El 7 de agosto de 2025, la Asamblea Nacional aprobó una reforma parcial a los artículos 110 y 115 de la Constitución que elimina el financiamiento estatal de partidos políticos. En un referéndum que está programado para finales de 2025, los ecuatorianos deberán decidir si aceptan esta propuesta

En Ecuador, las organizaciones y sus campañas políticas se financian por tres fuentes: el fondo público de promoción electoral, el fondo público partidario permanente, y los aportes privados. Es un sistema mixto de financiamiento que tiene reglas, usos y prohibiciones

El artículo 110 de la Constitución dice que los partidos y movimientos políticos se financian con los aportes de sus afiliados y simpatizantes. Si cumplen con los requisitos de la ley, también reciben dinero del Estado, pero tienen que rendir cuentas. Según el artículo 115, el financiamiento estatal es para garantizar la participación equitativa e igualitaria. Es decir, que los candidatos con más recursos económicos no tengan ventaja.

Esta reforma fue enviada por el presidente Daniel Noboa a la Corte Constitucional el 20 de septiembre de 2024. Un mes después, la Corte indicó que esta pregunta se debe tramitar por reforma parcial.

En Ecuador, para tramitar una reforma parcial, luego de que la Corte la apruebe, la Asamblea Nacional también debe aprobarla antes de que vaya a referéndum.

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En este caso, la Asamblea creó la Comisión Especializada Ocasional para la reforma de los artículos 110 y 115. Esteban Torres, asambleísta de Acción Democrática Nacional (ADN) y presidente de esta comisión presentó un informe al Pleno de la Asamblea que dice que desde 2008 hasta 2025 se han asignado 263 millones de dólares para el fondo partidario y el financiamiento de la publicidad electoral

Torres explicó que “los fondos destinados a los partidos políticos no han contribuido a mejorar la democracia” y que “este supuesto beneficio no ha ido a los partidos, sino a determinados políticos”. Con 81 votos a favor, la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reforma parcial el 7 de agosto de 2025. 

Luis Miguel Rivera, abogado experto en gestión pública y asesor de partidos políticos explica: “Si bien la Asamblea Nacional ya ha aprobado esta iniciativa propuesta por el presidente Daniel Noboa, falta un segundo y determinante momento que será el referéndum en el que los ciudadanos deberán manifestar a favor o en contra de esta iniciativa”. 

Te explicamos que implicaría la reforma al financiamiento de organizaciones políticas.

Si gana el SÍ, así se financiarán las organizaciones políticas 

El 5 de agosto de 2025, el presidente Daniel Noboa, publicó las siete preguntas de la consulta popular 2025 y el referéndum. Una es: ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Con la reforma, los partidos y movimientos políticos se financiarían solo con los aportes de sus afiliados y simpatizantes

El artículo 115 dice que el Estado ecuatoriano, a través de los medios de comunicación, garantiza de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral y la difusión de las propuestas de las candidaturas. Es decir, garantiza que todas las organizaciones políticas en campaña electoral tengan propaganda electoral, que incluye publicidad en medios de comunicación.

Este artículo también prohíbe expresamente que las organizaciones políticas contraten directamente publicidad en los medios de comunicación y vallas publicitarias. Es decir, solo pueden hacerlo con este fondo que se canaliza a través del CNE.

Con la reforma, se eliminaría la garantía de la difusión de las propuestas de las candidaturas. Es decir, el Estado ya no se va a encargar de dar espacio o visibilidad a las propuestas de los candidatos a través de propaganda electoral en medios de comunicación.  

También con la reforma, se eliminaría la prohibición de contratar publicidad por cuenta de cada organización. Ahora las organizaciones políticas podrían contratar directamente la publicidad con quienes quieran y cuanto quieran. 

El artículo reformado mantiene la prohibición que ya existía de usar recursos, infraestructura estatal y publicidad gubernamental para la campaña electoral. Esto sería en caso de un candidato-presidente, autoridades que busquen la reelección mientras todavía ejercen su cargo, u organizaciones políticas que están en el poder y promuevan su candidato. 

“Pero insisto, mientras no se logre restablecer el sistema político electoral, los cambios —como la eliminación del financiamiento estatal— podrían ser más peligrosos que remediales a la situación actual de los partidos políticos”, dice Mónica Bolaños, abogada experta en derecho electoral. Bolaños se refiere al posible financiamiento con aportes ilícitos. 

¿Balance para la participación equitativa? 

A pesar de que el objetivo del financiamiento estatal para los partidos y movimientos políticos es garantizar una participación equitativa, Bolaños aclara que no todas las organizaciones políticas pueden acceder a estos fondos por los requisitos que existen en el Código de la Democracia. 

Según Rivera, el financiamiento estatal no logra un balance para la participación equitativa ya que existen otros problemas como regular las dirigencias, las candidaturas, y el número de partidos políticos. 

