Guillermo Lasso podría ir a juicio político. El 4 de marzo de 2023, el pleno de la Asamblea aprobó el informe que recomendaba el juicio político al Presidente. Esa decisión dio paso a que uno de los legisladores presente el pedido formal para enjuiciar políticamente a Guillermo Lasso. Te explicamos cómo es el proceso de juicio político al Presidente o Vicepresidente en Ecuador. 

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El informe de la Asamblea

El informe fue elaborado por la Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción, creada en enero de 2023 en la Asamblea Nacional para investigar presuntos vínculos entre el gobierno y la mafia albanesa. El 1 de marzo de 2023, la comisión aprobó el informe que recomendaba el juicio político a Lasso. 

Los asambleístas que votaron a favor del informe en la comisión fueron: 

  1. Pedro Zapata (del Partido Social Cristiano)
  2. Diego Fernando Esparza (independiente)
  3. Rodrigo Fajardo (de la Izquierda Democrática)
  4. Mireya Pazmiño (independiente, ex Pachakutik)
  5. Viviana Veloz (de la coalición Unión por la Esperanza)
  6. Augusto Alejandro Guamán (independiente) 

El único asambleísta que votó en contra del informe fue Gruber Zambrano, de la Bancada del Acuerdo Nacional. Aunque inicialmente, Zambrano votó a favor y luego —a gritos— pidió la rectificación de su voto. 

El informe de la comisión fue debatido en el pleno del Legislativo desde las 8 de la mañana del 4 de marzo de 2023. Cerca de las 3 de la tarde de ese día,  el informe fue aprobado con 104 votos a favor. Para ser aprobado necesitaba 70 votos. 

La aprobación del informe da paso a que un asambleísta presente el pedido formal del juicio político contra Guillermo Lasso. Unión por la Esperanza (UNES), la bancada que aglutina al correísmo, ya ha adelantado que uno de sus miembros será quien lo haga.

Después de la aprobación del informe en el Legislativo, Henry Cucalón, ministro de Gobierno, dijo en un video que “el pleno de la Asamblea Nacional una vez más le ha fallado al país al acoger un bochornoso informe de la comisión ocasional que en la forma carece de validez jurídica y no es vinculante”. En el fondo, dijo Cucalón, “es un acomodo de retazos y rectificaciones, donde también a su antojo y conveniencia han dejado fuera a personajes que debían ser investigados”. Sin embargo, no identificó a quiénes se refería.  

Cucalón dijo que esto no era un acto de fiscalización “sino de evidente desestabilización”. Además, dijo que “ya se avizora que lo expresado en este mamotreto no va a llegar a ningún lado” y dijo que por eso algunos asambleístas sugirieron sacar al presidente declarando su incapacidad mental —como sugirió la asambleísta Mireya Pazmiño— o saliendo a las calles, lo que Cucalón llamó “un golpe a la democracia”. Finalmente, el Ministro dijo que “no hay mérito alguno para un juicio de este tipo” y aseguró que esto “no distraerá la labor del gobierno”. 

El presidente Guillermo Lasso también reaccionó a la aprobación del informe. En su cuenta de Twitter dijo que “el informe aprobado por la Asamblea Nacional carece de sustento lógico, probatorio y jurídico”. Además, acompañó la publicación con una carta dirigida a Diana Salazar, fiscal general, en la que le pide que “desarrolle todas las investigaciones pertinentes, con toda rigurosidad y profundidad que la gravedad de estas falsedades amerita”, refiriéndose a las acusaciones en su contra mencionadas en el informe aprobado por el pleno. 

Además, dice que “más allá de lo insustancial e infundado de aquel documento”, ha dispuesto que todo el gobierno “conteste, con celeridad, todo pedido de información” que la Fiscalía requiera como parte de su investigación. Lasso termina la carta diciendo que ese pedido lo hace “principal, pero exclusivamente, respecto a cualquier actividad que hubiera podido desarrollar el economista Danilo Carrera”, el cuñado el presidente Lasso quien sería parte de una estructura de corrupción dentro de las empresas públicas ecuatorianas. 

¿Cuál es el proceso del juicio político al Presidente?

