Siete militares son investigados por la muerte de Bryan Argenis Ledesma Franco, un ciudadano de 28 años, ocurrida el 16 de marzo de 2026 en Milagro, provincia costera del Guayas. Ellos pertenecen a la patrulla ECO KILO —nombre que el Ejército usa para identificar a un grupo específico de militares durante un operativo— de la Brigada de Fuerzas Especiales Nº 9 Patria.

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La Fiscalía los investiga por el presunto delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, es decir, cuando militares abusan de su función y exceden los límites legale en medio de operativos, por ejemplo, usando fuerza injustificada, golpeando o reteniendo a una persona sin justificación. 

El 21 de marzo de 2026, la jueza Gladys Martinez, de la Unidad Judicial de Milagro, dictó prisión preventiva para dos de ellos y medidas sustitutivas —presentación periódica, prohibición de salida del país y grillete electrónico— para los otros cinco. La instrucción fiscal, la etapa del proceso penal en la que la Fiscalía investiga formalmente un delito, reúne pruebas y define si acusa a los sospechosos, durará 90 días.

Te contamos lo que sabemos. 

El testimonio del sobreviviente

El 16 de marzo de 2026, en La Chontilla, un sector periférico del cantón Milagro, en Guayas, donde los niveles de inseguridad suelen ser elevados, Bryan Ledesma regresaba a su casa caminando tras pescar con un amigo, cuando una patrulla militar los detuvo.

Según la Fiscalía, la detención de los ciudadanos ocurrió “por la mañana” y ambos hombres fueron golpeados por los militares durante más de 40 minutos con puñetes, patadas y palos; pero solo Ledesma habría sido puesto sobre un charco de agua y habría recibido descargas eléctricas con un cable en la espalda, el pecho y la lengua, hasta desmayarse.

El amigo contó que, al ver lo ocurrido, uno de los militares le dijo que tenía un minuto para irse o le dispararía. Y eso hizo: salió corriendo. 

Detención de militares 

El 21 de marzo de 2026, la Policía —sin dar mayores detalles— dijo que detuvo a los 7 militares a una hora en auto del cantón Milagro; en la Troncal, provincia de Cañar. 

Ese mismo día, el 21 de marzo fue la audiencia de formulación de cargos donde la Fiscalía presentó el testimonio del sobreviviente —amigo de la víctima—, quien afirmó que los golpes contra Ledesma continuaron, incluso, cuando estaba inconsciente. 

Además, se mostraron videos grabados por habitantes de La Chontilla en los que se ve a los militares llevando el cuerpo en el balde de una camioneta.

El abogado de la familia Ledesma, Jorge Haz, dijo que durante la investigación buscarán que el caso no sea considerado una extralimitación —es decir, un exceso en el uso de la fuerza—, sino una presunta ejecución extrajudicial, lo que implicaría una muerte intencional e ilegal fuera de cualquier proceso judicial.

El testimonio del hermano

Como parte de las pruebas, la Fiscalía también presentó parte del testimonio del hermano, Fabián Ledesma, que dijo que ese 16 de marzo llegó al lugar cuando Bryan estaba tendido en el piso e intentó auxiliarlo. Según su versión, Bryan estaba “pálido, con los ojos desorbitados, inconsciente, con señales de golpes en su cuerpo”.

Dijo que pidió ayuda a los militares para trasladarlo, pero “lejos de ayudar, proceden a golpearlo”. Finalmente, con la ayuda de una persona que estaba en el sector, subió a su hermano al balde de la camioneta de la misma patrulla militar. 

Fueron al hospital del IESS de Milagro, bajaron a Bryan y la patrulla militar se fue. En el hospital se confirmó que Bryan había muerto.

Fiscalía descarta que la víctima cometiera un delito

En la audiencia de formulación de cargos, uno de los abogados de los militares dijo que Bryan tenía antecedentes penales para cuestionar que se los acuse por su muerte. 

Según la Función Judicial, Bryan tenía dos procesos en su contra: en 2020 fue detenido por robo, pero no hubo pruebas suficientes y el caso se cerró; y en 2025 fue procesado por presunto tráfico de drogas tras ser aprehendido con 20 fundas con marihuana y cocaína, pero la Fiscalía decidió liberarlo de responsabilidad en una audiencia posterior.

En la audiencia, dos militares dijeron que la detención fue porque Bryan y su amigo botaron una sustancia —presuntamente droga— que no se pudo encontrar. 

El fiscal dijo también que, aunque la víctima tenía antecedentes, el 16 de marzo no cometió ningún delito. Además, señaló que, al haber sido detenido por la fuerza pública, “el Estado tenía la obligación de garantizar su vida e integridad”.

¿Qué dijeron las autoridades militares?

Antes de la audiencia de formulación de cargos, el Ejército publicó un comunicado que dice que los militares habrían actuado fuera de la zona que les correspondía y sin autorización de sus superiores. La institución indicó que colaboraría con la investigación. 

