La gran mayoría de ecuatorianos no confía en el Consejo Nacional Electoral (CNE): apenas 8 de cada cien lo hacen, según una encuesta de Cedatos de noviembre de 2020. El dato no sorprende. En los últimos meses, las acciones del CNE sobre el proceso electoral del próximo 7 de febrero han sido una confusión tras otra. Los retrasos en la calificación de candidaturas, las más de seis millones de papeletas mal impresas, y hasta la errática organización del debate presidencial obligatorio, son solo algunos de los hechos que han debilitado la credibilidad de la institución en los últimos meses. Sin embargo, la mayor confusión de todas ha sido la pugna con el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sobre la eventual candidatura presidencial de Álvaro Noboa por el movimiento Justicia Social.

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El enfrentamiento alcanzó su clímax cuando, a un mes de las elecciones, un juez del TCE destituyó a cuatro consejeros del CNE. El 6 de enero de 2021, el juez Ángel Torres ordenó la destitución de la presidenta del Consejo,  Diana Atamaint, y los consejeros Enrique Pita, José Cabrera y Luis Verdesoto porque supuestamente no acataron una sentencia del Tribunal. La decisión de Torres causó polémica por el momento en que se hizo (a un mes de las elecciones) y abrió de nuevo la cuestión que viene intrigando al país desde que Álvaro Noboa anunció su candidatura a inicios de noviembre de 2020. ¿Debía haber 17 binomios en la papeleta?

Para entender si la candidatura del empresario guayaquileño debía ser aceptada o no por el Consejo Nacional Electoral es necesario comprender, primero, la situación del movimiento que supuestamente respaldaría la candidatura: Justicia Social. El movimiento que ahora es dirigido por Jimmy Salazar —esposo de Pamela Martínez, actual sentenciada por el caso Sobornos— tiene un problema que se remonta hace casi dos años.

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En  2019, la Contraloría General del Estado hizo un examen especial que se enfocaba en el sistema informático que usó el CNE para inscribir, registrar y eliminar varias organizaciones políticas entre febrero de 2013 y agosto de 2018. En su examen, la Contraloría encontró irregularidades con la inscripción de cuatro organizaciones políticas: Podemos, Libertad es Pueblo, Fuerza Compromiso Social y Justicia Social. 

En el caso particular de Justicia Social, el informe dice que por fallas en el sistema informático no se pudo verificar algunos registros —firmas de personas que respaldaban la creación del movimiento— cuando se intentó inscribirlo y que, por lo tanto, había inconsistencias. Al verificar esos registros, el análisis técnico determinó que solo 169.279 de las 175.562 firmas que presentó Justicia Social eran válidas. Se necesitaban al menos 174.199 para la inscripción. Por lo tanto, según el análisis de la Contraloría, Justicia Social no cumplía con los requisitos necesarios para inscribirse: le faltaban 4.920 firmas.

Fundamentada en los hallazgos de su examen especial, la Contraloría hizo recomendaciones al CNE en un informe de agosto de 2019. Una era tomar las acciones necesarias para “vigilar la situación legal” de los cuatro movimientos. Sin embargo, en ese entonces el CNE no acató las recomendaciones de la Contraloría y no tomó ninguna acción. No fue sino el 19 de julio de 2020 que el Consejo decidió suspender temporalmente a Justicia Social, Podemos, Libertad es Pueblo, y Fuerza Compromiso Social, acogiendo las motivaciones de la Contraloría. Faltaban 60 días exactos para la convocatoria oficial a las elecciones generales de 2021.

Justicia Social impugnó la decisión ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), que se encarga de administrar justicia en materia electoral. En el Ecuador, dice su Constitución, hay una función electoral que tiene dos organismos: el CNE que se encarga de organizar todo lo relativo a las elecciones que se hacen en el Ecuador, y el TCE que resuelve disputas electorales como una corte (aunque no es parte de la función judicial).


