El 9 de enero de 2023, el canal digital La Posta difundió información sobre un presunto caso de corrupción dentro del gobierno del presidente Guillermo Lasso. Por lo anterior, la Asamblea aprobó, con 94 votos a favor, la formación de la Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción para investigar el caso denominado El gran padrino. Ese es la punta del ovillo que origina el juicio político a Guillermo Lasso, presidente del Ecuador desde mayo de 2021.
Los juicios políticos se incluyen en las constituciones latinoamericanas para evitar los golpes de estado como salida a las crisis políticas. Las salidas anticipadas son un mecanismo institucional que otorgan “flexibilidad” a las democracias presidencialistas para evitar una ruptura democrática. Es una institución que está basada en la figura anglosajona del impeachment.
No solo se necesita cumplir con los requisitos institucionales pero también es un proceso influenciado por el contexto político. Es decir, por la capacidad de negociación de la oposición y la habilidad del ejecutivo para formar un escudo legislativo. Así, impedirá (o no) su remoción.
El juicio político contra Lasso es un proceso político histórico: es el primer impeachment desde el retorno del Ecuador a la democracia en 1979.
Este es un recuento fáctico y explicativo de todo lo que ha pasado en el juicio político a Lasso, hasta el día en que lees esta nota.
La comisión en la Asamblea, su informe y el pedido de juicio político
La primera tarea de la Comisión fue elaborar un informe para ser debatido en la Asamblea. Para ello, se realizó una investigación. Duró desde el 12 hasta el 23 de febrero de 2023. Por esta razón, se convocaron a diferentes autoridades y personas a comparecer ante la Asamblea.
Una vez terminada la investigación se elaboró un informe recomendando el juicio político para el presidente Lasso por las causales de los delitos contra la administración pública y contra la estructura del Estado.
El argumento principal versa sobre la omisión del Presidente al conocer los posibles casos de corrupción advertidos en un informe realizado por el exsecretario anticorrupción, Luis Verdesoto. Por tanto, habría una responsabilidad política por no denunciar e impedir la fiscalización.
Semanas después, el 4 de marzo de 2023, la Asamblea aprobó con 104 votos el informe de la comisión recomendando el juicio político al Presidente. Sin embargo, no era vinculante. Es decir, no implica el inicio del proceso de impeachment. Para eso era necesario que un legislador presentara una solicitud. Ahí empezó el trámite.
El 10 de marzo de 2023, Viviana Veloz, asambleísta de la coalición correísta Unión por la Esperanza (UNES), entregó a la presidencia de la Asamblea la solicitud del juicio político.
De esta forma, arrancó formalmente el proceso contra el presidente Lasso. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) debía revisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, para luego remitir la solicitud a la Corte Constitucional, que debía hacer un informe de admisibilidad.
El 17 de marzo, el CAL pidió a la Unidad Técnica Legislativa (UTL) un informe sobre la solicitud. Este informe, que era para verificar el cumplimiento de los requisitos de ley, fue remitido al día siguiente. Este documento también recomendaba al CAL dar trámite al juicio político.
El 19 de marzo, tras conocer el informe, el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, convocó a los miembros del CAL para votar sobre el juicio político.
En su sesión del 20 de marzo, calificó la solicitud del juicio político tras comprobar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 129 de la Constitución y en los artículos 86 y 87 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Para continuar con el juicio político, era necesario un dictamen de admisibilidad por parte de la Corte Constitucional. Si la Corte no lo daba, la solicitud se archivaba. Esto no habría impedido que cualquier asambleísta pudiera presentar otra. Eso fue lo que sucedió la noche del 29 de marzo de 2023.
El dictamen de admisibilidad
Pero llegar a ese punto, no fue un camino muy directo —tuvo algunas partes sinuosas.
El 24 de marzo, la jueza Teresa Nuques fue electa por sorteo para escribir un borrador de resolución. Fue, lo que se conoce, la jueza ponente del caso.
En un plazo de 3 días se debía presentar ese documento para ser debatido en el pleno. El 27 de marzo, Nuques presentó su propuesta de dictamen, pero no tuvo mayoría calificada —es decir, el voto de 6 de los 9 jueces que conforman la Corte. Los 3 votos a favor del borrador fueron de los jueces Nuques, Herrería y Corral. Este documento sugería no admitir el juicio alegando vicios en el procedimiento de la tramitación.
