Cerca de la una de la madrugada de hoy, jueves 3 de junio de 2021, el Concejo Metropolitano de Quito votó en favor de la remoción al alcalde de la ciudad, Jorge Yunda. La decisión se tomó con los votos favorables de 14 de los 21 concejales, el mínimo necesario para dar paso a la remoción. 

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), establece que el alcalde puede consultar la decisión del Concejo Metropolitano ante Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Este órgano judicial de la Función Electoral podría revertir la decisión en un plazo de trece días laborables. 

El abogado constitucionalista  y docente de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), Esteban Ron, explica que el Concejo Metropolitano de Quito debe notificar a Yunda de la decisión a través de la secretaría del Municipio. Sin embargo el Cootad no estipula un tiempo determinado para cumplir con ese requisito. Según Ron, la ley no determina un tiempo porque antes de enviar el proceso al TCE, se debe hacer el levantamiento de las actas de la sesión y además se debe escribir y notificar la resolución que, aunque solo es una, se demora por la cantidad de información que abarca. Con ese criterio coincide el abogado Diego Cevallos .

A partir de la notificación, el alcalde tiene tres días laborables para presentar un pedido de consulta al TCE.

Una vez que Jorge Yunda presente el pedido de consulta en el TCE —si es que así lo decide—,  se realizará un sorteo en el TCE que, por lo general, se hace el mismo día que se pidió la consulta. Luego, se establece un juez sustanciador, elegido por sorteo, que es el encargado del proyecto de resolución del caso, es decir que debe explicarlo  y tomar una resolución que debe ser presentada al pleno del TCE, que estará conformado por cinco jueces

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Al mismo tiempo que se hace el sorteo de la causa en el TCE, el secretario del Consejo Metropolitano debe enviar al TCE  el expediente íntegro de la remoción en un plazo de dos días.

Durante este proceso el juez sustanciador, es decir aquel que salió sorteado para analizar y exponer el proceso,  debe revisar que el pedido de consulta cumpla con los requisitos legales. Si es que faltara algún documento para verificar este cumplimiento, el juez puede mandar a completar el expediente pidiendo al Concejo Metropolitano que envíe la documentación que pudiera faltar. El plazo máximo para hacer este pedido es de 48 horas, explica Ron.

Luego, el  juez sustanciador determinará si se cumplen los requisitos de ley para continuar el trámite o no. En caso de que el trámite pase y se admita, el pleno del TCE tiene 10 días laborables  para tomar una resolución y pronunciarse. En esta instancia, el proponente —en este caso sería Yunda—,  puede hacer uso de un recurso llamado horizontal que busca que se aclare o se amplíe la información presentada por el Consejo y debe ser solucionado en un periodo máximo de tres días laborables.

Tras el plazo de los trece días, el pleno del TCE debe emitir una resolución, que ratifique la remoción del Concejo Metropolitano o, por el contrario, la rechace. Si esta fuese rechazada, el alcalde continuaría con sus funciones por dos años más.

En caso de que se ratifique la remoción su destitución es inmediata y asume la alcaldía Santiago Guarderas quien aclaró, hoy, en rueda de prensa, que él no es el alcalde de la capital, como lo han afirmado algunos medios de comunicación y que él respetará el debido proceso.