La Corte Constitucional ha cumplido con su obligación de analizar la constitucionalidad del estado de excepción focalizado en las provincias de El Oro y la ciudad de Guayaquil dictado por el presidente Guillermo Lasso. El alto tribunal anunció hoy, 22 de julio, que decidió que la medida adoptada por Lasso es constitucional.
El dictamen fue preparado por el juez Enrique Herrería Bonnet y fue acogido por otros siete jueces constitucionales ayer, 21 de julio. La jueza Carmen Corral no estuvo en la sesión del pleno en la que la Corte tomó la decisión.
Según el artículo 436 de la Constitución, la Corte tiene entre sus atribuciones hacer el control de constitucionalidad a los decretos ejecutivos que incluyan un estado de excepción —es decir, analizar si la medida tomada (que permite la restricción de ciertos derechos ciudadanos como el libre tránsito y la libertad de reunirse pacíficamente) se enmarca en los principios y garantías establecidos en la Constitución del Ecuador, que es el máximo instrumento de la legislación en el país. En abril, cuando el entonces presidente Lenín Moreno decretó un estado de excepción focalizado, el abogado constitucionalista Ismael Quintana le explicó a GK que ese control no se aplica para todos los decretos del Presidente, solo para los que dispongan la limitación o suspensión de derechos constitucionales —lo que hace un estado de excepción.
Guillermo Lasso decretó el primer estado de excepción de su gobierno (y, también, el primero relativo a la pandemia del covid-19) el pasado 14 de julio. Ese día se confirmó que en la provincia de El Oro y la ciudad portuaria de Guayaquil circulaba la variante Delta y Delta plus del coronavirus que produce la enfermedad llamada covid-19. La medida fue impuesta mediante el decreto ejecutivo 116 firmado el 14 de julio.
Según un comunicado de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia (Segcom), el objetivo de esta medida es precautelar la salud y la vida de los ciudadanos y mitigar la propagación de estas variantes en el país. Lasso tomó la decisión acogiendo una recomendación que le hizo el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional.
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Este es el sexto estado de excepción que se dicta por la pandemia del covid-19. Los cinco primeros fueron dictados durante el gobierno de Lenín Moreno. En agosto de 2020, la Corte Constitucional dijo que no aceptaría más estados de excepción por el covid-19 y que el gobierno debía normar a través de una ley las restricciones para contrarrestar la propagación del virus. A finales de diciembre de ese año, cuando el gobierno dictó un nuevo estado de excepción, la Corte lo declaró inconstitucional.
Sin embargo, en abril de 2021, cuando el gobierno de Moreno focalizó un estado de excepción, la Corte dijo que sí cumplía con los parámetros establecidos en la Constitución. Ahora, la Corte ha decidido lo mismo sobre el estado decretado por el presidente Lasso en El Oro y Guayaquil.