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El 14 de agosto de 2020, el TCE dejó sin efecto la suspensión temporal del movimiento dirigido por Salazar. En su sentencia, el TCE dice que la medida de suspender a la organización mientras se verificaba su situación legal era “desproporcionada” porque le impedía al movimiento “desarrollar los procesos de democracia interna” de cara “al proceso electoral que se avecina”. Mauricio Alarcón-Salvador, abogado y director ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo —una ONG dedicada a la promoción de la transparencia en el Ecuador— dice que el argumento del TCE confunde la proporcionalidad con la improcedencia. “Si decidió que era desproporcionada, debía decir cuál era la medida proporcional. Sin embargo, lo que hizo fue declararla improcedente”, dice. 

Para el abogado constitucionalista Ismael Quintana, este es el primer problema. El CNE debía haber resuelto la suspensión o eliminación de los cuatro partidos cuando la Contraloría emitió su informe en 2019, y no pocos meses antes de que se convoquen a las elecciones generales del próximo febrero. “Si se hubieran acatado las recomendaciones de Contraloría a tiempo, ahora no habría este problema”, dice. Al contrario, sostiene, habría habido tiempo suficiente para que el CNE revisara los procesos de inscripción de los movimientos y decidiera si los eliminaba o no. Las organizaciones, por su parte, habrían tenido tiempo de sobra para las respectivas apelaciones antes del inicio del proceso electoral. 

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Tras la decisión del TCE de agosto de 2020, Justicia Social volvió a la carrera electoral. El 20 de agosto, hizo sus elecciones primarias y  eligió a Fabricio Correa, hermano del expresidente Rafael Correa, como precandidato presidencial para 2021. Su binomio era la empresaria Marcia Yazbek. 

En septiembre, el CNE volvió a revisar la situación jurídica de los cuatro movimientos y decidió ya no suspenderlos temporalmente, sino eliminarlos definitivamente: consideraba que ninguno había cumplido con el número mínimo de firmas de respaldo. Quedaron fuera del registro de organizaciones políticas Justicia Social, Podemos, Libertad es Pueblo, y Fuerza Compromiso Social. Faltaban dos días para el inicio del periodo de inscripción de candidaturas para las elecciones generales de 2021. 

Pero de nuevo, Justicia Social recurrió al TCE. Impugnó la decisión del Consejo Nacional Electoral de eliminarlo. El 7 de octubre, día en que se cerraba el período de inscripción de candidaturas para las elecciones generales de 2021, un juez del TCE falló a favor de Justicia Social, devolviéndole su personería jurídica —es decir, su vida como organización política— e intentó unirse de nuevo a la carrera a Carondelet. Fabricio Correa había renunciado a la precandidatura el 21 de septiembre, por lo que ahora el movimiento quería inscribir al binomio conformado por Carlos Cassanello y Marien Segura. 

Pero no lo lograron. Según un comunicado en el perfil de Facebook de Justicia Social, cuando intentaron inscribirlo ya había otros nombres en el sistema: Álvaro Noboa y Marcia Yazbek. El comunicado dice que “el sistema informático del CNE no aceptó el cambio de los nombres”, y que Noboa y Yazbek aparecían allí “de manera errada”. Hasta ahora, tres meses después, nadie ha explicado cómo es que este binomio aparecía por error. Pedimos al CNE que explique la equivocación pero no ha respondido.  Justicia Social tampoco contestó a un pedido de entrevista sobre esta incongruencia.

Mauricio Alarcón-Salvador dice que al ver el error en el sistema del CNE con el nombre de Noboa y Yasbek, el movimiento “insistió en la inscripción de Cassanello” porque ese era el candidato que ellos habían escogido. No se sabe si este nuevo binomio se determinó en otras elecciones primarias; tampoco tuvimos respuesta de Justicia Social sobre este hecho. Según Alarcón-Salvador, el movimiento estaba tan interesado en inscribir a Cassanello, que incluso en su comunicado dice que solicitó una corrección al CNE. Pero desde el 7 de octubre de 2020, nunca más se habló de la candidatura de Cassanello y Segura. 

