no significa la eliminación de las garantías procesales. El Estado deberá actuar siempre bajo el marco legal y respetando los derechos de las personas.
En conclusión, las preguntas de la consulta del presidente Noboa mandan un mensaje contundente al crimen organizado: no se tolerará más la impunidad y se tomarán las medidas necesarias para que los ciudadanos podamos recuperar la tranquilidad
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En conclusión, votar SÍ en las 11 preguntas de la consulta de Noboa relacionadas con seguridad, justicia penal y combate al crimen organizado representaría un giro estratégico en la política de seguridad nacional.
Este paquete de reformas legales y constitucionales enviaría una señal contundente de tolerancia cero frente a los delitos graves que han escalado los niveles de violencia e inseguridad en el país. El incremento y cumplimiento de penas, el control más estricto sobre armamento ilegal y la extinción de bienes producto de actividades ilícitas apuntarían a debilitar las estructuras económicas y operativas del crimen organizado.
De aprobarse, el Ecuador contaría con una legislación más severa y herramientas jurídicas reforzadas para enfrentar el narcotráfico, la delincuencia organizada transnacional, el lavado de activos, la minería ilegal, el sicariato, entre otros. Esto podría disuadir a los grupos criminales de operar en el país y facilitar su desarticulación.
Sin embargo, la propuesta más polémica sería sin duda habilitar el apoyo de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional en tareas de seguridad interna de forma temporal, excepcional y regulada. Pese a los reparos sobre su constitucionalidad, se plantea como una medida de emergencia ante la grave crisis de violencia e inseguridad.
Votar SÍ representaría un respaldo ciudadano a un giro hacia políticas de «mano dura» contra el crimen, apostando por un Estado más musculoso en el uso de la fuerza pública y el endurecimiento punitivo, con los riesgos que ello conlleva en términos de posibles excesos y vulneración de derechos si no se aplica con los debidos controles.
Sería la vía de asumir una postura más confrontacional y represiva ante las expresiones más violentas de la delincuencia, aunque su efectividad dependerá en gran medida de su correcta implementación y el fortalecimiento integral del sistema de justicia y seguridad ciudadana.
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