Antonio Vargas, expresidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), recuperará su libertad. 

El presidente Guillermo Lasso indultó a Vargas, quien fue sentenciado por una condena de tres años y cuatro meses de prisión en un cuestionado y polémico juicio por supuesto tráfico de tierras

El líder indígena cumplía su sentencia de forma alternada entre el Centro de Privación de Libertad Morona Santiago número 1 y su comunidad. Su condena incluía el pago de 12 salarios básicos unificados. Es decir, 4.800 dólares. Con la decisión de Lasso, Vargas no tendrá que seguir cumpliendo la pena.  El anuncio de Lasso se da  dos días antes del diálogo con el movimiento indígena. 

En el artículo 1 del decreto, Lasso dispone el indulto presidencial, es decir la remisión de la pena privativa de libertad y la multa que debía pagar Vargas, quien no tenía ninguna otra causa abierta en el sistema judicial ecuatoriano.

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En el decreto consta que el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) certificó que Vargas demostró buena conducta durante su permanencia en prisión y que no reportó ningún tipo de falta disciplinaria.

Pero no fue el único indulto que dio hoy el presidente Lasso. A través del decreto 245, el gobierno también ordenó el indulto de los dirigentes Carlos Vinicio Chacha y Antonio Villamil Gualinga, ambos sentenciados a cuatro años de prisión por delito de paralización de servicios en octubre de 2019, durante el paro nacional de aquel entonces. 

Ellos también tenían que pagar una multa de cuatro salarios mínimos unificados, es decir, 1.600 dólares. Desde aquel mes, permanecieron privados de la libertad en la cárcel de Sucumbíos. 

Ambos dirigentes, según la Fiscalía, obligaron a dos técnicos petroleros a paralizar el paso de crudo de petróleo a través del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (Sote). En ese caso también fue procesado el ex asambleísta Yofre Poma. 

El SNAI también remitió información de Chacha y Villamil, quienes no registran otras detenciones y procesos en su contra. 

¿Por qué fue sentenciado el dirigente Vargas? 

En junio de este año, Lenin Sarzosa, abogado de Vargas, dijo a GK que el dirigente indígena enfrentaba un juicio desde 2017 por presunto delito de tráfico de tierras

El proceso inició a partir de una demanda civil que presentó la empresa Dierikon, propietaria de la hacienda Té Zulay, contra Vargas, la empresa firmó dos promesas de compraventas de terrenos de la hacienda con la Circunscripción Territorial Kichwa, representada entonces por Antonio Vargas. Ese proceso terminó con una sentencia a favor de la compañía. En el fallo, se ordenó el desalojo de los predios. 

Vargas fue sentenciado en 2018 a un año y ocho meses de cárcel. Sarzosa afirmó que, la corte provincial de Pastaza revisó la sentencia y dijo que al ser Vargas un líder indigena se debía aplicar el artículo 10 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre “Pueblos Indígenas y Tribales”. 

La normativa establece que cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de pueblos indígenas “deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales”. Además, según lo estipula el artículo 10, “deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento”. Debido a esa sentencia, la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (Confenaie) había informado que Vargas cumplía una medida alternativa a la condena de cárcel: labores comunitarias. 

El dirigente Vargas realizaba esos trabajos, cuando se emitió una orden de prisión para que fuese detenido y cumpliera su sentencia tras las rejas. En junio, el abogado Sarzosa cuestionó que, con esa disposición, se estaba violando la sentencia de la corte provincial y el Convenio 169 de la OIT. 

Cuando Vargas fue detenido, su defensa interpuso un habeas corpus porque consideraba que su detención era ilegal y arbitraria al volar el Convenio de la OIT, que ordena que las penas privativas de libertad no se apliquen a las personas indígenas sin considerar sus contextos culturales. 

La acción fue parcialmente aceptada.  La Corte ordenó que Vargas cumpla 60 días en la cárcel y los siguientes 30 días en su comunidad, hasta que cumpla toda la pena.

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Karol E. Noroña
Quito, 1994. Periodista y cronista ecuatoriana. Cuenta historias sobre los derechos de las mujeres, los efectos de las redes de delincuencia organizada en el país, el sistema carcelario y la lucha de las familias que buscan sus desaparecidos en el país. Ha escrito en medios tradicionales e independientes, nacionales e internacionales. Segundo lugar del premio Periodistas por tus derechos 2021, de la Unión Europea en Ecuador. Recibió una Mención de Honor de los Premios Eugenio Espejo por su crónica Los hijos invisibles de la coca. Coautora de los libros 'Periferias: Crónicas del Ecuador invisible' y 'Muros: voces anticarcelarias del Ecuador'.

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