De hecho, la siguiente publicación de Justicia Social relacionada con las elecciones es del 19 de noviembre, más de un mes después de que el movimiento intentara inscribir la candidatura de Cassanello y Segura. Es un video de un grupo de simpatizantes de Álvaro Noboa protestando afuera de la sede del CNE en Quito. Piden que lo acepten como candidato. Antes, el 7 de noviembre, Noboa había anunciado en su cuenta de Facebook que sería candidato por Justicia Social. Pero hasta hoy, ya casi dos meses después, no hay ni ha habido ninguna declaración oficial del movimiento sobre su respaldo a la candidatura del empresario de 70 años. Enviamos un pedido de información al representante legal del movimiento, Jimmy Salazar, pero no hemos recibido respuesta.

Sobre el error en el sistema del CNE, Alarcón-Salvador dice “para mí todo huele mal”. Alarcón cuenta, además, que el 7 de octubre —el mismo día en que Justicia Social intentó inscribir a Cassanello— Noboa intentó inscribir su candidatura aunque no se sabe por qué movimiento. El 8 de octubre, la periodista Tania Tinoco dijo en su cuenta de Twitter que Diana Atamaint, presidenta del CNE, “confirmó que Noboa había empezado el proceso de inscripción como candidato presidencial” el día anterior, “pero que no alcanzó” a completarlo. El sistema del CNE para las inscripciones de candidaturas se cerró a las seis de la tarde del 7 de octubre sin ningún binomio que incluyera a Noboa ni que fuese respaldado por Justicia Social.

Alarcón-Salvador cree que la clave para entender este enredo, está en prestarle atención al “error” del sistema informático del CNE que ponía a Noboa y Yazbek como candidatos, porque esa equivocación es la que produjo consecuencias en todo el proceso electoral subsecuente. La politóloga Arianna Tanca dice que tras haber revisado la información del caso cree que “hubo un incumplimiento de plazos y procesos por parte de Noboa”. Sin embargo, dice Tanca, lo que más debería importar es la confusión que todo esto ha causado y la desconfianza que ha creado en los ciudadanos que van a votar el 7 de febrero. Solicitamos una declaración oficial al Consejo Nacional Electoral, pero no hemos recibido ninguna respuesta aún.

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La supuesta candidatura de Noboa por Justicia Social ha causado confusión desde el primer momento en que se anunció. Esto podría deberse tanto a la falta de especificidad de las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) como al silencio de los directivos de Justicia Social. El 30 de octubre de 2020, un tribunal del TCE decidió dejar sin efecto la resolución del CNE que eliminaba al movimiento del Registro de Organizaciones Políticas. 

En la sentencia, los jueces además dictaron medidas de reparación integral. Una de ellas exigía al CNE que le diera a Justicia Social “el tiempo razonable” para inscribir sus candidaturas “a las dignidades constantes en la convocatoria a Elecciones Generales de 2021”. Esteban Ron, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Internacional (UIDE), explica que esto significaba que el CNE debía aceptar todas las candidaturas del movimiento —incluyendo el binomio presidencial— porque es una de las dignidades que se mencionaron en la convocatoria a elecciones. La sentencia dice además que la medida se cumpla “en igualdad de condiciones que tuvieron las demás organizaciones políticas”. Ron dice que esto significa que se tenía que aceptar las candidaturas “incluso fuera del periodo establecido en el calendario electoral porque es una reivindicación de derechos”. 

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En un principio, el Consejo Nacional Electoral acató lo resuelto por el TCE. El 5 de noviembre, el pleno del CNE le devolvió oficialmente la personería jurídica a Justicia Social cumpliendo la sentencia del TCE— como lo ordena el Código de la Democracia. Además, le dio ocho días para que inscriba a los candidatos que no pudo inscribir mientras el movimiento estuvo suspendido. 

