El aborto es legal en Ecuador en tres casos. Están estipuladas en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que dice que el aborto no está penado cuando:

  • Se ha practicado para evitar un peligro para la vida de la mujer embarazada, y este peligro no puede ser evitado por otros medios.
  • Se ha practicado para evitar un peligro para la salud de la mujer embarazada, y este peligro no puede ser evitado por otros medios.
  • Si el embarazo es consecuencia de una violación sexual.
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Hasta marzo de 2021, esta última causal era solamente para las mujeres con discapacidad mental que habían sido violadas. Pero una sentencia de la Corte Constitucional del 28 de abril de 2021, despenalizó el aborto por violación en todos los casos. 

Antes, solo era legal si la violación se había cometido contra una mujer con una condición de salud mental. Pero la Corte consideró que tal diferenciación era inconstitucional.

El aborto cuando la vida o la salud de la mujer corre peligro

Estos dos casos están relacionados entre sí. Se refieren a todos los riesgos a los que se puede enfrentar una mujer embarazada.

La interpretación judicial convencional de esta disposición en el Ecuador, se refiere a riesgos a la vida o salud física. Así es como se ha aplicado históricamente este artículo en el país. 

Sin embargo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) la salud es integral, e incluye la salud física, mental y social. La doctora Virginia Gómez de la Torre sostiene que para la interrupción del embarazo se debe considerar a la salud integral. 

La salud física, explica Gómez de la Torre, se refiere a todos los riesgos físicos derivados de las complicaciones que un embarazo puede tener. Tanto preexistentes —como insuficiencia renal, cardiaca, respiratoria, un cáncer, entre muchas otras—, como repentinas. Estas últimas son complicaciones “que de repente aparecen, que no estaba prevista y que pueden convertir a un embarazo deseado en uno no deseado”, dice Gómez de la Torre. 

La salud mental, por otra parte, se refiere a las circunstancias que afectan el bienestar psicológico de la mujer. Por ejemplo, si una niña, adolescente o mujer no quiere continuar con su embarazo y se ve obligada a hacerlo, explica Gómez de la Torre, podría intentar suicidarse. De esa manera, su vida también está en riesgo. 

Y, finalmente, la salud social está asociada a las circunstancias y vulnerabilidades: la pobreza, los trabajos riesgos, la exposición a la violencia, si una mujer vive en la calle, entre otras. 

Una interpretación integral de la salud permitiría a una mujer pedir su interrupción de su embarazo. El concepto de la OMS propone que la salud no solo es la ausencia de enfermedad sino también el bienestar. “Si a una mujer la obligan a continuar un embarazo, su calidad de vida y su bienestar entendido como integral, va a verse afectado”, concluye Gómez de la Torre.

El aborto por violación

El fallo de la Corte Constitucional de abril de 2021 señaló que la Asamblea Nacional debía elaborar una ley para regular el acceso en casos de violación. Luego de aprobarla, entre debates y lágrimas, el presidente Guillermo Lasso la vetó parcialmente

La ley que finalmente entró en vigencia fue aquella con las objeciones del Presidente. Los puntos más controvertidos de esta ley fueron:

  • El tiempo para interrumpir el embarazo: el Presidente lo redujo de 18 a 12 semanas para niñas y adolescentes de 18 años, mujeres de la ruralidad y pueblos y nacionalidades. 
  • La obligatoriedad de al menos uno de tres requisitos para acceder al procedimiento:
  1. Que la víctima o cualquier persona que conociere el hecho presente una denuncia
  2. Que exista una declaración juramentada de la víctima. 
  3. Que se practique un examen de salud por parte del médico tratante para que, bajo juramento, se certifique que la solicitante “presenta serios indicios de haber sido víctima de violación”. 

Las cifras del aborto en Ecuador

Según cifras recolectadas por la Coalición de Mujeres en el Ecuador, estas son las cifras del aborto en Ecuador:

  • La tasa de abortos es de 115 cada 1000 nacidos vivos
  • En 10 años, desde el 2004 y el 2014, 431614 mujeres abortaron. El 85% podría haber abortado en la clandestinidad
  • Las personas que más abortan tienen entre 16 y 24 años de edad. 
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