¿Quiénes son los militares procesados?

Tras el pedido de Fiscalía, el 21 de marzo de 2026, la jueza dictó prisión preventiva para dos militares, señalados como presuntos autores directos:

  • Cabo segundo Franklin T. Según Fiscalía, habría aplicado descargas eléctricas a la víctima.
  • Cabo primero Wilmer T. Habría golpeado al sobreviviente. y le dio un minuto para huir, amenazándolo con dispararle.

Para los otros cinco militares se dictaron medidas sustitutivas: presentación periódica en la Unidad Judicial de Milagro, prohibición de salida del país y grillete electrónico:

  • Teniente Rubén A., jefe de patrulla
  • Sargento segundo Carlos P.
  • Sargento Orlando Q.
  • Cabo segundo Ángel S.
  • Cabo segundo Geovanny L.

La jueza también dictó medidas de protección para la familia de Bryan Ledesma y para G.R., sobreviviente que dijo haber recibido amenazas.

​​¿En qué contexto ocurrió el caso?

El caso ocurrió durante el estado de excepción vigente en cuatro provincias, entre ellas Guayas, donde las Fuerzas Armadas participan en operativos de seguridad.

El 13 de marzo de 2026, el presidente Daniel Noboa firmó el decreto 329 que estableció toque de queda en Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro, desde el 15 hasta el 30 de marzo, con restricción de circulación entre las 23:00 y las 05:00. 

La medida, que el gobierno calificó como una “nueva fase en la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia organizada”, se aplicó en el marco del conflicto armado interno. 

Otros casos de extralimitació

El caso de Milagro no es aislado. En diciembre de 2024, cuatro menores fueron detenidos por militares en el sector Las Malvinas, en Guayaquil, y luego desaparecieron; días después sus cuerpos fueron hallados con golpes.  

En diciembre de 2025, un tribunal penal sentenció a 11 militares a más de 34 años de prisión por desaparición forzada, mientras que otros cinco recibieron penas menores por colaborar con la justicia. Posteriormente, el 5 de marzo de 2026, la Corte Constitucional declaró que los niños fueron víctimas de desaparición forzada y ordenó medidas de reparación para sus familias.

En septiembre de 2025, el comunero kichwa Efraín Fuerez, de 46 años, murió durante el paro nacional convocado por organizaciones indígenas en la provincia andina de Imbabura. El 28 de septiembre, en el sector del puente Ilumán, Fuerez recibió balazos y fue llevado al hospital de Cotacachi, donde se confirmó su muerte.

La Fiscalía abrió una investigación por posible uso ilegítimo de la fuerza para determinar responsabilidades, pero el caso sigue sin sentencia. 

Militares sin protocolos claros 

Una investigación de Tierra de Nadie y Connectas, publicada en agosto de 2025, recogió testimonios de militares que aseguraron que el gobierno de Daniel Noboa los envió a las calles sin una estrategia clara, desbordando su capacidad operativa. 

Según el reportaje, la presión por mostrar resultados y la falta de orientación y formación para tareas de seguridad interna ha llevado a algunos soldados a cruzar los límites de la ley.

Pronunciamientos de organizaciones internacionales 

Organizaciones como Human Rights Watch, Amnistía Internacional y la Alianza por los Derechos Humanos Ecuador han advertido que durante los estados de excepción se han multiplicado denuncias por detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y desapariciones de corta duración en operativos y protestas sociales.

El 25 de marzo de 2026, la organización internacional CIVICUS —una alianza internacional de organizaciones y activistas de la sociedad civil, que monitorea el estado de las libertades y los derechos cívicos en el mundo— incorporó a Ecuador a su lista de vigilancia por el deterioro del espacio cívico, el grado de libertad que tienen las personas y las organizaciones para expresarse o asociarse. 

A través de su plataforma, CIVICUS, clasifica a los países en cinco categorías según el nivel de libertad que tienen las personas y las organizaciones para expresarse o asociarse: abierto, reducido, obstruido, reprimido y cerrado. Cuando un país entra en su “lista de vigilancia”, significa que detectaron un deterioro rápido de derechos como protestar, organizarse o expresarse.

El monitoreo clasificó al país como “obstruido”, una categoría que señala restricciones significativas a libertades de expresión, reunión pacífica y asociación. Según el informe, las restricciones a la libertad de expresión se estarían realizando por el uso excesivo de la fuerza. 

El reporte también advierte que la militarización de la seguridad, los estados de excepción, investigaciones contra líderes sociales y bloqueos de cuentas a organizaciones han incrementado el cerco a la sociedad civil. Para CIVICUS, estos hechos reflejan un patrón de represión estatal que, bajo el argumento de combatir el crimen organizado, ha derivado en limitaciones al ejercicio de derechos y en un deterioro acelerado del espacio democrático en el país.

Andrea Orbe
Andrea Orbe
Periodista de GK. Reportera con más de 10 años de experiencia en televisión y prensa escrita.
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