El juicio político es una vieja figura jurídica global: fue creada en la Inglaterra del Siglo XIV con el nombre de impeachment. Desde entonces, ha sido adoptado por varias legislaciones para designar a un juzgamiento que, por lo general, es de carácter político. En Ecuador, varios funcionarios públicos están sujetos a la posibilidad de un juicio político. Entre ellos, el Presidente de la República.

juicio político a Lasso

La Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción que elaboró el informe que recomienda el juicio político a Lasso. Fotografía tomada de la Asamblea Nacional.

La Constitución dice que para que la Asamblea haga un juicio político contra el Presidente o Vicepresidente la petición necesita el respaldo de la tercera parte de sus miembros; es decir, 46 asambleístas. 

Según el artículo 129 de la Constitución, hay tres causales para llevar a juicio político al Presidente o Vicepresidente de la República: 

  1. Por delitos contra la seguridad del Estado
  2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito. 
  3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de consciencia. 

Originalmente, el juicio político que propuso en la comisión ocasional era por presunta “traición a la patria” (es decir, delitos contra la seguridad del Estado) y presuntos “concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito”. 

Los verbos rectores de esos delitos exigen acciones: recibir, aceptar, exigir contribuciones económicas, sostiene Encalada. El peculado sí podría cometerse por omisión. Sin embargo, Encalada dice que el Código Orgánico Integral Penal “restringe la posibilidad de cometer delitos de omisión a 4 bienes jurídicos —derechos protegidos—, entre los que no está la administración pública, que es el bien jurídico lesionado en los delitos de corrupción”.

El delito de traición a la patria sí podría cometerse por omisión. “Por ejemplo, si estando en guerra no se informa de la aproximación del enemigo”, dice Encalada. Sin embargo, explica que ese tipo de ejemplos “no tienen en absoluto nada que ver con los hechos que se investigan en este caso”. Según él, “es un absurdo jurídico decir que los hechos que se investigan se enmarcan en un delito de traición a la patria, que tiene que ver con traición en conflicto bélico”.

En la sesión de la comisión del 1 de marzo, los asambleístas decidieron eliminar la parte de traición a la patria del informe.

Sin embargo, sí se incluyó en el informe una publicación de la cuenta de Twitter La Historia que incluía un supuesto mensaje de Leonardo Cortázar, el delator y supuesto operador de la red de corrupción en una de las empresas públicas, en el que aseguraba que financió la campaña presidencial de Guillermo Lasso. 

Sin embargo, un día después, La Historia admitió públicamente que el mensaje de Cortazar era falso. “Por un grave error de verificación de nuestra parte, el 28 de febrero publicamos un tuit atribuyendo a Leonardo Cortázar una declaración. Esa cuenta no es de Cortázar” decía la publicación que incluía un mensaje de Cortázar diciendo que no hizo ningún aporte económico a la campaña de Lasso. 

Tras la aprobación del pleno, el artículo 129 de la Constitución establece que para comenzar un juicio político contra el Presidente o el Vicepresidente es necesario tener un dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional. Sin embargo, no es necesario que haya un juicio penal previo. 

fallo de la Corte Constitucional

Exteriores de la Corte Constitucional en Quito. Fotografía de Liz Briceño para GK.

La Ley Orgánica de la Función Legislativa, en su artículo 89, dice que si la Corte Constitucional falla en contra, el proceso de juicio político no puede avanzar. 

Además, la misma ley dice que para solicitar ese dictamen de admisibilidad, el Presidente de la Asamblea Nacional debe enviar la solicitud de juicio político al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para que verifique que cumpla con los requisitos

Si la solicitud de juicio político no los cumple, el CAL le debe pedir a los solicitantes que los completen en un plazo de tres días. Si después de ese periodo no se completa, el pedido se archivará inmediatamente. 

Si la solicitud está completa, el CAL la envía a la Corte Constitucional —junto con la documentación de sustento— para que emita el dictamen previo de admisibilidad. El artículo 148 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dice que una vez que la solicitud llegue, el tribunal más alto del país tiene tres días para sortearla a uno de sus jueces. 

El juez ponente tiene tres días de plazo para presentar un dictamen en el que conste si se puede comenzar o no el juicio político. 

Una vez que el dictamen sea presentado, el Presidente de la Corte Constitucional convocará a una sesión en el pleno en las próximas 24 horas.  La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional dice que el dictamen será emitido hasta 48 horas después de que se presente el proyecto del juez ponente y que se resolverá con las dos terceras partes de los integrantes del pleno de la Corte. 

