Casi dos años después de que el caso Pueblos Indígenas Tagaeri-Taromenane vs. Ecuador fue elevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el 23 de agosto de 2022 se realizará su audiencia pública. Será a las seis y media de la mañana de Ecuador, y se hará en Brasil. 

Esta audiencia ante la Corte sucede siete años después de la audiencia pública que el caso tuvo en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La CIDH y la Corte IDH son los dos principales estamentos que componen el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, del que Ecuador es parte.

Cuando la Comisión admite un caso, analiza si es viable que sea elevado a la Corte. De ser así, los Estados pueden ser condenados por este alto tribunal regional y recibir sanciones. 

Es lo que ha sucedido en el caso de las violaciones de derechos de Pueblos Indígenas en Aislamiento: la Comisión lo remitió a la Corte, que ahora escuchará a las partes involucradas. Por un lado, las organizaciones y activistas que lo propusieron. Por el otro, el Estado ecuatoriano. 

El caso se centra en los pueblos que viven cerca del parque nacional Yasuní, en la Amazonía del Ecuador. Trata de la violación de los derechos humanos que han sufrido durante de 19 años. Según la Comisión, los derechos humanos de los pueblos indígenas en aislamiento (PIA) no han sido garantizados por el Estado ecuatoriano, a pesar de ser su responsabilidad internacional.

El caso se remonta a 2006. Ha sido impulsado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y el colectivo Yasunidos. El 10 de mayo de ese año, la Comisión dictó medidas cautelares a favor de estos pueblos, principalmente de los Tagaeri y los Taromenane —los dos de los que se tiene registro que viven en la Amazonía ecuatoriana.

Estas órdenes de la Comisión buscan dar mecanismos inmediatos de protección para cualquier persona o colectivo cuyos derechos humanos pudiesen estar en riesgo. Son de obligatorio cumplimiento para los Estados parte del Sistema, como el Ecuador (aunque su permanencia estuvo en riesgo durante el gobierno de Rafael Correa). 

El Estado ecuatoriano debía, para cumplir las medidas cautelares, delimitar de mejor forma y vigilar la zona intangible, como se conoce al área del Yasuní donde transitan los PIA, como espacio protegido. Entre esas acciones, por ejemplo, se monitoreaba con fotografías satelitales la ubicación de los Tagaeri y de los Taromenane. 

Estas iniciativas solo se hicieron durante el primer año del compromiso que aceptó rEcuador. Por ello, el Estado habría fallado en la protección de estos PIA.

Esto, a decir de la Comisión, constituiría una serie de violaciones sistemáticas de los derechos de los Pueblos Indígenas Tagaeri y Taromenane, por las que el Estado ecuatoriano tendría responsabilidad. Los PIA se han visto afectados por los proyectos petroleros que han reducido su territorio y amenazan con acabar con sus recursos naturales.

abogados

Intervención de Moi Enomenga durante la audiencia realizada en la CIDH en octubre de 2015. Fotografía de Daniel Cima, tomada de la cuenta de Flickr de la CIDH con Attribution 2.0 Generic (CC BY 2.0).

Esta amenaza a su territorio y modo de vida ha desembocado, según expertos y activistas, en terribles masacres entre clanes rivales pertenecientes a estos PIA, y con nacionalidades que no son aisladas. Las más graves, se dieron en 2003, 2006 y 2013.

Un recuento de las masacres entre PIA que serían responsabilidad del Estado

Son tres las matanzas más conocidas entre pueblos indígenas en aislamiento en el siglo XXI. De acuerdo con varios expertos,  habría otras de las que nadie ha tenido noticia. 

En 2003, más de 20 taromenane fueron asesinados por un grupo rival, presuntamente waorani, la nacionalidad idígena más cercana a los pueblos aislados. En una nota publicada en 2003 por El Universo, los waorani justificaron la matanza como una venganza por los ataques que vivían. En ese enfrentamiento, los wao llevaron hasta sus comunidades la cabeza de un Taromenane “como trofeo”, dice la nota. 

En 2006, cerca de 30 indígenas en aislamiento fueron asesinados en un enfrentamiento con madereros, pero en ese momento la ministra de Ambiente, Ana Albán, dijo que “no se encontraron huellas del enfrentamiento”.  El gobierno de entonces se comprometió a controlar la extracción ilegal de madera en la zona donde viven los pueblos en aislamiento.

En 2013 se produjo uno de los episodios más duros. Indígenas en aislamiento asesinaron a dos ancianos waorani, Ompure y Buganey. Ompure había alertado en una asamblea que los indígenas en aislamiento le pidieron ollas, machetes y hachas que él pudo entregarles. 

Sin embargo, otro grupo de indígenas en aislamiento le pidió más cosas que no pudieron entregar, por lo que los ancianos fueron asesinados. Luego de 20 días, como venganza, los waorani asesinaron a otros 30 indígenas en aislamiento y  secuestraron a dos niñas Taromenane. 

