El 7 de abril de 2020, Correa y otros 17 procesados —entre ellos el exvicepresidente Jorge Glas, ex ministros y funcionarios cercanos a su gobierno— fueron sentenciados a ocho años de prisión por el delito de cohecho. Que se comete cuando un funcionario público solicita o acepta algo a cambio de realizar u omitir un acto dentro de su competencia. Según la Fiscalía, había una “estructura criminal” en la que varias empresas recibieron contratos a cambio de entregar dinero a Alianza País.
Allí los funcionarios públicos fueron condenados a 8 años de cárcel empresarios involucrados con compañías que recibieron contratos otorgados por el Estado, a cambio de supuestamente más de seis millones y medio de dólares. El tribunal también dispuso la pérdida de los derechos de participación política por 25 años de todos los condenados. Sin embargo, en la audiencia de apelación, el tribunal aceptó parcialmente los recursos de apelación interpuestos por Alexis Mera y Walter Solís, exsecretario Jurídico de la Presidencia y exsecretario del Agua durante el gobierno de Correa, respectivamente. Al aceptar parte de la apelación, el tribunal decidió que sus derechos de participación política estarán suspendidos solo por el tiempo de la condena —8 años—, y no por los 25 sentenciados originalmente. De esa decisión se benefician también los otros 18 procesados, incluídos los expresidente y vicepresidente, pues según el artículo 652 del Código Orgánico Integral Penal, cuando hay varios procesados, “el recurso interpuesto por una de ellas, beneficiará a las demás, siempre que la decisión no se funde en motivos exclusivamente personales”. Esto significa que, en caso de ejecutoriarse —de que la sentencia quede en firme, tras agotar otros recursos que las defensas podrían utilizar—, ni Rafael Correa ni Jorge Glas ni los otros 18 procesados podrán participar como candidatos en las próximas elecciones.
En la audiencia de apelación, la Corte también redujo la sentencia de Alberto Hidalgo Zabala, de la constructora Hidalgo Hidalgo, a 32 meses. Además, la antigua asesora del despacho del expresidente Correa, Pamela Martínez también fue considerada como coautora, pero su sentencia se redujo a 38 meses y 12 días de prisión por haberse acogido a la cooperación eficaz. También se modificó las sentencia de la exasistente de Pamela Martínez, Laura Terán, antigua asistente de Martínez, que originalmente fue sentenciada a 19 meses y seis días de prisión. Según la CNJ, Terán debe cumplir con tres meses y 6 días de privación de la libertad por su cooperación eficaz durante el caso.
La CNJ ordenó que los 14.745.297 dólares que se deben pagar todos los procesados como reparación integral se distribuya según el nivel de participación en el delito. Los autores por instigación, coautores y autores directos pagarán cada uno 778.224 dólares. Los cómplices deberán pagar 368.632 dólares cada uno. En todo lo demás la Corte Nacional de Justicia se ratificó en la sentencia que fue notificada oficialmente el 26 de abril de 2020.
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La audiencia de apelación se instaló a las 10:39 de la mañana del 16 de julio, más de una hora y media después de lo previsto. Varias personas —incluyendo a Fausto Jarrín, abogado del expresidente Correa y Alembert Vera, abogado de Walter Solís— se quejaron de las fallas en el sistema para participar en la audiencia virtualmente. Según Jarrín, intentó conectarse por más de una hora, pero fue “imposible”.
Rafael Correa dijo en Twitter que más del 70% de los abogados del caso no se pudieron conectar “por problemas técnicos”. Gustavo Guerrero, otro de los abogados del caso, dijo que como las defensas técnicas no pudieron ingresar al sistema les asignaron un defensor público para “validar lo inválido”. El expresidente Correa calificó el caso y la sentencia de la CNJ de “ridículos” y dijo que le “duele toda la gente inocente que está sufriendo por intentar hacerme daño a mí”.
En la audiencia, la fiscal Diana Salazar dijo que durante todo el proceso, los abogados defensores “se han limitado a tratar de desviar la responsabilidad de los hechos hacia otras personas, pero nunca se negó la tesis de Fiscalía”. Según la institución, se presentó una “gran cantidad de prueba testimonial, pericial y documental”, que fue analizada por la Corte Nacional de Justicia. Las evidencias, dice la Fiscalía, permitieron demostrar “más allá de cualquier duda razonable– la responsabilidad de los procesados en el delito”.
Ya que el tribunal de la CNJ emitió su fallo de la solicitud de apelación, las partes pueden imponer el recurso de casación, que busca la anulación de una sentencia.