Pero no pasó ni una semana y el CNE cambió de parecer. El 11 de noviembre —tres días después de que Noboa anunciara que sería candidato por Justicia Social, incluso cuando el período de inscripciones ya había finalizado— el pleno del Consejo decidió dejar sin efecto la resolución que había hecho tan solo seis días antes. La razón, según el CNE, fue que Justicia Social sí eligió un binomio presidencial durante sus elecciones primarias —primero Fabricio Correa y Marcia Yazbek, y cuando estos renunciaron, Carlos Cassanello y Marien Segura. Por ello, el CNE resolvió que no era “posible sustituir candidatos presidenciales por la voluntad de los dirigentes de un partido”.

La resolución del Consejo del 11 de noviembre dice también que un supuesto binomio de Justicia Social fue incluso “presentado ante el CNE para su calificación”. Pero el documento no da mayores detalles sobre quiénes lo conformaban, ni cuándo se presentó la supuesta inscripción. Solicitamos al CNE el informe que tendría los detalles, pero hasta el cierre de este reportaje no hemos recibido respuesta. Además, según una plataforma del propio Consejo Nacional Electoral, Justicia Social nunca presentó documentación para inscribir su binomio presidencial antes del 7 de octubre, que era el último día para hacerlo según el calendario electoral.

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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) siguió fallando a favor de Justicia Social. El 8 de diciembre de 2020, el tribunal emitió un auto de ejecución —una orden de cumplimiento— de la sentencia 080 del 30 de octubre de 2020. El abogado Ismael Quintana explica que esto significa que el TCE le volvió a ordenar al Consejo Nacional Electoral “que aceptara la inscripción de todas las candidaturas de Justicia Social”. Pero de nuevo, el CNE no cumplió. 

Alegando que “había un conflicto de competencias”, el CNE siguió postergando el cumplimiento de la sentencia a favor de Justicia Social. El 14 de diciembre, el Consejo le pidió a la Corte Constitucional que dejara sin efecto el auto de ejecución de la sentencia del TCE porque era “una evidente intromisión en las competencias exclusivas” del CNE sobre la organización del proceso electoral. Sin embargo, la Corte no admitió la causa a trámite porque no presentó “los fundamentos constitucionales” en los que se apoyaba la demanda. Y los desacuerdos en la Función Electoral siguieron devorándola desde adentro.

A tan solo 43 días de las elecciones, el TCE le dio la razón a Justicia Social por quinta vez. El 26 de diciembre de 2020, el juez Joaquín Viteri del TCE  anuló la resolución del CNE del 11 de noviembre que decía que no se aceptaría la inscripción del binomio presidencial del movimiento Justicia Social. 

Si esta historia era ya enredada, fue en este momento donde pasó a ser un verdadero galimatías. Incluso para los expertos deshebradores de los retorcidos hilos políticojudiciales del Ecuador. 

En su sentencia, el juez Viteri establece que el Consejo Nacional Electoral es quien tiene que definir qué candidaturas de Justicia Social se podían inscribir. Es decir, si el CNE decidía que no se inscriba al binomio presidencial, entonces no se inscribía el binomio presidencial. El constitucionalista Ismael Quintana dice, que esta sentencia del juez Viteri del TCE “bloquea el cumplimiento de la otra sentencia” del TCE —la del 30 de octubre que indica inscribir a todas las candidaturas—por la que ambos organismos llevaban discutiendo casi dos meses. 

En pocas palabras, hay una contradicción de las sentencias del propio TCE: primero, el TCE dice que se inscriban todas las candidaturas que el movimiento decida inscribir, y después el TCE dice que el CNE defina qué candidaturas se deben inscribir. Es un absurdo. Eso complica aún más el estatus jurídico de Justicia Social. Hay un pedido de aclaración de la sentencia hecho por Jimmi Salazar. Una vez que se resuelva, el fallo puede apelarse. De lo contrario, quedará en firme. 

