El 20 de agosto de 2023, el 58,95% de los ecuatorianos que votaron en una consulta popular decidió que el petróleo del Bloque ITT —Ishpingo, Tambococha y Tiputini— debía permanecer indefinidamente bajo tierra. Pero tres años después, la extracción continúa.

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El reporte diario de la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) dice que el 18 de agosto de 2026 el Bloque 43 produjo 40.132,91 barriles de petróleo.

El Estado sí ha comenzado a cerrar pozos y la producción ha disminuido. Pero el proceso avanza por detrás de un cronograma que duraría cinco años y medio, mientras organizaciones indígenas, abogados y defensores del Yasuní sostienen que mantener la extracción incumple lo decidido en las urnas y podría tener implicaciones legales.

Te explicamos lo que ha ocurrido en estos tres años.

El plazo era de un año

El 9 de mayo de 2023 cuando la Corte Constitucional autorizó la consulta del Yasuní, también estableció que, si ganaba el SÍ, el Estado debía retirar progresiva y ordenadamente toda actividad petrolera del bloque 43 en un plazo máximo de un año, contado desde la notificación de los resultados oficiales, que fue el 31 de agosto de 2023.

Es decir, el plazo para hacerlo venció el 31 de agosto de 2024.

El economista Alberto Acosta Espinosa, uno de los principales impulsores de la iniciativa Yasuní-ITT, que buscaba mantener bajo tierra el petróleo del bloque 43 en el Parque Nacional a cambio de una compensación económica internacional, hace una distinción, dice que una cosa es detener la extracción y otra retirar toda la infraestructura.

“Yo sé que no es suficiente un año para retirar los equipos, eso va a tomar mucho tiempo, pero el primer paso era cumplir el mandato popular: dejar de extraer petróleo”, dice. Algo que hasta ahora no se ha hecho.

Apagar las máquinas, explica Acosta, es “literalmente dejar sin luz a las bombas de profundidad que están adentro para sacar el petróleo”.

El ex ministro de Energía, Fernando Santos Alvite, coincide en que técnicamente es posible detener la producción. Para él, la principal dificultad es económica. “En un campo teórico el camino sí es (detener la producción). Pero el problema es que el Yasuní pertenece al Estado y el Estado necesita desesperadamente esos dólares de la venta del crudo”, dice.

Hubo intentos de comenzar el cierre

El gobierno de Daniel Noboa comenzó a tomar medidas para ejecutar la consulta 9 meses después de que se conocieran los resultados.

El 8 de mayo de 2024 creó el Comité de Ejecución de la Voluntad Popular Yasuní-ITT encargado de coordinar el retiro progresivo y ordenado de las actividades petroleras. Lo integraban cinco instituciones:

  • Ministerio de Energía y Minas, que lo presidía.
  • Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
  • Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos.
  • EP Petroecuador.

La Nacionalidad Waorani del Ecuador (NAWE) cuestiona que no fue incluida en el comité creado para ejecutar la consulta, pese a que el Bloque 43 está dentro de su territorio ancestral.

Por esa exclusión, en 2024 la organización organizó una Cumbre Internacional por el Yasuní y elaboró su propio Plan de Acción Post Consulta Popular y el Mandato Waorani. El 30 de agosto de 2024, la NAWE entregó estos documentos a la Corte Constitucional. 

Le plantearon a la Corte que el cierre incluyera el desmantelamiento de los pozos e infraestructura, restauración ecológica y reparación social, y que el Estado presente un calendario, un cronograma y un presupuesto detallado para cerrar toda la operación petrolera del ITT. Es decir, le insistió sobre lo que la Corte ya había ordenado.

También pidieron al Ministerio de Energía y Minas ser incorporados, con voz y voto, en el comité encargado de ejecutar la voluntad popular, y que los jueces visitaran el Bloque 43 y el territorio waorani. Hasta agosto de 2026 la Corte no se había pronunciado. 

Según el Informe de Rendición de Cuentas 2025 de Petroecuador, el proceso contempla cerrar 246 pozos del Bloque 43. Hasta el 28 de agosto de 2024, es decir, a un poco más de año de la consulta, se habían cerrado 8 pozos.

Hasta diciembre de 2025, la empresa pública reportó 58 pozos abandonados, desde la consulta, es decir, cerrados técnicamente para que dejaran de operar; y planteó un cronograma de cinco años y medio para completar el proceso.

La producción también disminuyó. Santos Alvite dice que antes de la consulta eran alrededor de 60 mil barriles diarios y ahora son unos 40 mil. Explica que el ITT tiene un crudo pesado y que sus pozos requieren mantenimiento frecuente. Por eso, algunos que han dejado de producir ya no han vuelto a ser intervenidos.

Cerrar totalmente la producción en un país donde el petróleo es una fuente importante de dólares, opina Santos Alvite, “económicamente es un suicio”. Por eso cree que el gobierno intenta ganar tiempo mientras mantiene una producción menor. “El gobierno lo que quiere es mantener el status quo. No creo que incremente la producción, pero creo que cerrarlo no está en sus planes inmediatos”.

Apagar los pozos es solo el comienzo

Detener la extracción no significa que al día siguiente pueda abandonarse el Bloque 43.

Después hay que cerrar técnicamente los pozos y retirar tuberías, tanques, equipos y otra infraestructura petrolera instalada en una zona de difícil acceso.

“Suena muy fácil en el papel decir: se apagan los pozos y se quitan los tubos y los fierros. Pero es un proceso de años y de un costo inmenso”, dice Santos Alvite, y agrega que una cifra referencial serían 600 millones de dólares. 

