El 14 de junio de 2021, el abogado en derechos humanos, Juan Pablo Albán, fue elegido como miembro del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Albán es el primer ecuatoriano en ser parte de este comité. “Esta elección es un reconocimiento al rol del Ecuador en el sistema multilateral en materia de derechos humanos y a las credenciales del candidato”, dijo la Cancillería en un comunicado

“Desde el punto de vista simbólico diplomático es un mérito importante alcanzado por la Cancillería Ecuatoriana”, dice Albán sobre su elección. 

¿Qué es el Comité contra las Desapariciones Forzadas? 

Es un órgano de supervisión creado por la Convención Internacional contra las Desapariciones Forzadas en el 2006. La Convención fue firmada por 98 Estados del mundo, de los que 63 Estados la han ratificado. Al ratificar la Convención, los 63 Estados parte tiene la obligación de cumplir el objetivo y el fin de la Convención, los otros 35 tienen obligaciones limitadas de cumplirla. 

Juan Pablo Albán explica que la Convención intenta motivar que los Estados adopten medidas para que la desaparición forzada sea un delito. También pretende que haya investigación en casos de desaparición forzada y que haya medidas de prevención de la desaparición forzada. Otro de los fines es que haya cooperación internacional en la búsqueda de las personas desaparecidas. 

“Es un órgano de supervisión muy al estilo de lo que es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos o el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas”, dice Albán. 

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¿Qué hace el Comité? 

Este órgano de las Naciones Unidas revisa informes de los Estados parte, en los que los Estados dicen cómo están cumpliendo sus obligaciones sobre este tema. 

El Comité también recibe denuncias sobre desapariciones forzadas, pedidos de medidas cautelares, solicita acciones urgentes a los gobiernos para localizar a los desapariciones. “A diferencia de otros órganos, el Comité solamente puede centrarse en temas de desaparición forzada”, dice Albán.

Albán explica que el Comité no podría revisar un caso sobre tortura porque para esos casos hay el Comité contra la Tortura o un caso de violación de derechos de los niños porque esos casos los revisa el Comité de los derechos del Niño

En el Comité contra las Desapariciones Forzadas, el abogado Albán no podrá revisar casos de Ecuador, según lo que dice la Convención. “Los miembros no pueden conocer ningún tema relacionado con el país de su nacionalidad”, dice Albán.  Pero sí podrá explicar el sistema jurídico ecuatoriano a los miembros que revisen los casos de Ecuador. 

¿Cómo eligen a sus miembros? 

 Sus miembros son elegidos para períodos de cuatro años. En este caso, Juan Pablo Albán estará en funciones del 2021 al 2025. El periodo comienza el 30 de junio de 2021. Los miembros pueden ser reelectos una vez, es decir podrán ser miembros por un periodo máximo de ocho años. 

El Comité está conformado por 10 expertos. El 31 de mayo de 2011 fue la primera reunión de los Estados Partes para elegir a los 10 primeros miembros del Comité que se renuevan cada cuatro años a través de una votación secreta. 

Para el periodo 2021-2025 habrá cuatro mujeres y seis hombres.  El Comité siempre debe estar conformado tomando en cuenta la distribución geográfica, la experiencia jurídica y la representación de género de los candidatos. En el Comité debe haber dos miembros del Grupo Latinoamérica y el Caribe, dos miembros de la región africana, dos miembros del Grupo de Europa Occidental y otros como Estados Unidos o Canadá, dos miembros de Europa Oriental, un miembro del Asia y un miembro de Oceanía. 

Para la elección que se realizó el 14 de junio,  uno de los dos miembros de África no fue propuesto para la reelección y “ningún país africano presentó candidatos”, dice Juan Pablo Albán. Por esa situación, Ecuador y Bélgica presentaron a sus candidatos para ser parte del Comité. “Los africanos terminaron apoyando mi candidatura por tema de afinidad”, dice Albán. 

¿Qué es la desaparición forzada? 

La desaparición forzada es el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad por parte de agentes o policías de un Estado. También pueden detener forzadamente una persona o grupos de personas que actúan con la autorización del apoyo del Estado. La desaparición forzada tiene el objetivo de ocultar o negar que una persona o grupo están detenidos.  

Las Naciones Unidas (ONU) define a la desaparición forzada como una estrategia para infundir el terror en los ciudadanos de un país. La desaparición forzada es una violación a los derechos humanos de las personas desaparecidas, de sus familiares y de la comunidad.  “Se ha convertido en un problema mundial”, dice un artículo publicado por la ONU. La dictadura militar es una de las razones de la desaparición forzada, también pueden ser las situaciones complejas de conflictos internos.  

Las desapariciones forzadas violan los derechos a la libertad y seguridad personal. También vulnera el derecho a no ser torturado o sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes. El derecho a la vida, a la identidad, a las garantías judiciales.

La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas aprobada por la Asamblea General de la ONU, dice que una desaparición forzada se puede calificar como un crimen contra la humanidad por lo que no prescribirá. Desde 2011, cada 30 de agosto se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.