Siete meses después, un grupo de policías élites encapuchados sacaron del territorio waorani a una de las niñas para llevarla a un hospital de la ciudad amazónica de El Coca. Activistas y líderes waorani consideraron que el rescate fue un secuestro.

Todos estos momentos de violencia se produjeron como consecuencia de la intromisión en los espacios en los que se encuentran los pueblos indígenas en aislamiento. Los Tagaeri y Taromenane son grupos de familias que tienen familiares waorani. Están en constante movimiento por sus actividades de caza y recolección de frutos y esto hace que surjan conflictos violentos con colonos y madereros que realizan actividades extractivas. 

De acuerdo a la información del caso que maneja la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estos son “además pueblos conocidos como ecosistémicos por vivir en estricta relación de dependencia con su entorno ecológico. Según se explica, viven según un patrón de movilidad estacional en un territorio amplio que les permite ejercitar su actividad de recolección y caza, así como la búsqueda de lugares relacionados con sus ancestros”. 

La zona intangible

La Zona Intangible Tagaeri Taromenane (ZITT) fue declarada como tal a través del decreto 552 en 1999  como zona “de conservación vedada a perpetuidad a todo tipo de actividad extractiva, las tierras de habitación y desarrollo de los grupos Huaorani conocidos como Tagaeri, Taromenane y otros eventuales que permanecen sin contacto”. El problema de esta declaración es que desconoce que los pueblos en aislamiento se mueven dentro y fuera de la ZITT, porque circulan continuamente en el Yasuní. Ese es su modo de vida.

zona intangible yasuní

Fotografía de Valentina Tuchie para GK.

En mayo de 2019, el gobierno de Ecuador decidió ampliar la zona intangible del Parque Nacional Yasuní: pasó de 758.051 hectáreas a un poco más de 818.500. Esto equivale a una ampliación de cerca de 60.000 hectáreas. En ese momento la ampliación de la zona intangible parecía una buena noticia, pero, nuevamente, se desconoció la naturaleza móvil de estos pueblos.

Las audiencias previas

En 2014, cuando el caso llegó a la Comisión, comparecieron peticionarios de las medidas y representantes del Estado. Por un lado, Fernando Ponce, Raúl Moscoso, Juan Guevara y Patricio Asinbaya, luego se unió la Conaie con sus abogados David Cordero, Mario Melo y el colectivo ambientalista Yasunidos. Por parte del Estado estuvieron funcionarios del entonces Ministerio de Justicia, de Ambiente y de la Procuraduría General del Estado. El Estado ecuatoriano dijo que la petición debía ser “declarada inadmisible”.  

En octubre de 2015, cuando se realizó la audiencia de fondo de más de dos horas, la CIDH recibió testimonios sobre violaciones a los derechos humanos. 

Luego de la audiencia, la Comisión publicó un informe de fondo en el que concluyó que el territorio ancestral de los pueblos Tagaeri y Taromenane excede los límites de la Zona de Intangibilidad Tagaeri y Taromenane y que con la delimitación de la ZITT, el Estado no respeta el territorio ancestral de estos pueblos.

De acuerdo al informe de la Comisión, el Estado ecuatoriano ha afectado la vida de los pueblos indígenas en aislamiento al entregar concesiones petroleras y permitir la explotación de recursos en los territorios intangibles. 

Otra de sus conclusiones es que el Ecuador se contradice en su propia Constitución sobre la protección a los pueblos indígenas en aislamiento. Mientas que el artículo 57 numeral 21 de la Constitución garantiza la protección del territorio de los pueblos indígenas no contactados y dice que violar ese derecho es un delito de etnocidio, el artículo 407 establece la posibilidad de realizar actividades extractivas y explotación forestal en territorios intangibles. 

La CIDH también dijo que se han detectado contactos de los pueblos indígenas en aislamiento con colonos y madereros. Asimismo, la Comisión detectó presiones de empresas para que la protección del territorio PIA disminuya.

En la audiencia del 23 de agosto de 2022, intervendrán la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los representantes de los peticionarios (Conaie y Yasunidos), así como la representante de la niña en reciente contacto Conta —que fue secuestrada por los waoranis luego de una de las matanzas. También comparecerán los representantes del Estado ecuatoriano, junto a peritos y testigos presentados por ambas partes.

La audiencia se podrá ver a través de la cuenta de Facebook de la Corte IDH, a las 6 y media de Ecuador.

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Eduardo Varas
Periodista y escritor. Autor de dos libros de cuentos y de dos novelas. Uno de los 25 secretos mejor guardados de América Latina según la FIL de Guadalajara. En 2021 ganó el premio de novela corta Miguel Donoso Pareja, que entrega la FIL de Guayaquil.
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