El 15 de septiembre de 2026, el presidente Daniel Noboa decretó un nuevo estado de excepción por “grave conmoción interna”.
La medida se aplica en ocho provincias: El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas. También se extiende a los cantones Camilo Ponce Enríquez, en Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.
El estado de excepción tendrá una vigencia de 60 días, según el decreto 498.
En todos esos territorios se suspenden los derechos a la inviolabilidad de domicilio —el derecho de una persona a que nadie entre a su casa sin su permiso— y correspondencia.
Además, en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí habrá toque de queda entre las 00:00 y las 05:00, desde el 17 hasta el 30 de septiembre de 2026.
Te explicamos qué implica el nuevo estado de excepción.
Por qué el gobierno dice que hay una grave conmoción interna
El decreto dice que en los territorios incluidos aún hay un escenario de violencia armada, homicidios intencionales, extorsiones, secuestros, sicariato, tráfico ilícito de armas, narcotráfico, minería ilegal y otras economías ilícitas.
Según los informes citados en el documento, las estructuras criminales permanecen activas, dispersas y con capacidad para regenerarse. También mantienen presencia territorial, redes logísticas, células operativas y mecanismos de financiamiento ilícito.
Entre el 16 de agosto y el 4 de septiembre de 2026 hubo 421 homicidios intencionales en los territorios a los que aplica el estado de excepción. De ellos, 371 ocurrieron en Guayas, El Oro, Manabí y Los Ríos, lo que equivale al 88,1 % del total.
El decreto también dice que, al comparar los períodos del 16 al 25 de agosto y del 26 de agosto al 4 de septiembre, los homicidios intencionales aumentaron un 11 % a escala nacional. Los asociados con violencia criminal subieron un 13 % y representaron el 98,3 % de los casos del segundo período.
La Presidencia dice que el gobierno no ha logrado neutralizar la amenaza de grupos de delincuencia organizada. Por eso considera necesarias medidas extraordinarias para contener y reducir el accionar de las estructuras criminales.
Qué implica el estado de excepción
El decreto dispone el uso de las Fuerzas Armadas en coordinación con la Policía Nacional en las ocho provincias y los tres cantones incluidos.
El objetivo, según el documento, es restablecer y mantener el orden público, fortalecer la protección interna y garantizar la seguridad ciudadana.
También busca prevenir, contrarrestar, reducir y neutralizar actividades criminales, violentas o delictivas que afecten los derechos, libertades y garantías de la población.
Suspensión de la inviolabilidad de domicilio
La suspensión de este derecho permitirá que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas hagan allanamientos inmediatos cuando existan indicios objetivos y razonables de que en un inmueble hay integrantes de grupos armados organizados o estructuras de delincuencia organizada.
También podrán hacerlo cuando haya indicios de que en el lugar se ocultan armas, municiones, explosivos, drogas y objetos cuyo uso constituya un delito.
El decreto permite, además, los allanamientos cuando sean necesarios para prevenir, mitigar o neutralizar amenazas en curso o inminentes, y para asegurar indicios o evidencias que después puedan judicializarse.
Las autoridades deberán justificar por qué estas acciones son necesarias, respetar los derechos de las personas y dejar un registro de todo lo que hagan.
Suspensión de la inviolabilidad de correspondencia
La suspensión de este derecho permitirá identificar, analizar y recopilar información para prevenir o neutralizar amenazas relacionadas con los hechos que motivan el estado de excepción.
No podrá aplicarse de forma general. Cada caso deberá justificarse: la Policía tendrá que decir qué información busca, por qué la necesita y, cuando sea posible, usar primero los procedimientos habituales.
Toque de queda en cuatro provincias
En El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, las personas no podrán circular desde el 17 hasta el 30 de septiembre de 2026, entre las 00:00 y las 05:00.
El decreto exceptúa de esta restricción al personal de salud. También personal de la Policía y Fuerzas Armadas, de las entidades complementarias de seguridad y de los servicios de gestión de riesgos, emergencias y desastres.
El control de quienes circulen en ese horario deberá hacerse de manera racional y proporcional, considerando situaciones de necesidad o emergencia que justifiquen el desplazamiento.
Las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los agentes de tránsito deberán coordinar con las entidades competentes para garantizar la continuidad de la administración de justicia, los servicios públicos y el funcionamiento de los sectores estratégicos.
El decreto permite que la Defensoría del Pueblo haga monitoreos, que los periodistas hagan su trabajo y que funcionarios de organismos internacionales acreditados en Ecuador cumplan sus funciones. Pero estas actividades no podrán interferir con los operativos de seguridad ni poner en riesgo a las personas involucradas.
Para justificar el toque de queda, el documento señala que entre el 16 de agosto y el 10 de septiembre de 2026 hubo 106 homicidios entre las 00:00 y las 05:00 en las cuatro provincias: 52 en Guayas, 22 en Manabí, 20 en Los Ríos y 12 en El Oro.
Según los informes citados en el decreto, las estructuras criminales aprovechan que hay menos vigilancia a esas horas para movilizarse, reorganizarse y planificar o ejecutar delitos.
Requisición temporal de bienes y servicios
El decreto permite que las autoridades usen temporalmente bienes o servicios privados que necesiten para los operativos de seguridad durante el estado de excepción.
La medida podrá aplicarse únicamente en los territorios incluidos, en casos de extrema necesidad y como último recurso.
Los bienes deberán devolverse cuando termine la necesidad que motivó su requisición o al finalizar el estado de excepción. Cuando corresponda, se reconocerá una indemnización equivalente al justo valor de los bienes o servicios requisados.
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