acción contra política minera

Primero demandaron la inconstitucionalidad de la nueva política petrolera del Ecuador. Ahora, el 22 de diciembre de 2022, varias organizaciones indígenas y de la sociedad civil presentaron ante la Corte Constitucional una  acción de inconstitucional contra la política minera del país, que está contenida en el decreto ejecutivo 151. 

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El  decreto fue expedido por el presidente Guillermo Lasso en agosto de 2021, y pretende crear un Plan de Acción que impulse el desarrollo del sector minero ecuatoriano.

La presentación de esta acción de inconstitucionalidad fue anunciada por las organizaciones indígenas en octubre pasado, cuando presentaron la acción contra el decreto 95 que delinea la nueva política petrolera. Tenían previsto presentarla a finales de octubre, pero el proceso ha tomado dos meses más.

¿Quiénes presentaron la acción?

La acción de inconstitucionalidad que ya está en las manos de la Corte Constitucional, el máximo tribunal del país, fue presentada por cuatro organizaciones:

  • La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie
  • La Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confeniae)
  • La Alianza de Organizaciones de Derechos Humanos del Ecuador, y
  • Amazon Frontlines, una organización que busca defender los derechos indígenas de los pueblos y nacionalidades de la selva amazónica.

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¿Qué alega la demanda de inconstitucionalidad?

La demanda presentada por las organizaciones indígenas pide que se deje sin efecto dicho decreto porque es inconstitucional y porque es una “amenaza de vulneraciones a derechos humanos”. 

La acción cuestiona que el decreto se haya emitido sin consulta previa una cuestión sobre la que la Corte falló hace unas semanas. Aduce, además, que se puesto intereses empresariales por encima de los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, así como los de la naturaleza. El comunicado de las organizaciones dice que el decreto afectará al 48% del territorio nacional con concesiones mineras. La orden presidencial, dice el boletín, “retrocede sobre decisiones ciudadanas ya establecidas como las consultas populares de Girón y Cuenca”.

Uno de los voceros del equipo legal de Amazon Frontlines, Jorge Acero, afirma que se han identificado que al menos 13 de las 17 nacionalidades indígenas del país podrían tener afectaciones en sus territorios por el Decreto 151. 

Además, explica que la demanda no solo fue impulsada por nacionalidades y pueblos indígenas, sino también por comunidades de Intag, en la provincia de Imbabura, Pacto, en la provincia de Pichincha y Loja, al sur del país, donde hay fuertes amenazas de proyectos mineros.

Acero dice que el reto fundamental de la demanda es “dejar esclarecido al gobierno que antes de plantear planes, programas o políticas públicas, debe desarrollarse un proceso de participación». Y, aunque piensa que hay una probabilidad de que la demanda no se acepte, explica que las organizaciones esperan que sí se modifiquen varios artículos del decreto porque  “el aumento de la producción minera afectará, indudablemente, a derechos de pueblos indígenas y otras colectividades”.

Otras opiniones

El abogado ambiental Gustavo Redin explica que este decreto pide la aceleración y simplificación de los procesos que otorgan permisos para realizar actividades mineras en Ecuador. 

Por ello, la demanda es acertada, dice Redin, debido a que no se hizo la consulta previa, que es un derecho de los pueblos y nacionalidades indígenas amparado por la Constitución del Ecuador y convenios internacionales

La consulta previa es un mecanismo de participación ciudadana que obliga al estado a consultar previamente a las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y montubio acerca de planes, proyectos, programas u obras de explotación que afecten sus derechos y se realicen en sus territorios ancestrales. 

Redin explica que la consulta previa es un derecho consagrado en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la Constitución del Ecuador y en varias sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “Por lo tanto, es de aplicación directa al formar parte del bloque de constitucionalidad del país”, dice Redín, quien también es presidente de la Coordinadora Ecuatoriana de organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (CEDENMA). 

El abogado Redin asegura que el decreto adolece de inconstitucionalidad “porque las concesiones mineras, en su mayoría, están en tierras de poblaciones indígenas y, al no existir esta consulta prelegislativa [consulta previa], se está vulnerando el derecho a la consulta de los pueblos indígenas.

Por su lado, Amazon Watch, una organización que forma parte de las denuncias, expresó su preocupación hacia los decretos 95 y 151. Ambos decretos habilitan los canales institucionales para expandir el extractivismo, dijo la organización en un pronunciamiento, “se omite explicar la forma en la que se van a garantizar los derechos de la naturaleza, humanos y colectivos de los pueblos indígenas”.

¿Qué dice el Decreto 151, que delinea la nueva política minera?

El decreto 151 contra el que las organizaciones presentaron la acción fue emitido por el presidente Guillermo Lasso el 5 de agosto de 2021, menos de tres meses después de que prometiera avanzar hacia una transición ecológica. 

El decreto tramita un “Plan de Acción para el Sector Minero del Ecuador” en los 100 días próximos a su expedición; es decir, a partir del 5 de agosto de 2021. En él se detalla que el objetivo primordial es “desarrollar una minería eficiente y responsable ambiental y socialmente” —un objetivo que ha sido puesto duda por ambientalistas de todo el mundo. 

El decreto dice que el Plan busca promover la inversión nacional y extranjera, y mejorar las prácticas para el aprovechamiento minero. 

La minería en Ecuador

Según datos del Banco Central del Ecuador (BCE), en el primer cuatrimestre del 2021, los productos mineros de exportación representaron el cuarto rubro más importante de la economía nacional con un 5,35% de las exportaciones totales, que significaron un total de 421 millones de dólares. 

Además, un comunicado del Ministerio de Energías y Recursos Naturales No Renovables anunció que, en junio del 2021, Ecuador alcanzó el nivel de exportación mensual más alto de la historia minera del país con un valor de 178,80 millones de dólares.

A pesar de la importancia económica de la minería en Ecuador, Consuelo Fernandez-Salvador, antropóloga cultural especialista en Política e Identidad en Poblaciones Indígenas, explica que uno de los principales problemas que enfrentan las nacionalidades indígenas actualmente es la pérdida de territorio por los proyectos mineros del Estado, que se sobreponen a los de las nacionalidades. “En la constitución se puede ver que somos un país plurinacional, que se respeta y reconoce a las nacionalidades indígenas”, dice Fernandez-Salvador, pero si es que hay un proyecto de interés, en un territorio huaorani o kichwa, van a primar ahí los intereses del estado”.

Según la antropóloga, un ejemplo de esto es el proyecto Mirador. Un video explicativo de GK dice el proyecto, que es el primero en donde se realizan actividades mineras a gran escala y a cielo abierto en las provincias de Morona Santiago y Zamora Chinchipe. Mirador pondría en riesgo a 4 mil especies de plantas, posibilitando la extinción de anfibios y reptiles que no se encuentran en otro lugar del mundo. 

Además, según datos de la Conaie, en estas provincias vive la nacionalidad Shuar, una de las 11 nacionalidades indígenas de la Amazonía. Actualmente, su territorio reconocido legalmente es de más de 700 mil hectáreas y se estima que aquí viven aproximadamente 668 comunidades.

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Koryna Herrera
Periodista colaboradora de GK. Cubre temas de medioambiente.

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