Por lo anterior, la Corte Constitucional realizó otro sorteo para designar a un nuevo juez ponente, de conformidad con el artículo 90 numeral 3 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
El juez Richard Ortiz Ortiz fue designado. Además, se nombró un segundo ponente, el juez constitucional Alí Lozada Prado. Ambos debían presentar un nuevo proyecto de dictamen para ser debatido con el resto de los miembros de la Corte Constitucional.
El 29 de marzo de 2023, a las 8 de la noche, el pleno de la Corte Constitucional empezó a sesionar telemáticamente.
En esa sesión, dio luz verde para el juicio político pues el dictamen de los jueces Ortiz y Lozada fue aprobado con 6 de 9 votos.
La Corte resolvió admitir una de las tres causales contenidas en la acusación contra el presidente Lasso.
Esto deberá acatarse en la solicitud de juicio político en la Asamblea. Las causales relativas a concusión fueron desechadas por no configurarse infracción política. Se mantiene la de peculado, derivada del caso que involucraría una presunta trama de corrupción en la compañía estatal de transporte marítimo FLOPEC, por un contrato suscrito en 2018. Es decir, antes de que Lasso sea presidente, pero quien, tras posesionarse, habría sabido que el contrato era perjudicial para el Estado y no habría actuado sobre ese conocimiento. Adicionalmente, el dictamen llama la atención a la Asamblea por falta de prolijidad en la activación del juicio.
Recién en este punto ha empezado, oficialmente, el proceso de juicio político. Antes solo era una solicitud que necesitaba ser declarada procedente por la Corte.
¿Qué sigue después del dictamen de admisibilidad de la Corte?
El presidente de la Asamblea tiene tres días para convocar al CAL. El viernes 31 de marzo el CAL remitió la solicitud a la Comisión de Fiscalización de la Asamblea, presidida por Fernando Villavicencio.
Esta comisión legislativa debe elaborar un informe detallando las razones para recomendar o no el juicio político.
¿Qué sucederá dentro de la Comisión de Fiscalización y Control Político?
La mesa legislativa tiene un mes para elaborar un informe que recomiende o no el juicio político.
Este documento debe ser difundido a todos los legisladores. Si no hay consenso al interior de la Comisión, en un plazo de 2 días debe enviar un informe detallado con las posturas de cada uno de los miembros para la consideración en el pleno.
Después, el presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, tendrá un plazo de 5 días para incluir el informe en el orden del día para la consideración en el pleno. Se necesitan 70 votos para aprobarlo.
En ese punto, habrá 3 escenarios posibles según la Ley Orgánica de la Función Legislativa (arts. 82-83)
El primero
Si el informe recomienda el archivo de la solicitud de juicio político, la Asamblea Nacional tiene 2 opciones.
Puede ratificar el informe con mayoría simple (es decir, la mitad más uno de los asambleístas presentes). Por tanto, se archivaría el proceso.
Por otro lado, la Asamblea puede decidir no acoger este informe. En ese caso, se procede con el juicio político. Se necesitarían 70 votos para aprobar esta moción.
El segundo
Se aprueba el informe que recomienda el juicio y se procedería directamente a notificar a la autoridad juzgada, es decir, al presidente Lasso.
El tercero
Si no hubo consenso en la Comisión de Fiscalización, es decir no hay una recomendación concreta para el pleno, cualquier legislador puede proponer el archivo o el trámite del juicio político con previa moción. Se aprueba con mayoría simple.
En este caso, los asambleístas tienen como insumo el informe con las posturas de cada uno de los miembros de la mesa legislativa.
Luego, el presidente de la Asamblea tendrá un plazo de 5 días para convocar a una sesión exclusiva para tratar el juicio político.
El día del juicio en la Asamblea
En esta sesión, el asambleísta que presentó la solicitud tendrá dos horas para interpelar al Presidente.
Por su parte, Lasso tendrá 3 horas para defenderse. Cada parte podrá replicar en máximo una hora. Una vez concluida la interpelación, comenzará el debate en el pleno.
Los 137 asambleístas pueden intervenir por máximo 10 minutos sin derecho a réplica.
Una vez concluido el debate, se votará. Se necesitan 92 votos para la censura del presidente Lasso.
Usualmente, luego de la votación se procede con una moción de reconsideración con el objetivo de sellar la sesión.
Si Lasso es destituido, el vicepresidente Borrero asumiría la presidencia hasta 2025. No hay elecciones anticipadas sino que se procede con la línea de sucesión.
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