Describe el retiro como una “pesadilla logística” porque parte del equipo y de los residuos debe movilizarse desde una zona sin la infraestructura vial que existe en otros campos petroleros.

Por eso, para él, el cierre tiene dos impactos económicos: el Estado deja de recibir los ingresos del petróleo y, al mismo tiempo, tiene que financiar el desmantelamiento.

En la rendición de cuentas de diciembre de 2025, en sus estados financieros Petroecuador reconocía que la consulta implicaba “detener la extracción petrolera” y que el desmontaje debía hacerse como máximo hasta el 31 de agosto de 2024. El mismo documento estimaba preliminarmente el desmantelamiento en 467 millones de dólares.

Alberto Acosta Espinosa dice que se podría buscar recursos internacionales vinculados a mitigación ambiental para financiar parte del desmantelamiento.

La restauración

Una vez retiradas las instalaciones, según la Corte, debe comenzar otra etapa: remediar los impactos ambientales y restaurar los ecosistemas afectados.

Acosta Espinosa dice que la restauración será progresiva y podría tomar mucho más tiempo que el cierre de los pozos.

Para la NAWE, además, la reparación no puede limitarse a recuperar la naturaleza. Bay dice que décadas de explotación petrolera han dejado consecuencias ambientales y sociales en las comunidades indígenas: alcoholismo, conflictos intrafamiliares y dependencia de las actividades extractivas.

“En la Amazonía han explotado 60 años la industria petrolera”, dice. “Pero los pueblos indígenas directamente siguen siendo los más pobres”.

La reparación también tiene una dimensión particular en el Yasuní: allí habitan los pueblos indígenas en aislamiento Tagaeri y Taromenane. La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó en 2025 que Ecuador vulneró sus derechos y estableció obligaciones para su protección.

Acciones contra el incumplimiento

El retraso en la ejecución de la consulta también ha llegado a instancias judiciales y administrativas.

Acosta recuerda que organizaciones y ciudadanos han acudido a la Corte Constitucional para exigir el cumplimiento del mandato, con acciones de incumplimiento y solicitudes para que se active la fase de seguimiento del dictamen. Acosta cuestiona que, hasta ahora, la Corte no haya emitido una decisión que obligue al Ejecutivo a detener definitivamente la producción.

Una de estas acciones fue presentada en enero de 2024 por la Fundación TIKAY, una organización social ecuatoriana enfocada en la defensa ambiental y los derechos de la naturaleza, y el entonces decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Guayaquil, Leonel Fuentes. La acción fue específicamente contra el presunto incumplimiento del dictamen con el que la Corte Constitucional dio paso a la consulta popular. 

La segunda fue presentada por YASunidos, un colectivo ciudadano que luchó para promover la consulta popular. El 12 de noviembre de 2025, presentaron una acción de incumplimiento contra el gobierno de Daniel Noboa para que la Corte ordene la suspensión de la extracción petrolera y el cumplimiento de la consulta popular. 

Ninguna ha tenido respuesta.

La NAWE volvió a acudir a la Corte en agosto de 2025 para pedir información sobre el avance del cierre del Bloque 43, pero tampoco tuvo respuesta. Bay dice que la organización prepara una nueva acción legal. Además, el 20 de agosto de 2026, cuando se cumplieron tres años de la consulta, la nacionalidad Waorani realizó una movilización y una rueda de prensa para exigir el cumplimiento.

Pero la consulta popular no es el único mandato que el Estado debe cumplir. 

En 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos también ordenó a Ecuador desmantelar el proyecto petrolero del Bloque 43-ITT, como parte de una sentencia sobre la protección de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario Tagaeri y Taromenane. 

La Corte analizó las afectaciones que distintas actividades, entre ellas la explotación petrolera, generan sobre los derechos de estos pueblos, cuyo territorio ancestral está en el Yasuní. Por eso, la sentencia incluyó entre sus medidas la obligación del Estado de cumplir los resultados de la consulta de 2023.

Para Mario Melo, director del Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, esta sentencia es especialmente importante porque Ecuador está obligado a cumplirla. No es una recomendación ni una sugerencia: el Estado aceptó que la Corte Interamericana pueda juzgar estos casos y, cuando emite una sentencia, debe acatar lo que dispone.

Según Melo, la Corte Interamericana mantiene la facultad de supervisar el cumplimiento de sus sentencias, por lo que Ecuador deberá explicar ante ese tribunal qué medidas ha tomado para cumplirlas.

El abogado dice que, eventualmente, podría presentarse una acción por incumplimiento ante la Corte Constitucional en relación con la sentencia de la Corte IDH. Y que si después la Corte Constitucional determinara que una sentencia no fue cumplida, podría configurarse un delito de desacato para los funcionarios responsables.

Sin embargo, para Melo, el debate no debería centrarse únicamente en si habrá una sanción, sino en que Ecuador, como Estado soberano y de derecho, debe cumplir tanto las decisiones de sus ciudadanos expresadas en las urnas como las sentencias internacionales que ha aceptado.

GK solicitó al Ministerio de Ambiente y Energía información actualizada sobre cuántos pozos han sido cerrados hasta agosto de 2026, cuándo está previsto detener completamente la producción, cómo avanza el desmantelamiento y cuál es el plan de restauración. Hasta la publicación de este texto, no recibió respuesta.

Andrea Orbe
Andrea Orbe
Periodista de GK. Reportera con más de 10 años de experiencia en televisión y prensa escrita.
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