El presidente Daniel Noboca decretó estado de excepción a nivel nacional por “grave conmoción interna”. El anuncio del Presidente fue la tarde del 8 de enero de 2024, un día después de que se confirmó la fuga de alias Fito, uno de los principales líderes criminales del país. Además, el anuncio se hizo horas después de que se reportaran ataques violentos dentro de varias cárceles del país. Este es el primer estado de excepción del gobierno de Noboa. Inicialmente, iba a estar vigente por 60 días. Pero el 7 de marzo, el Presidente lo extendió por 30 días más. Es decir, un total de 90 días.

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Un estado de excepción es una medida que permite que se suspendan o se limiten ciertos derechos como la libertad de tránsito y de información. Según la Constitución, el Presidente de la República es la única persona que puede decretar estado de excepción en todo el país o en una parte del territorio. 

¿Por qué el presidente Daniel Noboa declaró estado de excepción?

Además de la fuga de Fito, en los fundamentos fácticos del decreto de estado de excepción, el presidente Noboa cita varios hechos de violencia desde mediados de diciembre de 2023 hasta los primeros días de 2024. Incluye el caso Metástasis, en la que se investiga una presunta red de delincuencia organizada en la que estarían involucrados jueces, fiscales y altos funcionarios de las instituciones de la Función Judicial del país. 

El presidente Noboa también justifica la declaratoria de estado de excepción con un informe del 8 de enero de 2024 del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI). El decreto dice que el SNAI envió un informe en el que “explica la grave situación de los centros de rehabilitación social en los que por hechos de violencia se ha causado grave conmoción interna”. 

En este informe, dice el decreto, el SNAI “menciona la necesidad de declarar estado de excepción” en las cárceles. La violencia en el interior de los centros de privación de libertad “hace necesaria y urgente la intervención de la Policía Nacional en cooperación de las Fuerzas Armadas en el uso legítimo de la fuerza para atender las situaciones de graves alteraciones al orden”, dice el decreto.

La mañana del 8 de enero hubo disturbios dentro de varias cárceles de la Sierra y Costa del Ecuador. En redes sociales circuló un video de guías penitenciarios retenidos amenazados con cuchillos que piden que el presidente Noboa “sea más cauto” y que “no envíe escuadrones a las cárceles”. Las Fuerzas Armadas anunciaron que entraron a la cárcel de Esmeraldas y la de Guayaquil para controlar los disturbios. El SNAI todavía no se ha pronunciado. 

¿Qué implica el estado de excepción?

El decreto emitido por el presidente Noboa la tarde del 8 de diciembre de 2024 dice que: 

  1. Disponer la movilización e intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas en todo el territorio nacional, incluyendo los centros de privación de libertad. Esta actuación, dice el decreto, será “temporal, subsidiaria, extraordinaria, condicionada, regulada, fiscalizada y subordinada ante las grandes alteraciones del orden”. 
  2. Suspender a nivel nacional el derecho a la libertad de reunión “en estricta relación con los motivos del estado de excepción”. Esto, dice el decreto, “consiste en impedir cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público”. Por eso la Policía y las Fuerzas Armadas tendrán la facultad de impedir y desarticular reuniones en espacios públicos en los que “se identifiquen posibles amenazas al orden público y seguridad ciudadana”.
  3. Suspender a nivel nacional el derecho a la inviolabilidad de domicilio. Es decir que la Policía y las Fuerzas Armadas podrán hacer inspecciones y requisas para hallar armas y explosivos. Y también para “desarticular amenazas en curso o futuras”.
  4. Suspender el derecho a la inviolabilidad de correspondencia en los centros de privación de libertad. Es decir, estará prohibido que las personas presas accedan a cualquier carta o mensaje que no haya sido revisado por la Policía o las Fuerzas Armadas. Con eso, dice el decreto, se pretende identificar, analizar y recopilar “mensajes que tengan por objeto el ocultamiento de cualquier persona privada de la libertad o el ocultamiento de alguna conducta ilícita”. 
  5. Se restringe la libertad de tránsito —con un toque de queda— desde las 11 de la noche hasta las 5 de la mañana. Hay excepciones como los servidores del sistema de salud, de seguridad y fuerza pública, servidores públicos de la Presidencia y otras instituciones del gobierno, quienes deben ir al aeropuerto dentro de este horario, entre otros. 

Estas medidas estarán vigentes por 90 días desde la tarde del 8 de enero de 2024

Sin embargo, el decreto que establece el estado de excepción debe ser revisado por la Corte Constitucional. El tribunal más alto de la nación debe hacer un control de constitucionalidad de todas las declaratorias de estado de excepción para verificar que los derechos de los ecuatorianos no sean vulnerados. 

El 29 de febrero, la Corte dictaminó la constitucionalidad del estado de excepción por los primeros 60 días. La Corte deberá determinar la constitucionalidad de la extensión de 30 días más. 

Si en ese control la Corte determina que el estado de excepción no cumple con los requisitos o vulnera los derechos de los ciudadanos, se suspende la medida inmediatamente. 

La fuga de Fito 

Cerca del mediodía del domingo 7 de enero de 2024 circularon rumores de que alias Fito, uno de los más prominentes líderes del crimen organizado en el Ecuador, habría escapado de prisión. Sin embargo, hasta horas de la noche no había ningún pronunciamiento oficial. 

A las ocho y diez de la noche, la estación televisiva Ecuavisa publicó un video en sus redes sociales de lo que parece ser una rueda de prensa donde César Zapata, comandante de la Policía Nacional, dijo que el 7 de enero de 2024 a las cinco de la madrugada Policía Nacional y Fuerzas Armadas ingresaron al Centro de Rehabilitación Social de Guayaquil y decomisaron celulares, enchufes, armas blancas y otros artículos. 

El Comandante también dijo que en el operativo se dieron cuenta que “uno de los internos” del centro no estaba presente. Se trataría de alias Fito, uno de los líderes de la organización criminal “Los Choneros”.  

Zapata explicó que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas “continúan en la investigación” con apoyo del Gobierno Nacional, la Ministra del Interior y la Fiscalía.

La Fiscalía, alrededor de las ocho de la noche del domingo 7 de enero de 2024 publicó en sus redes sociales que habían abierto de oficio “una investigación por la presunta evasión del privado de libertad Adolfo M. V., alias «Fito» de la Penitenciaría del Litoral” y que estaban practicando las “primeras diligencias”. 

La mañana del 8 de enero de 2024, el secretario de Comunicación de la Presidencia, Roberto Izurieta dio una entrevista en Teleamazonas en la que dijo que la fuga de alias Fito se pudo haber dado porque “se filtró” información del operativo que realizaría la Policía y las Fuerzas Armadas. 

La tarde de ese mismo día la Fiscalía publicó en sus redes sociales un mensaje que decía que en Guayas la institución formuló cargos por presunta evasión contra dos funcionarios penitenciarios que estarían involucrados en la fuga de alias Fito. 

También dijeron que a pesar de que la Fiscalía justificó la solicitud de prisión preventiva, el Juez de turno en la Unidad Judicial Cuartel Modelo “dictó como medidas: prohibición de salida del país y presentación ante el Fiscal del caso para los procesados — denominados por Fiscalía como — Iván A. B. y Marco A. Q”.

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GK
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