Alexandra Vela, Ministra de Gobierno, entregó a la Corte Constitucional una acción de inconstitucionalidad contra la resolución de las amnistías otorgadas por la Asamblea Nacional. 

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La tarde de hoy, 29 de marzo de 2022, con una carpeta azul en la mano derecha y resguardada de policías y sus guardaespaldas, Vela llegó hasta el edificio de la Corte, mayor tribunal del país, para dejar el documento que un ciudadano puede presentar cuando cree que se han vulnerado las normas constitucionales. “En un Estado de derecho NO puede existir impunidad. Esta amnistía deja intactos los delitos cometidos en contra de Quito y el país en 2019”, escribió Vela en su cuenta de Twitter, luego de hacer la entrega.

Las amnistías entregadas por la Asamblea, explicadas en breve 

La madrugada del 10 de marzo, 99 asambleístas votaron a favor de conceder 268 amnistías a ciudadanos que “fueron judicializados por ejercer el derecho propio y derechos colectivos reconocidos en la Constitución e instrumentos internacionales”. 

La gran mayoría de los ciudadanos que se beneficiaron de las amnistías son líderes sociales, defensores de la naturaleza y de los Derechos Humanos acusados de delitos como ataque o resistencia, robo o terrorismo.

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Entre las personas beneficiadas de la amnistía están los judicializados por el paro de octubre de 2019, en el que el movimiento indígena y otros movimientos sociales protestaron en contra de la eliminación del subsidio a los combustibles; y las protestas en contra de la minería en Buenos Aires, Imbabura. También están incluidos los defensores del territorio del caso Nankints, en el que una comunidad shuar fue desplazada para instalar un campamento minero.

Algunos de los amnistiados son: 

  • Leonidas Iza, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie)
  • Gabriela Fraga, defensora antiminera y lideresa en Buenos Aires, Imbabura
  • Nancy Simba, dirigente social y defensora comunitaria
  • Javier Ramírez, líder campesino de Íntag
  • Paola Pabón, prefecta de  la provincia de Pichincha, 
  • Virgilio Hernández, ex asambleísta del ala correísta —tras la ruptura de Alianza País. 

El abogado explica que según el artículo 120, numeral 13 de la Constitución, una de las atribuciones de la Asamblea es: 

Conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. No se concederán por delitos cometidos contra la administración pública ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidio por razones políticas o de conciencia.

Por lo que, el abogado constitucionalista Mauricio Alarcón, abogado constitucionalista, opina que las amnistías fueron entregadas por encima de la Constitución. 

Alarcón dice que, en este caso, la Asamblea no respetó esa atribución. Además, dice que a medio camino los asambleístas se han dado cuenta que procesaron mal los números de cédula o los números de causas de los supuestos beneficiarios de las amnistías. “Es la razón para echar abajo todo el proceso”, dice el abogado.  

El abogado cree que la Comisión de Garantías Constitucionales de la Asamblea debería volver a tramitar el proceso de las amnistías. 

 Otras acciones contra las amnistías 

El ex asambleísta Andrés Páez presentó una acción de protección contra las amnistías el 12 de marzo. Pero la tarde de hoy, 29 de marzo, la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quitumbe rechazó este recurso porque no fue la “vía idónea para impugnar el control de constitucionalidad”

También, el 15 de marzo pasado, varios ciudadanos entre ellos Patricio Alarcón, expresidente de la Cámara de Comercio de Quito, Diego Vivero, expresidente de la Cámara de Turismo y Andrés Castillo, del colectivo Todos por Quito, presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra las amnistías

¿Qué es una acción de inconstitucionalidad? 

La acción de inconstitucionalidad es un recurso legal que permite que una ley o norma se anule por atentar contra los derechos protegidos por la Constitución. Según la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se presenta para remover del ordenamiento jurídico una norma o ley que por la forma o el fondo es contraria a la Constitución o alguna de sus partes. 

La acción de inconstitucionalidad la puede presentar cualquier persona en la Corte Constitucional, órgano que realice el control abstracto de la norma, y es la única que puede declarar la inconstitucional o ratificar la constitucionalidad.

Mauricio Alarcón dice que el Ejecutivo deberá esperar el tiempo que determina la ley para que el recurso sea analizado por los jueces constitucionales. Ese tiempo puede ser un par de meses. “Mientras tanto, varios beneficiarios de las amnistías ya están disfrutando de las mismas”, dice Alarcón. 

El abogado Alarcón dice “poco o nada se logrará con este tipo de acciones, más allá del intento de recuperar la plena garantía del Estado de derecho”. Alarcón explica que la Corte Constitucional podría unificar las causas que tengan el mismo objeto para tratarlas.

Mayuri Castro Tapia 150x150
Mayuri Castro
Ex reportera de GK, donde cubrió educación, migración interna y los derechos de las mujeres. En 2021 ganó la Mención de Honor en Acceso a la Salud del Premio Roche por el reportaje El consuelo de un país en crisis recae en sus estudiantes de psicología . Fue parte del equipo de Mongabay Latam y GK nominado al premio Gabo 2021 en la categoría texto con el especial Mujeres en la Amazonía: lideresas indígenas que están cambiando el rumbo de sus comunidades.

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