El proyecto de Ley de Interrupción Legal Voluntaria del Embarazo por Violación fue calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). Una fuente relacionada al CAL, que pidió no ser identificada, le confirmó a GK que ayer, 17 de agosto de 2021, el máximo organismo de administración legislativa lo envió a la Comisión de Justicia para que sea tratado. 

Cuando la Corte Constitucional despenalizó el aborto en casos de violación el pasado 28 de abril, ordenó que la Defensoría del Pueblo debía presentar un proyecto de ley para regular la interrupción del embarazo en estos casos. La institución tenía dos meses de plazo para hacerlo desde que la sentencia fue notificada por escrito. 

El proyecto fue presentado el 28 de junio de 2021 —a un día de que se cumpla el plazo— por Zaida Rovira, defensora del Pueblo subrogante. Según ella, la propuesta fue hecho con aportes de expertos nacionales e internacionales, colectivos sociales y la ciudadanía. 

El CAL es el organismo que verifica que los proyectos de ley cumplan con los requisitos para que sean calificados o no. Después lo remite a las comisiones especializadas de la Asamblea para continuar con su tratamiento. En este caso, el proyecto de Ley de Interrupción Legal Voluntaria del Embarazo por Violación pasó a la Comisión de Justicia. 

Ahora, la comisión hará un informe sobre el proyecto que será utilizado en el primer debate del pleno del Legislativo. La Comisión de Justicia analizará las observaciones presentadas en el debate y hará un segundo informe que también se discutirá en el pleno. Ahí se decidirá si se lo archiva o si se aprueba de forma íntegra, por títulos, por capítulos, secciones o artículos. La sentencia de la Corte Constitucional dice que la Asamblea tiene un plazo máximo de 6 meses para tratar el proyecto de ley. El límite es diciembre de 2021. 

¿Qué dice el proyecto de ley?

La propuesta presentada por la Defensoría del Pueblo dice que su objetivo es “tutelar y proteger el derecho de las personas gestantes que deseen interrumpir legal y voluntariamente su embarazo en caso de violación”. Con esta ley, dice el documento, se garantizará el “pleno ejercicio de los derechos” que están reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos.

El proyecto de ley dice que los requisitos para acceder a un aborto en caso de un embarazo producto de una violación son: 

  • La persona embarazada debe manifestar su decisión de querer interrumpirlo. 
  • El personal del sistema nacional de salud debe poner a su disposición la solicitud escrita para hacerlo. Ese documento no tendrá ningún costo. 
  • Si la persona que quiere abortar es menor a 12 años, no es necesaria la solicitud. 
  • No es necesario que exista una denuncia de violación para interrumpir el embarazo. En caso que sí exista, el documento será anexado a la solicitud “con fines netamente informativos”. 
  • Además de la solicitud, la mujer debe presentar por escrito su conocimiento informado —en el que acepta el tratamiento después de ser informado correctamente sobre el mismo— del procedimiento al que se va a someter. 
  • Una vez que se haya entregado la solicitud al personal de salud del establecimiento, los médicos tienen un plazo de 6 días para hacer la intervención.
  • En caso de no poder hacerlo, el médico debe referir el caso inmediatamente al establecimiento médico más cercano que tenga las condiciones para llevarlo a cabo correctamente.

El proyecto de ley también establece los principios por los que se regirá la interrupción legal y voluntaria del embarazo en casos de violación. Uno de esos es el de confidencialidad porque el personal involucrado debe guardar el secreto profesional sobre la información entregada en la consulta médica. Eso incluye, dice el proyecto, los detalles sobre la violación que causó el embarazo. 

Otro de los principios es el de igualdad y no discriminación. El proyecto de ley dice que ninguna persona debe ser discriminada ni sus derechos pueden ser menoscabados. Se considerará como discriminación cualquier “distinción que carezca de justificación objetiva y razonable”.

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¿Qué derechos tienen las personas que quedaron embarazadas luego de una violación?

El proyecto de ley presentado por la Defensoría dice que las personas embarazadas que han sufrido una violación tienen el derecho a:

  • Tomar decisiones informadas sobre si desean interrumpir el embarazo en casos de violación. 
  • Acceder a información profesional, objetiva, completa y oportuna para tomar esas decisiones.
  • Acceder libremente a un “proceso seguro, digno, aceptable culturalmente, accesible y asequible para interrumpir el embarazo”, dice el documento. 
  • Este servicio de salud debe ser universal y gratuito para que si se toma esa decisión, la persona no debería tener ningún tipo de barreras socioeconómicas, geográficas, culturales ni físicas. 
  • Acompañamiento legal, psicológico y social. El proyecto dice que el tener ese apoyo antes, durante y después del procedimiento “garantizará que no exista el riesgo de repetición o revictimización”. 

Además, incluye los derechos de grupos vulnerables como las las niñas y adolescentes, personas con discapacidad, de nacionalidades indígenas, que están presas y transgénero que quedaron embarazadas producto de una violación.

La propuesta presentada por la Defensoría del Pueblo dice que el personal de salud debe dar la información disponible a la persona sobre sus derechos e informarla sobre los riesgos reales de la interrupción voluntaria del embarazo. Además, en caso de que la embarazada lo pida expresamente, el personal de salud deberá notificar a las autoridades sobre el delito de violación en un periodo máximo de 24 horas después de que se haya practicado el aborto. Sin embargo, el proyecto de ley es enfático en que no se podrá obligar a la víctima a que presente una denuncia.