Entre los puntos clave de la ley que regula el uso legítimo de la fuerza, están las restricciones para el uso de animales en los operativos de control. 

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La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza el 7 de junio de 2022. Y en ella, incluyó el uso de animales adiestrados en operativos de control, como perros y caballos. 

La parte de la ley que regula el uso de animales en operativos nació de uno de los proyectos que se combinaron para armar el texto final. El proyecto, enfocado en la prohibición del uso de la fuerza con el apoyo de animales adiestrados, fue presentado por Marcela Holguín, asambleísta por la coalición Unión por la Esperanza (UNES), en noviembre de 2021. 

En total, la ley aprobada por la Asamblea era la combinación de tres propuestas diferentes

¿Qué dice la ley sobre el uso de animales de adiestramiento humano?

La ley dice que se usarán este tipo de animales —como perros o caballos— en las siguientes circunstancias: 

  1. Patrullaje preventivo,
  2. Protección de dignatarios,
  3. Patrullaje rural y fronterizo montado,
  4. Eventos públicos y privados con asistencia masiva de personas, 
  5. Operativos de control, regulación de espacio público y centros de diversión nocturna, 
  6. Control y mantenimiento del orden público, 
  7. Detección de sustancias catalogadas como sujetas a fiscalización, dinero, vida silvestre, armas y otros objetos relacionados a las investigaciones, 
  8. Búsqueda y rescate de personas vivas, localizar los restos humanos en áreas de difícil acceso o en desastres naturales, y,
  9. Operaciones conjuntas con otras entidades para atender emergencias, desastres y otras crisis.  

La mayoría, ya era aplicado por la Policía Nacional y otros cuerpos de seguridad estatal. 

¿En qué casos está prohibido su uso?

La ley prohíbe que la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria use animales de adiestramiento humano —caballos o perros— en los casos en los que “pueda verse vulnerado su bienestar”.

Ese bienestar, dice la ley, es definido como el estado de salud emocional o físico del animal que “le permita estar en armonía con su entorno, preservando sus funciones corporales, que su comportamiento no sea alterado y evitando el sufrimiento innecesario”. 

Además, se prohíbe el uso de estos animales como “medio o arma para el uso de la fuerza en los niveles de control físico o defensas menos letales en contextos de reunión, manifestación o protesta social pacífica”. 

En esos casos, dice la ley, solo podrán usarse estos animales en el nivel de presencia para “prevenir o disuadir el cometimiento de una infracción penal”. 

Otras disposiciones sobre el uso de animales en operativos de control 

La ley dice que los daños y las lesiones que se provoquen en los animales serán responsabilidad del guía o jinete que se haya designado para su control. Sin embargo, hay ciertas excepciones: 

  1. Cuando esas lesiones sean el resultado del cumplimiento de las funciones asignadas, según lo establecido en la ley,
  2. Cuando el animal “ha actuado instintivamente por defensa o supervivencia, a causa de provocaciones, maltratos o agresiones de segundas o terceras personas”, y,
  3. Cuando el animal ha actuado instintivamente para proteger al guía o jinete al ser agredido físicamente. 

Además, la ley dice que los animales de adiestramiento humano que sean propiedad de las entidades de control como la Policía o las Fuerzas Armadas deberán ser “previamente certificados como ejemplares idóneos para intervenir en las operaciones para las cuales han sido entrenados”. 

La ley establece que las entidades que estén a cargo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria deben establecer manuales y protocolos para el uso de animales en los casos que permite la ley. Esos procedimientos deben precautelar “la salud y el bienestar de los animales”. 

Así era el proyecto original

En noviembre de 2021, la asambleísta Marcela Holguín presentó el proyecto de Ley que Prohíbe el Uso de la Fuerza con Apoyo de Animales Adiestrados. Holguín dijo que el proyecto de ley se trabajó junto a grupos ambientalistas. Además dijo que era una respuesta al pedido de “muchos grupos que se encargan de pensar en el bienestar animal”. 

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La Asambleísta Marcela Holguín. Fotografía de Asamblea Nacional del Ecuador bajo licencia CC BY-SA 2.0

En enero de 2022, la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral de la Asamblea Nacional —encargada de tratar el proyecto—, decidió que la propuesta de Holguín debía unificarse con el proyecto de ley sobre el uso progresivo de la fuerza. Esa unión desembocaría en la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza

En el documento enviado por Holguín, se establecían varios de los puntos que fueron incluidos en el texto final. Entre ellos, la prohibición del uso de animales en ciertos casos, las limitaciones de usos de animales en operativos de control, y otros parámetros para precautelar el bienestar animal. 

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Susana Roa Chejín
(Ecuador, 1997) Periodista lojana y jefa de la redacción de GK. Cubre economía, sexualidad y derechos. Le interesan los temas de empleo, educación financiera y salud sexual y reproductiva.