Normalmente, las decisiones de la Corte Constitucional se toman por mayoría simple —es decir con 5 votos contra 4. Pero en este caso, la Constitución de 2008 exige que sean las ⅔ partes, o sea, 6 de 9 jueces. 

La Constitución no dice que el juicio político al Presidente o el Vicepresidente se puede hacer después de que termina su periodo en el cargo. A diferencia de los juicios políticos contra ministros y las máximas autoridades de instituciones como la Procuraduría, la Contraloría o la Fiscalía, quienes sí pueden ser enjuiciados políticamente hasta un año después de dejar el puesto. 

El artículo 129 de la Constitución dice que una vez que se termina el procedimiento establecido en la ley para el juicio político, la Asamblea Nacional tiene 72 horas para “resolver motivadamente” la solicitud con base en las pruebas de descargo presentado por el Presidente o Vicepresidente. 

Para censurarlo o destituirlo se necesitará el voto a favor de las dos terceras partes de la Asamblea, 92 asambleístas. La Constitución establece que “si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal”, se dispondrá que el proceso pase a conocimiento de un juez competente. Si es que no se aprueba la moción de censura, la solicitud será archivada. Según la Constitución, “en ningún caso podrá volverse a proponer juicio político por los mismos hechos”.

Si el presidente es destituido en el juicio político, asume sus funciones el Vicepresidente. La Vicepresidencia debe ser ocupada por una persona elegida por la Asamblea de una terna enviada por el nuevo presidente. 

Cuando el destituido es el Vicepresidente, el Presidente debe presentar la terna de la que la Asamblea escogerá al nuevo titular de la Vicepresidencia. 

La última vez que se hizo el proceso de juicio político contra una de las principales autoridades del país fue a finales de 2017, contra el entonces vicepresidente Jorge Glas

jorge glas

Jorge Glas, vicepresidente de Ecuador entre mayo de 2013 y enero de 2018. Fotografía de la cuenta de Flickr de la Vicepresidencia.

En enero de 2018, la Comisión de Fiscalización Asamblea decidió no continuar con el proceso porque Glas ya no tenía el cargo de Vicepresidente, pues para ese momento él había sido destituido del cargo y había sido reemplazado por María Fernanda Vicuña. Sin embargo, sí hubo varios juicios penales contra Glas por casos de corrupción por los que pasó 5 años en la cárcel.  

¿Por qué se recomienda juicio político a Guillermo Lasso en el informe?

La Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción fue creada en enero de 2023 después de dos filtraciones hechas por La Posta, que se volvieron escándalos públicos. 

La primera son varios audios que vincularían a Danilo Carrera, el cuñado de Lasso y presidente del directorio del Banco Guayaquil, con una presunta red que gestionaba nombramientos y contratos en el Estado. La figura central, dice la filtración, era Rubén Cherres, un amigo de Carrera. 

En la segunda filtración presentaron un informe policial de 2021 que mostraba el seguimiento que se hizo a Cherres y Carrera como parte de una investigación reservada de una presunta estructura de narcotráfico vinculada a la mafia albanesa, que se encarga de exportar droga para Europa desde América Latina y que está muy presente en Guayaquil. Según las declaraciones de La Posta, se habría entregado 1,5 millones de dólares de dinero vinculado a la mafia albanesa para financiar la campaña de Lasso. 

Ese informe policial fue archivado en 2021, pero después de la filtración en febrero de 2023, la Fiscalía ordenó que la investigación se reabra. 

Las causales del juicio político, según el informe de la comisión, son el cometimiento de delitos  contra la administración pública. Originalmente el informe decía que “existen claros indicios de haber cometido el tipo penal de traición a la patria”, es decir, delitos contra la seguridad del Estado. Sin embargo, esa parte fue eliminada en la sesión del 1 de marzo. En la actualidad, el informe solo dice que el Presidente cometió “las infracciones penales de cohecho, concusión y peculado, bajo la modalidad de comisión por omisión”.

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Susana Roa Chejín
(Ecuador, 1997) Periodista lojana y jefa de la redacción de GK. Cubre economía, sexualidad y derechos. Le interesan los temas de empleo, educación financiera y salud sexual y reproductiva.
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