Pero mientras esto sucedía, otro caos ya había explotado. El 6 de enero de 2021, el juez Ángel Torres destituyó a los cuatro consejeros del CNE —incluyendo a su presidenta y vicepresidente— por no haber cumplido la sentencia del TCE del 30 de octubre. Pero en lugar de despejar el enredo, la decisión de destituir a los consejeros al estar precedida por la sentencia de Viteri, que dice que el CNE defina qué candidatos puede inscribir el movimiento, solo anuda todo aún más. Ron y Quintana creen que los consejeros del CNE sí deberían ser sancionados porque sus decisiones han causado trabas que han amenazado el proceso electoral. Además, al no cumplir la sentencia del 30 de octubre, los consejeros habrían cometido una “infracción muy grave” según la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas. Sin embargo, la decisión final sobre la destitución tendrá que tomarla un tribunal del TCE —que es la autoridad máxima de la Función Electoral para administrar justicia— en los próximos días.

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Hay algo en lo que todos los expertos coinciden: ninguna sentencia menciona nunca el nombre de Álvaro Noboa. Muchos medios han usado el nombre de Noboa para referirse a la situación de Justicia Social, pero en realidad el problema de fondo no tiene nada que ver con el empresario guayaquileño. Esteban Ron dice que hay que leer bien las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral. En ninguna se dice explícitamente que se inscriba la candidatura de Noboa, Cassanello, o ningún otro candidato. Al contrario, el único actor que se menciona siempre es el movimiento Justicia Social. 

De allí, a quién respalda (o respaldaba o habría respaldado, ya es difícil saber con precisión) la organización, es una cuestión interna que no le compete ni al TCE ni al CNE. Eso tendría que resolverse en las primarias del movimiento. Sin embargo, ahora sería prácticamente imposible. El abogado Ismael Quintana dice que si se toma en cuenta la sentencia del 30 de octubre que permite inscribir todas las candidaturas, hacer primarias y elegir candidatos sería legal. Pero a tan pocos días de las elecciones, con las papeletas ya impresas, sería “muy tarde”, dice Quintana. 

Eso no significa que la sentencia del Tribunal no se deba cumplir. 

Esteban Ron dice que incluso habrá que investigar el proceso de impresión de papeletas. Cuando se mandaron a imprimir, el 5 de enero, el TCE certificó que no había procesos abiertos contra los binomios presidenciales. Ron explica que “obviamente no había procesos abiertos porque Justicia Social nunca pudo presentar su binomio”. Sin embargo, sí estaban abiertos —y siguen abiertos— los procesos 080 (del 30 de octubre) y 131 (del juez Joaquín Viteri) que involucran todas las candidaturas (binomios presidenciales, asambleístas, y Parlamentarios Andinos de Justicia Social). Por lo tanto, asegura Ron, el CNE “no debía haber mandado a imprimir las papeletas” —al menos no hasta que se resolviera definitivamente la situación de Justicia Social. Según Ron, si se hubiera cumplido la sentencia, habría habido tiempo suficiente para resolver los conflictos antes de la impresión de papeletas —cuyo tiempo límite para ser impresas, en su opinión, era la segunda semana de enero.

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Días antes de la publicación de este reportaje, un juez de la Unidad Judicial Valdivia Sur en Guayaquil, dispuso que el Tribunal Contencioso Electoral se abstuviera de “ejecutar la sanción de destitución de los Consejeros del Consejo Nacional Electoral” dictada por el juez Torres el 6 de enero. La sentencia que circuló en redes sociales el sábado 23 de enero dice además que la medida de destitución debe quedar suspendida hasta después de las elecciones del 7 de febrero. Según Mauricio Alarcón-Salvador, “no tiene pies ni cabeza y solo está complicando” el proceso aún más. La medida es preliminar y puede aún ser revertida. 

“Estamos en una crisis de la democracia”, dice Wendy Reyes, profesora de la Universidad George Washington y consultora política. Reyes asegura que la pugna entre el CNE y el TCE por Justicia Social, y la supuesta candidatura de Noboa afecta a la democracia porque deja ver que hay divisiones internas en la Función Electoral. Según Reyes, si antes de estos problemas la gente ya desconfiaba del sistema electoral ecuatoriano, ahora lo hace mucho más.