“El Gobierno ecuatoriano ve en nuestro territorio solamente los intereses de recursos. Exigimos al gobierno ecuatoriano respetar nuestra decisión de mantener nuestros territorios libres de petróleo y minería”, dijo Nemonte Nenquimo, lideresa waorani y presidenta del Consejo de Coordinación de la Nacionalidad Waorani de Pastaza (Conconawep), afuera de la Corte Constitucional, en Quito. Allí, ella, junto a otras organizaciones indígenas, presentaron una acción de inconstitucionalidad contra el decreto 95, suscrito por el presidente Guillermo Lasso, con el que pretende marcar su hoja de ruta petrolera y duplicar la producción de petróleo del país hasta un millón de barriles diarios. 

La acción de inconstitucionalidad —un recurso legal que permite que una ley o norma se anule por atentar contra los derechos protegidos por la Constitución— es la primera de una serie de demandas que la Congonawep, la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (Conaie) y la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confeniae) interpondrán contra la política minera y petrolera de Lasso. La próxima será una demanda contra el decreto 151, que dispone un plan de acción para el sector minero. Esta será presentada a finales de octubre, según informaron las organizaciones a través de un comunicado oficial.

Para los colectivos, los decretos 95 y 151 responden a una “estrategia de política pública” de la administración de Lasso para hacer frente a la crisis económica que Sudamérica no logra superar y la deuda externa, “redoblando el extractivismo y la explotación de la naturaleza”. 

Vivian Idrovo, coordinadora de la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos, informó que será el juez Hernán Salgado, presidente de la Corte Constitucional, quien dará trámite a la causa. Si Salgado emite un dictamen a favor de los pueblos indígenas, a los derechos colectivos y la naturaleza, explica Idrovo, el gobierno de Lasso tendrá que construir una política petrolera que tenga el consentimiento absoluto de las comunidades y que respete sus decisiones y sus derechos. Sin embargo, aún no está claro cuándo se resolverá la causa, pues, dice Idrovo, la Corte las despacha en orden cronológico.

¿Qué alega la primera demanda contra el decreto 95? 

Las organizaciones reclaman que el derecho de los pueblos indígenas a la consulta y el consentimiento libres, previos e informados fueron violados por el decreto 95, publicado el 7 de julio de 2021. Este busca aumentar la producción e inversión en el sector. Los pueblos indígenas marcan su posición contra: “el documento pretende duplicar la producción de petróleo del país hasta un millón de barriles diarios mediante la desregulación de los procesos operativos” de la industria del petróleo y el gas. 

La coalición de pueblos indígenas emprenderá la segunda demanda contra el decreto 151, suscrito el 5 de agosto último, porque “busca relajar los controles ambientales para acelerar la entrada de empresas mineras extranjeras en la Amazonía”, escriben en el comunicado. Para las comunidades, el gobierno no respeta su decisión de mantener sus territorios libres de minería y reclaman no haber sido consultados, ni haber dado su consentimiento para la construcción de los decretos como exige la normativa nacional y los convenios internacionales. Por eso, insisten, exigen a la Corte Constitucional que declare su inconstitucionalidad y nulidad. 

Las organizaciones y las naciones indígenas denuncian que la política de Lasso marca un camino de retroceso en la garantía de los derechos humanos, colectivos y de la naturaleza. Por eso, rechazan la propuesta de expansión de la frontera extractiva, pues, para ellos, la ampliación de franjas remotas en la Amazonía afectaría no solo a la biodiversidad global, sino principalmente a los territorios de las naciones Shuar, Achuar, Kichwa, Waorani, Shiwiar, Andoa, Sápara y A’i Cofan, quienes han rechazado actividades petroleras y mineras en sus territorios. 

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Durante la presentación de la demanda, Leonidas Iza, presidente de la Conaie, enfatizó en que los territorios de los pueblos y nacionalidades están en peligro. Iza dijo, según lo cita el comunicado, que el Estado debe garantizar el derecho a la consulta previa, libre e informada pero de manera vinculante. Es decir, debe existir un consentimiento absoluto. Con él coincide Lina María Espinosa, abogada de la organización Amazon Frontlines, una de las que acompañó la acción de inconstitucionalidad, quien cuestionó: “Con el pretexto de garantizar recursos para el país, Lasso pretende imponer una agenda extractiva y sacrificar la vida de miles de familias indígenas, valiéndose de procedimientos administrativos inconsultos”.  

Las organizaciones son firmes y reiteran que tanto el decreto 95 como el 151 tendrían una intención de fondo: formalizar los mecanismos para que entidades gubernamentales como el Ministerio de Energía y Recursos No Renovables y el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica “otorguen rápidamente licencias ambientales a las industrias petroleras y mineras, pese a que la evasión de leyes y obligaciones internacionales y el marco constitucional del país” garantiza los derechos y la soberanía de las naciones indígenas, escribieron.