La votación por el proyecto de ley de interrupción del embarazo en casos de violación será a las 9:30 de la mañana de mañana, 17 de febrero de 2022. Los asambleístas votarán por el informe de mayoría que fue aprobado por la Comisión de Justicia el pasado 11 de febrero de 2022. Este informe incluye algunas de las observaciones que hicieron los legisladores en el pleno durante el segundo debate.

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El presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro Jaramillo, anunció en su cuenta de Twitter que Guadalupe Llori, presidenta del Legislativo, convocó la votación para la mañana del 17 de febrero. La votación por el proyecto de ley de interrupción del embarazo en casos de violación es el primer punto en el orden del día.

El informe de mayoría necesita 70 votos favorables para ser aprobado. Si no los alcanza, el pleno de la Asamblea votará por el informe de minoría que fue elaborado por los asambleístas Sofía Espín, de la coalición Unión por la Esperanza (UNES), Ricardo Vanegas, de Pachakutik, y Dalton Bacigalupo, del partido político Izquierda Democrática. 

Si ninguno de los dos informes tiene los votos suficientes, Mauricio Alarcón, abogado constitucionalista, dice que un asambleísta deberá mocionar el archivo de la ley. Si esa moción tampoco se aprueba, Alarcón dice que el proyecto “quedaría en un limbo” porque en este caso no se aplica que entre en vigencia por el ministerio de la ley como sucede con los proyectos de carácter económico urgente.

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Libia Rivas, Presidenta del Instituto Ecuatoriano de Estudios Legislativos y exsecretaria de la Asamblea Nacional, dice que todavía no se sabe cómo se votará mañana. Si se aprueba la moción de la asambleísta Johanna Moreira, proponente del proyecto, de votar por partes —el artículo 19 por separado—, se podría aprobar una parte y la otra no. Sin embargo, Rivas advierte que si no se aprueba la ley, cualquier ciudadano podría presentar una acción de incumplimiento en contra de los asambleístas ante la Corte Constitucional. 

Los plazos para practicar el aborto son el punto más importante que cambió entre el informe de mayoría para segundo debate y el que se votará mañana: en todos los casos se redujeron las semanas para interrumpir el embarazo. Además, el plazo es una de las principales diferencias entre el informe de mayoría y el de minoría. Este último tiene plazos mucho más limitados para el procedimiento, que han sido señalados por activistas como restrictivos y revictimizantes. 

¿Qué dice el informe final de mayoría sobre los plazos?

En el informe que fue debatido la última semana de enero, se planteaban los siguientes plazos para la interrupción del embarazo: 

  • Para las niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de violación: hasta las 22 semanas de gestación. 
  • Para las mujeres y personas gestantes de 18 años en adelante, víctimas de violación: hasta las 20 semanas de gestación. 
  • Para las mujeres con “discapacidad mental” se hará conforme a lo dispuesto en la guía de aborto terapeútico del Ministerio de Salud Pública. 

En el informe final dice que::

  • Para las niñas y adolescentes menores de 18 años, mujeres de la ruralidad, pueblos y nacionalidades víctimas de violación: hasta las 18 semanas de gestación. 
  • Para las mujeres y personas gestantes de 18 años en adelante, víctimas de violación: hasta las 16 semanas de gestación.

Este cambio es el que ha generado más rechazo de activistas y organizaciones que defienden los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres. Desde el 28 de abril de 2021, cuando la Corte Constitucional despenalizó el aborto en casos de violación, la organización Surkuna ha atendido a 21 víctimas de violación que han querido acceder a un aborto. De ese total, el 57% lo hizo en el segundo semestre, por encima de la semana 20. 

Por eso Surkuna dice que si se aprueban esos límites, “las niñas, mujeres y personas gestantes más vulnerables van a ser forzadas a la maternidad porque no van a llegar en el plazo permitido, ya que ellas son las que llegan en las semanas más avanzadas de embarazo”, dice Ana Vera, abogada de Surkuna, para explicar por qué está en contra de estos nuevos plazos. 

¿Qué más dice el informe por el que se votará?

Otros de los puntos más discutidos y controversiales del proyecto de ley no fueron modificados en el informe por el que se votará mañana

Estos son: 

  • La objeción de conciencia es individual, no colectiva. Es decir, un hospital jamás podría declararse como objetor de conciencia y negarle la interrupción del embarazo a una niña, adolescente o mujer que haya sido violada
  • El personal de salud debe notificar a la Fiscalía, en un plazo máximo de 48 horas, toda la información que tenga sobre el presunto delito de violación.
  • Aunque el personal de la salud debe notificar del presunto delito a la Fiscalía, la denuncia de la víctima no es un requisito para interrumpir el embarazo.
  • El consentimiento informado escrito es una obligación. Debe darse antes de cualquier procedimiento médico. 
  • El procedimiento de la interrupción del embarazo debe realizarse en un plazo máximo de cuatro días desde que es solicitado.
  • Entre las medidas de reparación integral se debe garantizar un acompañamiento psicológico, legal y social al menos por un año después de la interrupción del embarazo. 

¿Qué dice el informe de minoría?

El informe de minoría plantea cambios en algunos de los puntos más controversiales del de mayoría. 

Propone que:

  • El plazo de la interrupción voluntaria del embarazo es hasta las 6 semanas de edad gestacional para mujeres mayores a 18 años y hasta 12 semanas de gestación para niñas, adolescentes menores a 18 años, mujeres de la ruralidad y mujeres con discapacidad.
  • El plazo para realizar la interrupción voluntaria del embarazo sea de hasta 6 días desde que se recibe la solicitud de la persona que ha sufrido la violación. 
  • Los profesionales de la salud tendrán derecho a ejercer su objeción de conciencia individual, pero añade que también se respetará la libertad de las empresas y socios de las entidades de salud privada para determinar qué tipos de servicios, procedimientos e intervenciones ofrecerán.

¿Qué pasa si el informe de mayoría o minoría se aprueba?

Según el proceso establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, una vez que el proyecto de ley sea aprobado por el pleno, la Asamblea lo enviará al Presidente de la República —en este caso, Guillermo Lasso— para que lo apruebe, o lo vete total o parcialmente. El Presidente tiene 30 días para tomar esa decisión. 

Si no hay objeciones, el proyecto es aprobado y en 30 días pasa al Registro Oficial. Si tiene objeciones parciales, la Asamblea tiene 30 días para allanarse a la objeción o acogerse al proyecto original. Si no hay respuesta de la Asamblea, se entenderá que se allanó.

El 25 de enero de 2022, en una entrevista con Sara España de Diario Expreso, Lasso aseguró que vetaría la ley del aborto por violación “si no cumple con los parámetros de la sentencia de la Corte Constitucional”. En ese caso, el abogado constitucionalista Efrén Guerrero dice que la Corte no puede sancionar al Presidente porque su sentencia en ningún momento ordena al Presidente que apruebe la ley. 

Por lo tanto el presidente Lasso está en toda su facultad, como Presidente, de vetarla. 

Sin embargo, Guerrero también dice que el aborto por violación ya fue despenalizado en Ecuador. La ley se requiere únicamente para regular el proceso y asegurar los derechos de las sobrevivientes de violación por lo tanto un veto no impediría que las niñas y mujeres accedan a la interrupción del embarazo en casos de violación

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Susana Roa Chejín
(Ecuador, 1997) Periodista lojana y jefa de la redacción de GK. Cubre economía, sexualidad y derechos. Le interesan los temas de empleo, educación financiera y salud sexual y reproductiva.

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