El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) pidió disculpas públicas a la abogada Tania Valentina Vásquez Abad por impedirle entrar a visitar a una clienta a la cárcel de Turi, en la ciudad austral de Cuenca. La visita fue en 2015 y los guardias de la cárcel no la dejaron pasar porque llevaba un “vestido muy corto”.
Hoy, 31 de agosto, el SNAI publicó un breve comunicado en el que pidió disculpas a Vásquez, como lo ordenó la Corte Constitucional en su fallo de una acción de protección presentada por la abogada Vásquez en julio de 2015. Esta es la decimoctava vez que el SNAI publica un comunicado con estas disculpas públicas. Pero es la primera que lo hace por esta razón.
El SNAI, en su comunicado, dice que “asume su responsabilidad respecto de las vulneraciones cometidas a sus derechos constitucionales”. También dice que “se compromete a respetar la expresión de género de las personas que buscan acceder a los centros de privación de libertad del país”.
¿Qué dice el fallo de la Corte Constitucional?
En su fallo, dictado el 17 de marzo de 2021 y publicado el 5 de abril del mismo año, la Corte resolvió que se vulneró el derecho a la igualdad y no discriminación de la abogada Vásquez al no dejarla entrar a la cárcel de Turi, por su vestimenta el 2 de febrero de 2015. Vásquez había ido hasta esa cárcel para visitar a una de sus clientas y los guardias de no la dejaron entrar porque llevaba puesto un vestido “muy corto”, según habían dicho los guardias a Vásquez.
La Corte decidió que no dejarla entrar por cómo vestía fue una “medida discriminatoria que no cuenta con una justificación objetiva”. Además, resolvió que la decisión se basó en “patrones estereotipados de comportamiento” que promueven un trato desigual a las mujeres. También decidió que se vulneraron otros derechos de Vásquez: el derecho al libre desarrollo de su personalidad, el acceso a servicios públicos de calidad, a presentar quejas y a recibir respuestas motivadas.
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¿Cuáles medidas de reparación ordenó la Corte?
Ordenó las disculpas públicas del SNAI, que se debían hacer 10 días después desde la notificación de la Corte. Las disculpas públicas las debía hacer en su sitio web institucional y en sus cuentas de redes sociales. Estas deben estar en el banner principal del sitio web del SNAI por tres meses consecutivos de forma ininterrumpida. En las redes sociales deberán circular por el mismo periodo con dos publicaciones semanales.





