“Nosotros no queremos que termine la producción en el bloque 43. No queremos y no vamos a apoyar ni apurar ningún trámite, por ahora no”, fueron las palabras de Guillermo Lasso, presidente del Ecuador, en una grabación de un encuentro con líderes y representantes de comunidades waoranis y kichwas de la Amazonía ecuatoriana.

➜ Otros Contenidos sobre medioambiente
El periodismo independiente necesita el apoyo de sus lectores. Hazte miembro de GK

El Presidente también dijo que “tampoco es posible cerrar un pozo petrolero de la noche a la mañana”. Además, afirmó que sostendrá esa posición el mayor “tiempo posible”. Es decir, no planea detener las operaciones de Petroecuador en el bloque 43 en el Parque Nacional Yasuní. 

La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia (Segcom) le dijo a GK que todo esto sucedió en una reunión que hicieron “porque las comunidades están preocupadas por los proyectos sociales en marcha con Petroecuador”. Por eso, “el Presidente escuchó sus preocupaciones y se comprometió a que estos [proyectos sociales]no paren”.

Dos semanas antes de las declaraciones de Lasso, el 20 de agosto de 2023, el Ecuador decidió, en una muy esperada consulta popular, que el crudo del bloque Ishpingo, Tiputini y Tambococha en el Yasuní permanezca bajo suelo

Pero, ¿puede el gobierno incumplir los resultados de una consulta popular?

En opinión de varios expertos, no. Al ser un pronunciamiento ciudadano, según el artículo 106 de la Constitución del Ecuador, es de “obligatorio e inmediato cumplimiento”. 

Es decir, no tiene que reformarse ninguna ley o reglamento y quedará en firme una vez que el Consejo Nacional Electoral proclame sus resultados oficiales. 

El colectivo Yasunidos, que impulsó la consulta, publicó un comunicado en el que exigen al gobierno cesar las operaciones de inmediato. Además, pidió a la Corte Constitucional pronunciarse sobre este “atentado a la democracia del país”. También llamó a la ciudadanía a defender sus votos. Finalmente, exhortó a la comunidad internacional “a estar vigilantes”.

Pablo Piedra, abogado del colectivo El Sur por Yasuní, le dijo a GK que hay tres puntos básicos a considerar en este tema. El primero es la Constitución. “El pueblo se pronunció y hay que cumplir de manera obligatoria e inmediata eso”, dijo, en referencia al artículo 106. 

También hay que tomar en cuenta que para que se diese la consulta popular, la Corte Constitucional emitió un dictamen. En él, se establecieron los plazos para el comienzo del cierre de operaciones de la actividad petrolera en el bloque ITT, desde la notificación de resultados oficiales de la consulta. 

Y los dictámenes de la Corte, según el artículo 162 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC), son “de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación”.

Es decir, no se puede incumplir con el dictamen de la Corte que dio luz verde a la consulta. Ximena Ron, abogada constitucionalista, le dijo a GK que “no hay una salida técnica jurídica para incumplir una decisión de la ciudadanía”.

En caso de que se incumpla con esta decisión “puede traer consecuencias jurídicas, políticas y sociales”, explica Ron. 

Consecuencias jurídicas porque al haber un dictamen previo de la consulta por parte de la Corte Constitucional la misma Corte “puede imponer sanciones ante el incumplimiento de una decisión constitucional como una destitución”, dice Ron. 

Las consecuencias políticas y sociales, explica, existen porque “no se está incumpliendo una decisión de un porcentaje mínimo de la población, sino una decisión que ganó de forma mayoritaria en las urnas”. Ron explica que esto “puede acarrear descontento por parte de la ciudadanía, inconformidad y baja de popularidad”. 

Por otro lado, Pablo Piedra dice que el presidente Lasso está actuando de una manera demagógica. “Sabe muy bien que no está en sus manos el cumplimiento pleno de la consulta popular”, dijo Ron. Según el dictamen de la Corte, el plazo para ejecutar los resultados de la consulta es de un año. Es decir, cuando Lasso ya no sea presidente.

Piedra también sostiene que las declaraciones del Presidente son graves. “Está generando las bases para que el siguiente gobierno mantenga la línea del actual gobierno”, dijo. 

La ejecución del Sí no es sencilla

Finalmente, Ron dice que la decisión de ejecutar el resultado de la consulta es compleja por todos los aspectos a considerar: inversión para la desmantelación de las instalaciones, cierre de operaciones, planes de restauración ambiental, entre otros. Sin embargo, la abogada Ron explica que se puede ejecutar la decisión de la consulta mediante “la fase de seguimiento de cumplimiento”. 

En esta fase, según Ron, las partes involucradas — el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecología, Petroecuador y otras entidades junto a Yasunidos, que impulsaron la consulta y otras partes interesadas — deben “establecer cuál es la mejor manera y en el menor tiempo posible de ejecutar esta decisión”. 

Ron dice que en esta fase el Estado puede presentar sus argumentos sobre la viabilidad de ejecutar la decisión de los resultados de la consulta y la Corte debe analizar “si esa justificación es viable o no, y si realmente se fundamenta que no se ejecute de manera inmediata la decisión”. 

Según expertos y funcionarios de Petroecuador y el Ministerio de Energía y Minas, el plazo de un año que dio la Corte es muy corto. Incluso, algunas estimaciones dicen que parar las operaciones y desmantelar las instalaciones, puede tomar incluso más de 10 años.

Hasta el cierre de esta explicación, la Corte Constitucional no se pronunció sobre las declaraciones del presidente ni el pedido de Yasunidos.

Emilia Paz Y Mino 150x150
Emilia Paz y Miño
Periodista y fotógrafa. Cubre temas de medio ambiente. También le interesan temas de género y derechos humanos.
Y tú ¿qué opinas sobre este contenido?
Los comentarios están habilitados para los miembros de GK.
Únete a la GK Membresía y recibe beneficios como comentar en los contenidos y navegar sin anuncios.
Si ya eres miembro inicia sesión haciendo click aquí.
VER MÁS CONTENIDO SIMILAR