El ex alcalde de Quito, Jorge Yunda, celebró antes de tiempo. La Junta Provincial Electoral de Pichincha notificó, la tarde del 29 de agosto de 2022, la calificación de la candidatura de Yunda a la Alcaldía de Quito para las elecciones seccionales del 5 de febrero del 2023. Yunda representa a Juntos por la Gente, una alianza política entre Pachakutik (PK), Pueblo Igualdad y Democracia (PID) y Mover (antes Alianza PAÍS).  Con una selfie, sonriente y junto a más de veinte personas, Yunda festejó la decisión de la Junta. Sin embargo, aún no está firme. 

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Yunda decidió inscribir su candidatura el 22 de agosto. Y lo hizo después de que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) finalmente dictara su resolución y declarara culpable al exalcalde de una falta electoral grave, al haberse mantenido en el cargo a través de acciones de protección. Para el Tribunal, Yunda desconoció, incluso, lo resuelto por el mismo órgano que ratificó la remoción de Yunda en julio de 2021. Un mes antes, en junio de ese año, el Concejo Metropolitano destituyó, por primera vez, al exalcalde. 

En la actual sentencia del TCE —que fue notificada el 20 de agosto de 2022— se dispuso dos sanciones a Yunda:

  • Dos años de suspensión de derechos políticos (inicialmente eran 3). 
  • Una multa de 30 salarios básicos unificados, equivalente a 12.750 dólares. Esta suma deberá cancelarla en máximo 30 días en la cuenta de Multas del Consejo Nacional Electoral, una vez que la sentencia esté ejecutoriada.

Entonces, ¿por qué se calificó la candidatura? 

La razón es simple: la sentencia del TCE aún no se ha ejecutoriado, y la inscripción de candidatura de Yunda en el portal del Consejo Nacional Electoral tampoco fue objetada. Para esa etapa inicial, cualquier ciudadano podía objetarla. 

María Belén Mieles, presidenta de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, dijo, en diálogo con medios de comunicación, que la Junta sesionó a las tres y media de la tarde del 29 de agosto. Y explicó: “nosotros no tuvimos notificación sobre la ejecutoría de la sentencia del TCE. Por eso calificamos la candidatura”. Si la sentencia no está en firme, explica el abogado Mauricio Alarcón, Yunda aún mantiene sus derechos políticos; y solo será efectiva cuando se ejecutoríe.

A partir de la inscripción de una candidatura, también se pueden realizar objeciones previas a la calificación, durante dos días. Mieles confirmó que la institución no registró ninguna. Por eso, dijo, se siguió con el proceso. 

La ley establece que, para que estén ejecutoriadas las sentencias, deben pasar tres días. Pero ocurre cuando no hay recursos que resolver. Luego de conocerse el dictamen del TCE el 20 de agosto de 2022, la defensa técnica legal de Yunda pidió la nulidad del fallo. Sin embargo, los jueces aún no lo resuelven. 

“Hicieron lo imposible para sacarme de las elecciones, coartando el derecho al pueblo quiteño de elegir a sus autoridades en las urnas. Me comprometo a hacer una campaña de ideas, propuestas, proyectos y debate con altura, con su apoyo, le vamos a ganar”, escribió Yunda, en su cuenta de Twitter, tras conocer la resolución de la Junta. 

Sin embargo, Yunda no solo debe esperar a la sentencia ejecutoriada sino a posibles impugnaciones a su candidatura. 

La candidatura de Yunda pende de un hilo 

Si bien la inscripción de la candidatura de Yunda no fue objetada antes de ser calificada por la Junta Provincial Electoral, ahora que sí ha sido calificada, puede ser impugnada por diferentes vías. 

La primera es la presentación de recursos de impugnación ante el pleno del Consejo Nacional Electoral, que deben ser interpuestos en un plazo máximo de dos días, de acuerdo con la ley electoral. Cualquier persona puede hacerlo, según explicó María Belén Mieles, presidenta de la Junta. La resolución del órgano que calificó la candidatura de Yunda fue emitida el 29 de agosto. Por lo tanto, el 30 y 1 de septiembre son los días en los que se debe impugnar a la calificación de candidatura para que sea revocada. Luego, la impugnación tendrá que resolverse en un período máximo de tres días. 

También puede interponerse un recurso subjetivo contencioso ante el Tribunal Contencioso Electoral. El Código de la Democracia, en su artículo 269, establece que es un recurso que se presenta en contra de resoluciones o activos de la administración electoral por decisiones en las que se “lesionen” los derechos de participación de ciudadanos, candidatos u organizaciones políticas y por conflictos internos en organizaciones políticas. Puede aplicarse en tres casos. Uno de ellos es por la aceptación o negativa de inscripción de candidatos. 

Si el recurso es interpuesto, será resuelto por los jueces electorales en primera instancia. Luego de conocerse el dictamen, también es posible la presentación de un recurso de apelación del fallo. 

El procedimiento en el caso de Yunda podría extenderse. Pero para el abogado Mauricio Alarcón, las probabilidades de que la candidatura de Yunda quede definitivamente bloqueada son altas. Con él coincide su colega, el jurista Esteban Ron. 

Si bien Yunda podría avanzar en el proceso electoral, una vez ejecutoriada la sentencia, la candidatura no podrá seguir adelante. Ron explica que aquello e debe a que eventualmente la sentencia se va a ejecutoriar y cuando eso suceda, Yunda perderá sus derechos políticos. 

Y para quien quiera ejercer un cargo público, hay un requisito primordial: gozar de derechos políticos.

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Karol E. Noroña
Quito, 1994. Periodista y cronista ecuatoriana. Cuenta historias sobre los derechos de las mujeres, los efectos de las redes de delincuencia organizada en el país, el sistema carcelario y la lucha de las familias que buscan sus desaparecidos en el país. Ha escrito en medios tradicionales e independientes, nacionales e internacionales. Segundo lugar del premio Periodistas por tus derechos 2021, de la Unión Europea en Ecuador. Recibió una Mención de Honor de los Premios Eugenio Espejo por su crónica Los hijos invisibles de la coca. Coautora de los libros 'Periferias: Crónicas del Ecuador invisible' y 'Muros: voces anticarcelarias del Ecuador'.
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