La jueza María Belén Domínguez aceptó parcialmente el pedido de acción de protección presentada por Jorge Yunda, alcalde de Quito. Yunda presentó el recurso en contra de los miembros de la Comisión de Mesa del Concejo Metropolitano de Quito que aprobaron su remoción el pasado 3 de junio de 2021. La decisión de la jueza Dominguez fue anunciada la mañana de hoy, 28 de junio de 2021. 

¿Qué es una acción de protección?

Este recurso es una garantía de los derechos que da la Constitución ecuatoriana y los tratados internacionales. La acción de protección puede ser interpuesta por cualquier persona que haya sentido vulnerados sus derechos por el Estado o por un tercero en conocimiento del Estado. Es una garantía jurisdiccional, es decir, debe ser otorgada por un juez. 

Christian Paula, abogado especialista en Derechos Humanos y Director del Instituto de Género y Derechos de la Universidad Central del Ecuador, dice que está diseñada para ser interpuesta contra: 

  • El Estado: Ministerios, Secretarías u otras instituciones públicas.
  • Terceros que pueden ser empresas concesionarias del Estado o que operen en el país. 

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¿Qué decidió la jueza sobre la acción de protección presentada por Yunda?

El alcalde Yunda acusó a los integrantes de la Comisión de Mesa —que trató el trámite de su remoción— de vulnerar sus derechos al dar paso al pedido para sacarlo de su cargo. La Secretaría del Concejo Metropolitano confirmó a GK que la jueza Domíguez aceptó parcialmente la acción porque los integrantes de mesa son también concejales que trabajan con el alcalde Yunda. Por eso, la jueza considera que se vulnera la imparcialidad de la decisión del Concejo. 

La decisión de Domínguez todavía no ha sido notificada por escrito. Sin embargo, después de que fue emitida oralmente, fue apelada por las dos partes. Según la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ahora le corresponde a la Corte Provincial revisar el recurso y emitir la resolución final sobre la acción de protección. Según la Secretaría del Concejo Metropolitano, en el fallo oral, la jueza Dominguez no incluyó una consecuencia ni una medida de reparación por la vulneración de la imparcialidad y dijo que eso estará incluido en la sentencia escrita que se presentará en los próximos días. 

¿Cómo fue el proceso de remoción de Jorge Yunda?

Jorge Yunda fue removido con 14 votos a favor, el mínimo necesario para dar paso al proceso de remoción el 3 de junio. El Concejo analizó dos pedidos de remoción que había en contra de Yunda en una sesión que duró 16 horas. La Comisión de Mesa analizó los pedidos en una sesión extraordinaria y admitió a trámite dos procesos. 

Normalmente (cuando el Alcalde no está involucrado en el caso), la Comisión está conformada por el alcalde Yunda, el vicealcalde Santiago Guarderas y los concejales Fernando Morales y Mónica Sandoval. Sin embargo, Yunda no la presidió ni integró en este caso porque habría sido juez y parte. Guarderas dirigió la sesión y se designó a la concejala Analía Ledesma para completar la Comisión de Mesa. 

El primer pedido de remoción fue presentado el 29 de marzo por Marcelo Hallo, político y excandidato a la prefectura de la provincia de Pichincha y representante del colectivo llamado Quito Unido. Minutos después de su intervención en la sesión del Concejo, Hallo desistió de su pedido porque consideraba que era “matemáticamente imposible” que la moción se aprobara. 

El pedido por el cual Yunda fue removido fue impulsado por el Frente de Profesionales por la Dignidad de Quito. La solicitud decía que la administración de Yunda se ha “caracterizado por un aparente mal manejo de los fondos”. Además, decía que el alcalde había incumplido disposiciones legales y resoluciones expedidas por el Concejo Metropolitano. Según el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), esas son dos causales para la remoción de una autoridad. 

¿Qué otros recursos ha presentado el alcalde Yunda?

El pasado 8 de junio, Jorge Yunda presentó una consulta al Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el máximo órgano de la justicia electoral, para que analice la decisión del Concejo. El TCE deberá decidir si la revierte o si la ratifica. La consulta fue admitida a trámite el 18 de junio y el Tribunal tiene hasta el 2 de julio para tomar una decisión.