El presidente Guillermo Lasso irá a juicio político. La noche del 29 de marzo de 2023, el pleno de la Corte Constitucional dio un dictamen de admisibilidad para el juicio político al presidente Lasso. 

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Con 6 votos a favor, el tribunal más alto de la nación permite que siga un proceso que no se había visto en Ecuador desde 1962, cuando se enjuició políticamente al entonces presidente Carlos Julio Arosemena Monroy.

Para que el pedido de juicio político al Presidente continuara su trámite, era necesario tener un dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional. Con la decisión de la noche del 29 de marzo —a través de sesión telemática—, el juicio político contra Lasso podrá avanzar.

¿Qué dice el dictamen de la Corte Constitucional?

De acuerdo a lo comunicado por la Corte Constitucional, con lo referente al dictamen N° 1-23-DJ/23, el pleno del tribunal “resolvió inadmitir las dos acusaciones relativas al presunto delito de concusión y admitir la acusación de juicio político relacionada con el presunto delito de peculado”.

En el dictamen, si bien la Corte considera que en el trámite de la Asamblea Nacional “se han respetado los principios de legitimidad política y del debido proceso”, le llama la atención al legislativo “por la falta de prolijidad en la activación de dicha figura constitucional”.

La Corte Constitucional decidió que los cargos relacionados con el delito de concusión no cumplen con lo que exige el artículo 148 numeral 2 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC). 

Sin embargo, con relación al delito de peculado, la Corte “determinó que su formulación se enmarca en los presupuestos de admisibilidad establecidos en el mencionado artículo de la LOGJCC”.

Durante el debate, el Pleno decidió no solo revisar que la solicitud cumpliera con los requisitos formales, sino que se enfocaron en el contenido del pedido hecho por la Asamblea Nacional “para garantizar el equilibrio de poderes entre la función ejecutiva y legislativa, y asegurar que la institución del juicio político al presidente de la República no sea utilizada de forma arbitraria ni irrazonable”.

Los jueces que votaron a favor fueron:

  • Alí Lozada Prado
  • Karla Andrade Quevedo
  • Alejandra Cárdenas Reyes
  • Jhoel Escudero Soliz
  • Ricardo Ortiz Ortiz
  • Daniela Salazar Marín

Tres votos en contra fueron de los jueces:

  • Carmen Corral Ponce
  • Enrique Herrería Bonnet
  • Teresa Nuques Martínez

¿Qué pasará ahora?

Ya que el juicio político fue aprobado por la Corte Constitucional, el presidente de la Asamblea debe enviar a la Comisión de Fiscalización y Control Político: 

  1. La solicitud de enjuiciamiento
  2. El dictamen de admisibilidad 
  3. La documentación de sustento

La Comisión avocará conocimiento y notificará al Presidente del juicio político en su contra para que en 5 días ejerza su derecho a la defensa de forma oral o escrita y presenta las pruebas de descargo que considere pertinente. También la Comisión notificará a los asambleístas solicitantes para que en el mismo plazo presenten las pruebas que tengan. 

Cuando se termine ese plazo, la Comisión de Fiscalización tendrá 5 días para remitir un informe al presidente de la Asamblea que será presentado ante el pleno y se difunda entre los asambleístas. Después de 48 horas de que se difunda el informe, el presidente de la Asamblea deberá incorporarlo en la agenda del pleno en los próximos 5 días. 

En la fecha y hora establecidas en el orden del día, el Presidente ejercerá su derecho a la defensa ante el pleno de la Asamblea. Después, dos asambleístas ponentes harán la interpelación y luego el Presidente podrá hacer réplica. 

Cuando terminen esas intervenciones, el Presidente se retirará del pleno y se abrirá el debate. Todos los asambleístas podrán intervenir por máximo 10 minutos sin derecho a réplica. 

Cinco días después de terminado el debate, se convocará sesión del pleno para que resuelva el juicio político contra el Presidente. Si no se presenta una moción de censura y destitución, la solicitud será archivada. 

Si se presenta una moción de censura y destitución, se necesitan los votos a favor de las dos terceras partes de la Asamblea, 92 asambleístas, para aprobarla.

Si esa moción es aprobada, el Presidente es destituido y asume sus funciones el Vicepresidente. La Vicepresidencia debe ser ocupada por una persona elegida por la Asamblea de una terna enviada por el nuevo presidente. Cuando el destituido es el Vicepresidente, el Presidente debe presentar la terna de la que la Asamblea escogerá al nuevo titular de la Vicepresidencia. 

Sin embargo, si es que no se aprueba la moción de censura, la solicitud será archivada. Según la Constitución, “en ningún caso podrá volverse a proponer juicio político por los mismos hechos”.

¿Por qué se pidió juicio político a Guillermo Lasso?

En enero de 2023, la Asamblea Nacional creó la Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción después de dos filtraciones hechas por La Posta, que se volvieron escándalos públicos. 

La primera son varios audios que vincularían a Danilo Carrera, el cuñado de Lasso y presidente del directorio del Banco Guayaquil, con una presunta red que gestionaba nombramientos y contratos en el Estado. Como figura central, según la filtración, estaba Rubén Cherres, un amigo de Carrera. 

En la segunda filtración presentaron un informe policial de 2021 que mostraba el seguimiento que se hizo a Cherres y Carrera como parte de una investigación reservada de una presunta estructura de narcotráfico vinculada a la mafia albanesa, que se encarga de exportar droga para Europa desde América Latina y que está muy presente en Guayaquil. Según las declaraciones de La Posta, se habría entregado 1,5 millones de dólares de dinero vinculado a la mafia albanesa para financiar la campaña de Lasso. 

Ese informe policial fue archivado en 2021, pero después de la filtración en febrero de 2023, la Fiscalía ordenó que la investigación se reabra. 

La Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción hizo un informe en el que recomendaba el juicio político contra el Presidente por estos presuntos casos de corrupción. 

Las causales según la comisión

Las causales del juicio político, según el informe de la comisión, son el cometimiento de delitos contra la seguridad del Estado y contra la administración pública. Originalmente el informe decía que “existen claros indicios de haber cometido el tipo penal de traición a la patria”. Sin embargo, esa parte fue eliminada en la sesión del 1 de marzo. En la actualidad, el informe solo dice que el Presidente cometió “las infracciones penales de cohecho, concusión y peculado, bajo la modalidad de comisión por omisión”.

El 4 de marzo, el pleno de la Asamblea aprobó el informe que recomendaba el juicio político. Dos semanas después, el 16 de marzo, la asambleísta correísta, Viviana Veloz, entregó el pedido oficial de juicio político, con 59 firmas de respaldo —13 más de las que se necesitaban. 

Para plantear el juicio político, los legisladores aseguran que Lasso incurrió en los delitos de concusión y peculado, establecidos como causal para la destitución en el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución. Según la solicitud de juicio político, el presidente Lasso “fue partícipe de una estructura de corrupción para la obtención de beneficios propios y para terceros“.

El pedido llegó a la Corte Constitucional el 24 de marzo. Originalmente se sorteó a la jueza ponente Teresa Nuques, pero el 27 de marzo el proyecto se sometió a votación y no obtuvo los 6 votos necesarios para ser aprobado. Por eso se hizo otro sorteo y se seleccionó como nuevo juez ponente a Richard Ortiz y como segundo juez ponente a Ali Lozada

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GK
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