El presidente Guillermo Lasso vetó parcialmente la ley para la interrupción del embarazo en casos de violación. Esto no quiere decir que el aborto en esos casos volverá a ser penado, pues la Corte Constitucional lo despenalizó en abril de 2021, y el Presidente de la República no puede eliminar el fallo. 

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La decisión de Lasso significa que el proyecto de ley deberá regresar al Legislativo para que se analice si se acepta o no los puntos del veto del Presidente. La Asamblea tiene 30 días para allanarse —es decir, aceptar las objeciones— o acogerse al proyecto original. Si no hay respuesta de la Asamblea en ese lapso, se entenderá que se allanó.

Lasso tenía 30 días, contados desde el 17 de febrero, para aprobar, vetar total o vetar parcialmente la ley aprobada por la Asamblea. El Presidente anunció su decisión la noche de hoy, 15 de marzo, en su cuenta de Twitter. En la carta que compartió dice que sus objeciones “incluyen 61 textos alternativos”. 

Todavía no se ha hecho público el texto completo del veto, pero estos son algunos de los cambios anunciados por Lasso en la carta: 

  • Unificar en 12 semanas el plazo máximo para la interrupción del embarazo en casos de violación para las mujeres del sector rural y urbano. Lasso dijo que lo hizo porque “todos somos iguales en nuestra Constitución y nuestras leyes”. En la ley aprobada por la Asamblea, las mujeres rurales podían interrumpir su embarazo hasta la semana 18. La carta publicada por Lasso no dice nada sobre los plazos para las menores de 18 años. 
  • Incluir artículos “que garanticen a todos los profesionales de salud la aplicación” de la objeción de conciencia, que es un derecho establecido en la Constitución, y que debe estar “desarrollado de manera más amplia para así garantizar su cumplimiento”.
  • Dice que la Asamblea, en el proyecto de ley, “prácticamente” ha omitido establecer los requisitos de acceso al aborto en casos de violación. Por eso dice que ha incluido requisitos “que le brindarán al cuerpo legal conformidad con la sentencia de la corte”, pero no especificó cuáles son. 

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En una entrevista, el pasado 8 de marzo, el Día de la Mujer, Lasso no entró en detalles, pero dijo que vetaría la ley del aborto por violación “si no cumple con los parámetros de la sentencia de la Corte Constitucional”. Añadió que como Presidente estaba “obligado a respetar ese fallo” de la Corte que despenalizaba el aborto en estos casos, y que por eso lo tomaría en cuenta para decidir sobre la ley. 

¿Qué dice la ley aprobada por la Asamblea?

En el documento final de la ley que fue aprobado por la Asamblea, se estableció que los plazos máximos para la interrupción del embarazo serían: 

  • 12 semanas: en mujeres mayores de 18 años. 
  • 18 semanas: para las niñas y adolescentes menores de 18 años, mujeres de la ruralidad, pueblos y nacionalidades.

Este fue uno de los puntos más controversiales de la ley. Originalmente el informe para segundo debate decía que las mujeres mayores de 18 años tendrían hasta 16 semanas para interrumpir su embarazo y que las menores de edad tendrían hasta 18 semanas. Sin embargo, antes de la votación por el proyecto de ley, Johanna Moreira, ponente del proyecto, dijo que “las mujeres adultas y empobrecidas nos hemos sacrificado por las niñas” y anunció la reducción de las semanas. 

La ley de interrupción del embarazo en casos de violación fue aprobada en esas condiciones con 75 votos a favor, 41 en contra, 14 abstenciones y ningún voto en blanco.

Otros puntos importantes de la ley son que:

  • La objeción de conciencia es individual, no colectiva. Es decir, un hospital no podrá declararse como objetor de conciencia y negarle la interrupción del embarazo a una niña, adolescente o mujer que haya sido violada, en ningún caso.
  • El personal de salud debe notificar a la Fiscalía, en un plazo máximo de 48 horas, toda la información que tenga sobre el presunto delito de violación.
  • Aunque el personal de la salud debe notificar del presunto delito a la Fiscalía, la denuncia de la víctima no es un requisito para interrumpir el embarazo.
  • El consentimiento informado escrito es una obligación. El documento debe presentarse antes de cualquier procedimiento médico. 
  • La interrupción del embarazo debe realizarse en un plazo máximo de cuatro días desde que es solicitado.
  • Entre las medidas de reparación integral se debe garantizar un acompañamiento psicológico, legal y social al menos por un año después de la interrupción del embarazo.

¿Puede Lasso vetar la ley?

Sí, puede hacerlo. El abogado constitucionalista Efrén Guerrero le dijo a GK en enero de 2022 que la sentencia de la Corte Constitucional sobre el aborto por violación en ningún momento ordena al Presidente que apruebe la ley. Por lo tanto, el presidente Lasso está en toda su facultad de vetarla. Entonces, dijo Guerrero, la Corte no podría sancionar al Presidente por no aprobar la ley enviada por la Asamblea. 

Además, dice Guerrero para el trámite y aprobación del proyecto de ley, la Asamblea debía “respetar los criterios y estándares generales establecidos en la sentencia” de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en casos de violación. Entonces, según Guerrero, el presidente Lasso solo debería vetar la ley si es que esta no cumple con los estándares de calidad y criterios de la sentencia de la Corte Constitucional. En la carta publicada la noche de hoy, Lasso dice que ese fue su motivo para presentar observaciones sobre varios puntos de la ley.

Susana Roa 150x150
Susana Roa Chejín
(Ecuador, 1997) Periodista lojana y jefa de la redacción de GK. Cubre economía, sexualidad y derechos. Le interesan los temas de empleo, educación financiera y salud sexual y reproductiva.

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