“Para nadie es un secreto que las organizaciones políticas en el Ecuador tienen dueños”, reflexiona Rivera. Explica que es el dueño del partido quien decide ciertas cosas. “Puede decidir quiénes son los candidatos o puede decidir alquilar el partido”, dice, preocupado. 

En el Ecuador existen partidos que no tienen ninguna congruencia ideológica. Rivera pone como ejemplo que en una elección respaldan a un candidato de derecha y en la siguiente elección respaldan a un candidato de izquierda.

Por ejemplo, el movimiento RETO. En 2017 apoyó la candidatura presidencial de Guillermo Lasso. En las elecciones de 2023, su candidato presidencial fue Xavier Hervas. Para las elecciones de 20205, tuvo una alianza con la Revolución Ciudadana y apoyó la candidatura presidencial de Luisa González.

Para Rivera, el financiamiento estatal a los partidos políticos es parte del problema, pero no es el principal que enfrenta la regulación de los partidos políticos. “Eliminar el financiamiento, solo va a agravar la situación ya muy difícil que atraviesa nuestra democracia”, reflexiona Rivera.

Bolaños explica que una posible solución sería fortalecer o implementar mayores requisitos para la creación de organizaciones políticas “porque hay que recordar que en una democracia, las voces de todos los sectores son importantes”, dice Bolaños. 

Dejar de financiar partidos, ¿abrirle camino al crimen organizado?

“Si el Estado no pone el dinero, de algún otro lado va a provenir ese dinero”, advierte Rivera. Las consecuencias no van a ser las esperadas, dice. “En lugar de equilibrar la balanza electoral, habrá aportes ilícitos para sustentar a las organizaciones políticas”, opina Bolaños.

Plantear esta reforma como una cura en nuestra democracia es irresponsable, más aún en el momento actual que atraviesa el Ecuador de una crisis de seguridad”, dice Rivera.

Según el Informe Global contra el Crimen Organizado Transnacional, Ecuador es un país clave para el almacenamiento y exportación de drogas. En 2023 ocupó el puesto 11 en el ranking mundial de tasa de criminalidad. 

En enero de 2024, el presidente Noboa declaró el conflicto armado interno, es decir, una guerra entre el Estado y más de 22  grupos armados que operan en el Ecuador y se disputan varias industrias ilegales. 

Según Acled, en 2024 había al menos 37 bandas criminales activas —un 54% más que en 2023— y existió una segunda ola de fragmentación.

Para Rivera, en las circunstancias que atraviesa el Ecuador “se crea el caldo de cultivo perfecto para que las economías criminales financien a las organizaciones políticas o que los grandes grupos de poder sean los únicos que puedan participar directa o indirectamente en la política”. 

Actualmente, las campañas políticas también se financian con aportes privados y existen ciertas reglas para evitar aportes ilícitos. Por ejemplo, los candidatos deben declarar —con nombre y apellido— registrar y justificar el origen y monto de los aportes. 

El crimen organizado podría financiar a candidatos dispuestos a actuar en su favor, dice Rivera, eligiendo a aquellos que protejan sus intereses. A través de este apoyo, lograría controlar la política, asegurándose de que las decisiones beneficien a sus actividades ilegales.

“Las organizaciones políticas se van a convertir en medios idóneos para que estas economías criminales puedan lavar los activos por un lado y por otro lado someter a la clase política definitivamente a sus intereses”, advierte Rivera.

¿Un ahorro de recursos estatales? 

El Presupuesto General del Estado para 2024 fue de 35.536,04 millones de dólares, según el Ministerio de Economía y Finanzas. El aprobado para 2025 es de 36.063,02 millones de dólares.

El fondo de promoción electoral para las elecciones generales 2025 fue de 13,9 millones de dólares —lo que representa aproximadamente 0,039% del presupuesto de 2025.

“Hay que ver cuánto representa este aporte estatal en financiamiento de los partidos políticos en el Presupuesto General del Estado. En realidad, es una cantidad irrisoria que no va a tener ningún impacto significativo en las finanzas públicas”, dice Rivera.

Rivera aclara que “no es que con esto vamos a superar el déficit fiscal. Simplemente va a ser un gasto menos que hacer”. 

“Para el votante ecuatoriano, parecería que es una buena opción la eliminación del financiamiento público a las organizaciones políticas —hablando superficialmente— puesto que creerían que es una manera de eliminar partidos”, dice Bolaños.

Rivera explica que retirar el financiamiento a las organizaciones políticas no significa que automáticamente van a desaparecer los partidos y añade que un aspecto minúsculo pero positivo, sería obligar a las organizaciones políticas a la creatividad, a la reorganización, a la reinvención.

