La consulta popular y referéndum de 2024 tienen 11 preguntas en total. Son 6 de las preguntas de la consulta popular enviadas por el presidente Daniel Noboa. Además, hay 4 preguntas que proponen enmiendas constitucionales enviadas por Noboa y una reforma parcial de la Constitución —que fue aprobada por la Asamblea Nacional— que se deben hacer mediante un referéndum. Aquí te explicamos el referéndum y la consulta popular de Noboa. 

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El 2 de enero de 2024 el presidente Daniel Noboa envió 11 preguntas a la Corte Constitucional como propuesta de consulta popular. Seis días después, el 8 de enero, el gobierno envió otras 9 preguntas que incluían una consulta popular y modificación constitucional. 

Después de hacer el análisis de constitucionalidad correspondiente, el 26 de enero de 2024, la Corte Constitucional emitió dictamen favorable para 10 preguntas. Además, ordenó que los cambios propuestos en 4 de de las 10 se deben hacer a través de una enmienda constitucional con un referéndum. Otras 9 preguntas no fueron aprobadas por la Corte Constitucional y otra fue retirada por el Presidente. 

Preguntas de la consulta popular de Noboa 

La Corte Constitucional decidió que 6 de las preguntas enviadas por Noboa sí cumplían con los requisitos constitucionales de una consulta popular. Con este mecanismo se busca consultar a los ciudadanos sobre temas políticos o sociales que afecten al país. 

En este caso, las preguntas aprobadas son sobre control de armas, incremento de las penas de ciertos delitos, la propiedad de los bienes ilícitos, entre otros temas. 

Las preguntas de consulta popular que fueron aprobadas son: 

  1. ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social? 
  2. ¿Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de: (i) terrorismo y su financiación, (ii) producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, (iii) delincuencia organizada, (iv) asesinato, (v) sicariato, (vi) trata de personas, (vii) secuestro extorsivo, (viii) tráfico de armas, (ix) lavado de activos y (x) actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta? 
  3. ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
  4. ¿Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta?
  5. ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta? 
  6. ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta? 

En estas 6 preguntas, la Corte Constitucional decidió que sí superan el examen de constitucionalidad aplicable a las consultas populares. Sin embargo, en el dictamen también se incluyen aclaraciones a lo enviado por el Presidente. 

Una de ellas es sobre el tiempo que tiene la Asamblea para aprobar los proyectos de ley que modifiquen lo que establecen las preguntas. 

En 5 de las 6 preguntas para la consulta popular dice que: “la Asamblea Nacional contará con el plazo máximo de 60 días para debatir y aprobar la reforma legal, conforme el trámite previsto en la ley de la materia”. En su dictamen, la Corte dice que este límite condicionaría “al legislador a debatir directamente, sin contar siquiera con la aprobación de los respectivos informes, o a decir aprobar sin más opción la reforma legal puesta a su conocimiento”. 

Por eso, la Corte aclara que “el término ‘aprobar’ en el presente caso no implica, en modo alguno, que el poder legislativo deba aceptar, sin discusión alguna, los textos legales propuestos por el proponente”. El tribunal dice que si se aprueban esas preguntas en la consulta, la Asamblea deberá tener “las etapas del procedimiento legislativo ordinario”. 

En el dictamen la Corte Constitucional dispuso que una vez que el Consejo Nacional Electoral reciba el decreto ejecutivo con la decisión del Presidente de hacer la consulta, “realice la respectiva convocatoria”. 

Preguntas del referéndum

La Corte Constitucional decidió que 4 de las preguntas enviadas por el presidente Daniel Noboa sí se pueden hacer a través de enmiendas constitucionales con un referéndum. Este mecanismo de participación democrática se utiliza cuando los ciudadanos deben decidir si se modifica una parte de la Constitución.  

Estas preguntas son: 

  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo?
  2. ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales de acuerdo con el Anexo? 
  3. ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano promueva la inversión extranjera y reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, de manera que se ofrezca a los inversores extranjeros un entorno apropiado de seguridad jurídica que genere mayores oportunidades de empleo y afiancen la dolarización, de acuerdo con el Anexo?
  4. ¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo?

El 5 de febrero de 2024, la Corte Constitucional anunció que las 4 preguntas pasaron el segundo dictamen de constitucionalidad. Para hacerlo, evaluaron el contenido, las preguntas y los anexos para “garantizar que estos sean leales y claros para que la ciudadanía pueda expresarse libremente en las urnas”. 

Después de las elecciones, si gana el sí, la Corte debe hacer una tercera revisión. Ahí se hará un control de constitucionalidad de la modificación ya aprobada. 

A estas preguntas se les suma una reforma parcial de la Constitución aprobada por la Asamblea Nacional a finales de 2023 que dice:

  1. ¿Está usted de acuerdo con que se permita el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas en las funciones de la Policía Nacional para combatir el crimen organizado, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con lo previsto en el Anexo 1?

Preguntas no aprobadas

La Corte Constitucional no aprobó las siguientes preguntas enviadas por el presidente Noboa. 

