El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) anunció la tarde de hoy, 9 de junio de 2021, que Arturo Cabrera será el juez sustanciador de la consulta elevada por el alcalde Jorge Yunda sobre su proceso de remoción.
Yunda es el primer alcalde de la historia del Ecuador en ser cesado en sus funciones mediante una remoción, un proceso administrativo contemplado en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). La madrugada del 3 de junio, el Concejo Metropolitano de Quito resolvió a favor de la remoción de Yunda con el voto favorable de 14 de los 21 concejales de la capital —según el COOTAD, decidir sobre la remoción del alcalde es una de las competencias del Concejo, que es el órgano de legislación pero también de fiscalización de la gestión municipal.
El abogado defensor de Yunda, Jorge Acosta, alegó que presentaron la consulta porque, a su criterio, se cometieron errores en el proceso de remoción. Por ejemplo, dijo Acosta, el número de votos necesarios para remover alcalde. Como el Concejo principalizó a Santiago Guarderas para que presida la sesión, se debía, según Acosta, principalizar a la alterna de Guarderas para que lo reemplace como miembro del Consejo. Según la defensa de Yunda, si se hubiese principalizado a la alterna, el Concejo habría estado conformado por 22 miembros, por lo que el proceso de remoción debía aceptarse con 15 votos y no con los 14 que tuvo.
El artículo 336 del COOTAD dice que la remoción se resolverá con el voto conforme de las dos terceras partes de los integrantes del Concejo. Para el cálculo de esas dos terceras partes, la ley dice que “de manera obligatoria” se considerará como parte integrante a los ejecutivos de cada Gobierno Autónomo Descentralizado —en el caso de un Municipio, al alcalde—, “salvo el caso de que el ejecutivo sea el denunciado” como es el caso de Yunda. Sin embargo, en esa parte de la ley no se especifica si se debía principalizar a la alterna de quien subroga a alcalde en esa sesión —eso quedará para decisión del TCE.
Otro punto que reclamó su abogado defensor, fue que la alterna del concejal Mario Granda fue convocada sin que el concejal principal haya solicitado directamente tal reemplazo. Granda estaba coronavirus y su estado de salud era delicado, y su alterna fue convocada a la sesión por el Concejo sin el pedido de Granda. Acosta espera que el TCE analice el caso y tome en cuenta sus observaciones y falle a su favor del aún alcalde de Quito.
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¿Qué sigue ahora?
El abogado constitucionalista y docente de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), Esteban Ron, explicó a GK que después de que se designa un juez sustanciador, elegido por sorteo (en este Cabrera), será el encargado del proyecto de resolución del caso. Es decir, sustanciar el proceso y redactar el proyecto de resolución. Cabrera deberá presentarla al pleno del TCE, que está conformado por cinco jueces.
El pleno del TCE tendrá 10 días laborables para tomar una resolución. En esta instancia, el proponente —en este caso, Yunda—, puede hacer uso de un recurso llamado horizontal que busca que se aclare o se amplíe la información presentada por el Consejo y debe ser solucionado en un periodo máximo de tres días laborables.
Tras el plazo de los trece días, el pleno del TCE deberá emitir una resolución, que ratifique la remoción del Concejo Metropolitano o, por el contrario, la rechace. Si esta fuese rechazada, el alcalde continuaría con sus funciones por dos años más.