El 22 de mayo de 2024, nuestra directora editorial Isabela Ponce publicó la columna de opinión La pésima idea de transformar el Ministerio de la Mujer. En el texto, se exponen las razones por las que sumarle la competencia de la política criminal al Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos es un error. Entre ellas, se citan la falta de presupuesto que afecta directamente a niñas, adolescentes y mujeres, y cómo más competencias podría desviar el foco de atención en este tema. 

Ese día, recibimos una queja desde el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos arguyendo que la columna de opinión tenía imprecisiones. El 27 de mayo de 2024, recibimos una carta oficial.

Este es el texto íntegro del pedido de réplica del Ministerio de la Mujer:

La Constitución de la República en su artículo 66 numeral 7 reconoce y garantiza el derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario.

De igual manera, el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación señala que el derecho a la rectificación es un derecho de las personas a que los medios de comunicación rectifiquen la información que han difundido sobre ellas, o sobre asuntos a su cargo por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de comunicación legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general. 

En ese marco me permito indicar lo siguiente:

Nota de GK

La reforma presupuestaria de 2024 redujo un 23% el presupuesto para el Ministerio de la Mujer, con respecto al año anterior. Eso quiere decir que este 2024 el país tendrá 1,3 millones de dólares menos para la prevención y reducción de la violencia de género y otros tipos de violencia en el país. 

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Respuesta

De acuerdo a la Normativa del Sistema Nacional de las Finanzas Públicas, el Ente Rector de las Finanzas Públicas tiene la competencia de Incrementar y reducir el presupuesto de una entidad.

De igual manera, el Código Orgánico de Planificación de Finanzas Públicas establece en su artículo 118 que el ente rector de las finanzas públicas podrá aumentar o rebajar los ingresos y gastos que modifiquen los niveles fijados en el Presupuesto General del Estado hasta por un total del 15% respecto de las cifras aprobadas por la Asamblea Nacional.

En ese marco, es importante señalar que la administración anterior no ejecuto la totalidad del presupuesto (casi 5 millones), lo que pudo ser una observación por parte del Ente Rector de las Finanzas Públicas para la modificación del presupuesto de esta cartera de Estado.

Nota GK

La ministra de la Mujer, Arianna Tanca, dijo en una entrevista a Visionarias que el Ministerio de Finanzas está evaluando “la posibilidad de aumentar el presupuesto del ministerio”. Es decir, no existe una confirmación. 

Respuesta

La Disposición Segunda del Código Orgánico de Planificación de Finanzas Públicas establece que toda ley, decreto, acuerdo, resolución o cualquier otro instrumento legal o administrativo que comprometa recursos públicos, se aplicará únicamente sí cuenta con una fuente de financiamiento respectiva. 

Para la emisión de un Decretos Ejecutivo, es fundamental contar con los informes técnicos para el respectivo análisis.

Desde esta cartera de Estado se ha trabajado en los mencionados informes a fin de que las autoridades competentes  evalúen y analicen para la emisión del Decreto.

Nota GK

No es un secreto que el país atraviesa una crisis económica profunda y eso ya ha golpeado a las mujeres, adolescentes y niñas. Por ejemplo, el primer trimestre de 2024, una vez más, la mayoría de las 5 casas de acogida y 22 centros de atención para víctimas de violencia que tienen convenios con el Estado recibieron los fondos hasta con dos meses de retraso.

Respuesta

En el 2023, se suscribieron 26 convenios, mediante los cuales se entregó $2’684.517,38. El 01 de febrero de 2024, se suscribieron 27 Convenios Específicos de Cooperación Técnico – Financiera con 5 Casas de Acogida y 22 Centros de Atención Integral, para lo cual se entregó $ 2’697.355,68, es decir existió un incremento del presupuesto en relación al año 2023. 

La convocatoria fue abierta con un proceso transparente y eficiente. Desde esta cartera de Estado se emitieron los 27 CURs de pago, correspondientes al primer desembolso, el 1 de marzo. 

Justamente para solventar ese problema, un desembolso tardío, se firmó el Decreto Ejecutivo 192 de 07 de marzo que señala en sus artículos 1 y 2 lo siguiente:

Artículo 1.- Declarar a las Casas de Acogida y Centros de Atención Integral especializados para mujeres víctimas de violencia basada en género, como servicios de protección y atención esenciales.

Artículo 2.- Fortalecer los servicios de protección antes declarados, así como todo servicio especializado existente de atención y protección a víctimas de violencia, para lo cual el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas, analizarán la disponibilidad presupuestaria para la creación de nuevos servicios, con énfasis en el área rural del territorio nacional.

Es decir, el Decreto tiene como fin que las Casas de Acogida y Centros de Atención Integral no pasen 2 meses sin financiamiento, y así se pueda garantizar año a año el rubro correspondiente.

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GK
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