Porque no superan el examen de constitucionalidad de las consultas populares: 

  1. ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas inicien acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales que operan dentro y fuera del territorio nacional, conforme el Anexo de la pregunta? 
  2. ¿Está usted de acuerdo con que los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, no sean privados de su libertad, o se les ordene arresto domiciliario, mientras dure la investigación o proceso penal por sus actos ejecutados con el uso de la fuerza, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta? 
  3. ¿Está usted de acuerdo con que se evalúe a las servidoras y los servidores de la Función Judicial, incluyendo una auditoría a sus declaraciones patrimoniales, conforme el Anexo de la pregunta? 
  4. ¿Está usted de acuerdo en que se reformen los procedimientos de inadmisión, deportación y expulsión de extranjeros, para controlar la migración y fortalecer la seguridad del Estado, conforme el Anexo de la pregunta 10?
  5. ¿Está usted de acuerdo con permitir que el Presidente de la República pueda conceder indultos durante la sustanciación de las causas penales a los servidores de Policía Nacional, Fuerzas Armadas, o del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria a quienes se haya imputado un delito relacionado con el uso de la fuerza en contra de sospechosos de delitos, de acuerdo con el Anexo 7?
  6. ¿Está usted de acuerdo que, para erradicar la minería ilegal se declaren a las zonas mencionadas en el anexo 5, como territorios de interés nacional, con la finalidad de evaluar, por una sola vez, la pertinencia de revocar concesiones mineras, para garantizar el correcto aprovechamiento de recursos minerales y combatir el crimen organizado?
  7. ¿Está usted de acuerdo con que el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, respetando el principio constitucional de unidad jurisdiccional, en el caso de los delitos cometidos dentro de su misión, sean juzgados en todas las etapas procesales por jueces especializados exclusivamente en materia penal militar y policial, pertenecientes a la misma Función Judicial a través de legislación específica, de acuerdo con el Anexo?

Porque la Corte Constitucional considera que la propuesta “no procede a través de enmienda constitucional”: 

  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir que el Presidente de la República pueda calificar de urgentes proyectos de ley que no solo se refieran a la materia económica, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo?
  2. ¿Está usted de acuerdo en que se enmiende la Constitución y se reforma la Ley Orgánica de Extinción de Dominio para que se permita despojar a los delincuentes de los activos de origen ilícito, delictivo o injustificado, conforme se detalla en el Anexo?

La Corte Constitucional tampoco aprobó la pregunta con la que se proponía permitir el funcionamiento de casinos y otros negocios de juegos de azar porque Noboa la retiró de la propuesta original. 

¿Qué es una consulta popular?

Una consulta popular es un mecanismo constitucional que garantiza la participación ciudadana, a través de un proceso de democracia directa. Es decir, es un proceso que permite consultar a los ciudadanos, mediante voto universal y secreto, sobre temas políticos o sociales que afecten al país.

Mauricio Alarcón, abogado constitucionalista, le dijo a GK en 2022 que las consultas populares sirven para que los ciudadanos “puedan pronunciarse sobre temas relevantes para la buena marcha del Estado”. 

La Constitución del Ecuador dice que una consulta popular puede ser convocada por el Presidente, la máxima autoridad de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) o los mismos ciudadanos. 

Cuando la consulta popular es convocada por el Presidente de la República se sigue el siguiente proceso: 

  1. El Presidente elabora las preguntas.
  2. El Presidente envía las preguntas a la Corte Constitucional para su dictamen. La Ley Orgánica de Garantías Constitucionales dice que el tribunal más alto del país hará un control automático de constitucionalidad de las convocatorias a consulta popular. 
  3. La Corte Constitucional debe emitir un dictamen de constitucionalidad. Es decir confirmar que las preguntas estén dentro del marco de la Constitución.
  4. Si el dictamen es favorable —es decir, si las preguntas están enmarcadas en la Constitución—, se envía al Consejo Nacional Electoral y este procede a llamar a votaciones. 

Ahora que las preguntas ya fueron enviadas a la Corte Constitucional, el gobierno del presidente Daniel Noboa debe esperar a que el tribunal decida si son procedentes; es decir, si su contenido no viola ningún precepto constitucional. 

Una consulta popular en los primeros 100 días de gobierno fue una de las propuestas que hizo el presidente Daniel Noboa en su campaña electoral. 

Esta no es la primera vez que un gobernante decide hacer una consulta durante los primeros meses de su gobierno. La mayoría de los presidentes desde el retorno de la democracia hicieron una: León Febres Cordero, Fabián Alarcón, Alfredo Palacio, Sixto Durán Ballén, Rafael Correa, Lenín Moreno y Guillermo Lasso las plantearon. Dos de ellos, en más de una ocasión. 

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Susana Roa y Emilia Paz y Miño
Susana Roa Chejín es periodista. En GK cubre tecnología, derechos y economía. Emilia Paz y Miño es estudiante de periodismo de la Universidad San Francisco de Quito. Cubre temas de medio ambiente y océanos.
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