“La reforma propuesta tiene una buena intención pues se busca que, al final, ese dinero vaya destinado a otras áreas del Estado”, dice Bolaños, pero advierte que esta eliminación del financiamiento estatal podría causar más desbalance entre quienes pueden aportar más dinero a organizaciones políticas. 

Así se financian las organizaciones políticas en Ecuador

En el Ecuador las organizaciones políticas tienen un sistema mixto de financiamiento. El fondo de promoción electoral y el fondo partidario permanente son públicos. La tercera fuente de financiamiento son los aportes privados.

El fondo de promoción electoral es asignado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) sólo en época electoral —para elecciones seccionales y generales — y solo para las candidaturas debidamente inscritas y en firme. 

Este fondo se asigna exclusivamente para la difusión de las candidaturas en medios de comunicación: televisión, radio, prensa escrita, vallas y medios digitales mientras dure la campaña electoral. 

Las pautas en redes sociales no forman parte de este fondo. Es decir, si una organización política quiere pautar en Facebook, Instagram u otras redes sociales, debe hacerlo con aportes privados o el fondo partidario permanente, también entregado por el CNE.

El fondo de promoción electoral no se entrega directamente a la organización política, sino que el CNE, mediante el tarifario electoral, hace el pago al medio de comunicación.

El otro fondo público también se conoce como fondo partidario permanente. “No es que todas las organizaciones políticas accedían y dicho fondo no está destinado para hacer campañas electorales”, dice Bolaños.

El objetivo del fondo partidario permanente es financiar el funcionamiento continuo de los partidos y movimientos políticos. La organización política lo puede utilizar para su funcionamiento interno en épocas no electorales como la capacitación e investigación para sus afiliados y el funcionamiento interno del partido. También pueden usar este fondo para otros gastos de campaña electoral que no estén dentro del fondo de promoción electoral.

Bolaños explica que para acceder a este fondo, el CNE realiza un análisis previo, “las organizaciones políticas entregan de manera completa su documentación contable”, dice. 

El fondo partidario permanente es asignado anualmente por el CNE. Proviene de las multas que recauda el CNE —como cuando un ciudadano no va a votar o no se presenta en mesa— y de aportes del Presupuesto General del Estado. 

La tercera fuente de financiamiento de partidos políticos son las aportaciones privadas de los afiliados, adherentes y simpatizantes del partido o movimiento político, de recursos obtenidos de actividades organizativas, o de las rentas ocasionales generadas por sus inversiones, donaciones o legados. 

Las aportaciones privadas tienen un límite que se calcula por cada cargo de elección popular. Por ejemplo, el límite para el binomio presidencial en las elecciones generales 2025 fue de 5.494.526 dólares.

Para saber en detalle sobre las reglas, prohibiciones y otras regulaciones del financiamiento de la campaña electoral, lee esta nota

El origen del financiamiento estatal de la política 

El financiamiento estatal a organizaciones políticas en el Ecuador existe desde 1978. Rivera explica que desde el retorno a la democracia, ese año, se creó una comisión que se encargó de redactar las Leyes de Elecciones y de Partidos

“Oswaldo Hurtado fue una de las figuras más visibles de esa iniciativa legislativa que lo que buscaba en el Ecuador era crear un sistema verdadero de partidos. Es decir, tener partidos ideológicos con militancias, con estructura y por tanto necesitaban un financiamiento para que puedan mantener esa estructura”, dice Luis Miguel Rivera. 

En 1978 los fondos estatales para organizaciones políticas eran administrados por el Tribunal Supremo Electoral (hoy Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral) que se encargaba de organizar las elecciones y canalizar hacia los partidos políticos los recursos para su funcionamiento y campañas.

A partir de esa fecha, han existido reformas pero no modificaron la esencia del financiamiento estatal a organizaciones políticas

El presidente Noboa quiere hacer creer que está desmontando toda la carga ideológica lógica de la Constitución del 2008”, dice Rivera, pero recuerda que ese financiamiento estatal ya existía desde mucho antes.

Antes de la Constitución de 2008, opina, el tema electoral no era visto como una función del Estado. “A partir del 2008 se le concibe como una función y se divide al órgano electoral en dos, en uno jurisdiccional y en otro administrativo”, dice Rivera.

Antes del 2008 existía un órgano único que tenía dos funciones, la administrativa y la jurisdiccional que era el Tribunal Supremo Electoral. Desde el 2008, el Tribunal Supremo Electoral se divide en dos: el Consejo Nacional Electoral (CNE), que es el administrativo, y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), encargado de administrar la justicia electoral.

Rivera explica que también desde el 2008 se desarrolló la legislación para el financiamiento. Por ejemplo, en 2009 se expidió el Código de la Democracia que es la norma principal para regular todo lo relacionado con los procesos electorales y la participación política en el país.

Veronica Teran
Verónica Terán
Reportera de GK. Abogada por la PUCE.
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