La noche del 24 de junio de 2025, en una sesión cargada de tensiones y decisiones de última hora, la Asamblea Nacional aprobó la controvertida Ley Orgánica de Integridad Pública.
La ley, presentada como un proyecto económico urgente por el presidente Daniel Noboa, reforma otros cuerpos legales. El proyecto ha sido cuestionado por opositores al gobierno de Noboa y varios expertos porque contiene algunas medidas polémicas y porque trata de reformas múltiples, cuando los proyectos económicos urgentes deben versar, por mandato constitucional, de un solo tema —una cualidad que en la jerga legal se conoce como “unidad de materia”.
Entre las disposiciones polémicas, está el aumento de penas para menores de edad que cometen delitos. También ha sido cuestionado que permite que la función Judicial sea declarada en emergencia, y que los jueces sean nombrados sin concurso de méritos. Y una disposición incluida a último momento permitirá la expulsión de presos extranjeros sin sentencia ejecutoriada. Además, se aprobaron cambios al proceso mediante el que el Estado adquiere bienes y servicios.
El proyecto fue aprobado con 84 votos a favor de una mayoría liderada por Acción Democrática Nacional (ADN), el movimiento focilista. La bancada correísta de la Revolución Ciudadana recurrió al modus operandi de su forma de hacer oposición: gritar y reclamar lo que la aplanadora noboísta tramita en el pleno.
En un momento, su asambleísta Luisa Molina apeló a la presidencia de Niels Olsen en un intento de frenar la votación. Como en una ocasión anterior, el pedido correísta no prosperó.
Su principal crítica al proyecto era, precisamente,que la ley se presentó como herramienta para fortalecer la contratación pública, pero terminó reformando varias leyes, lo cual violaría la “unidad de materia”. Como una “aberración legislativa” la calificó la bancada correísta. Pues aunque fue calificada como económica urgente, no cumpliría con su propósito.
La diversidad de temas incluidos en la ley ha sido cuestionada también por expertos legales. “Están tratando una fanesca de temas que no guardan conexión lógica ni relación con el objetivo del proyecto”, le dijo el constitucionalista Gonzalo Muñoz a GK.
La Ley de Integridad Pública, enviada por el presidente Daniel Noboa en mayo de 2025, reforma una decena de leyes. Entre ellas, el Código Orgánico Integral Penal, el Código de la Niñez y Adolescencia, la Ley Orgánica del Servicio Público y el Código de la Función Judicial. Busca, según su propio texto, combatir la corrupción, mejorar la eficiencia estatal y frenar la violencia institucional.
Llega en medio de una crisis de seguridad en el Ecuador: más de 3.000 menores fueron detenidos por crimen organizado entre enero y octubre de 2024. Los casos Metástasis, Purga y Encuentro, expusieron nexos entre justicia y narcotráfico. El país obtuvo apenas 32/100 en el Índice de Percepción de la Corrupción 2024 y casi el 40% de sus funcionarios no ha sido evaluado en dos años.
Te explicamos más.
Una ley económica urgente no puede tratar más de un tema
Un proyecto de ley de carácter económico urgente, según el artículo 140 de la Constitución, debe referirse solamente a asuntos financiera, tributaria, fiscal o presupuestaria.
La Ley de Integridad Pública fue pensada inicialmente para mejorar la eficiencia del Estado en compras públicas. Pero su texto final incluye más de 100 reformas, que van desde el aumento de penas, contratación de jueces, hasta la expulsión de presos extranjeros.
Sin embargo, el abogado constitucionalista Gonzalo Muñoz dice que cuando se incluyen otros temas, como la contratación de jueces, “se desnaturaliza el principio de unidad de materia que tiene que cumplirse durante todo el trámite del proyecto de ley, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica”, explica Muñoz.
La unidad de materia implica que todos los temas de un proyecto de ley tienen que tener una conexión lógica entre sí y cumplir con el objeto de esa ley.
Es decir, si una ley económica urgente trata sobre mejorar la eficiencia del Estado en compras públicas solo se podría haber reformado la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y a la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep).
La Corte Nacional de Justicia explica que la seguridad jurídica son lineamientos claros, precisos y estables para que los ciudadanos adecuen sus conductas al marco legal existente. Al reformar otra normativa legal, de forma inesperada o sin el debido debate, se genera incertidumbre y afecta la confianza en el sistema legal.
Entonces, no se cumpliría con los requisitos para ser una ley económica urgente. En ese caso, una vez que la ley se publique en el Registro Oficial y por ende entre en vigencia, cualquier persona podría interponer una demanda de inconstitucionalidad alegando que no cumpliría con el principio de unidad de materia y vulneraría la seguridad jurídica.
Además, en el texto aprobado, hay tres reformas que han generado controversia.
15 años de prisión para menores de edad
La Ley de Integridad Pública aumenta la prisión para menores de edad que cometen delitos.
Antes, según el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, un niño, niña o adolescentes que cometía un delito, como asesinato, podía ser sancionado con una pena máxima de 8 años. Sin embargo, con la reforma, podrán ser condenados hasta 15 años.
Según la nueva ley, si la pena es por un delito que en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se sanciona con cárcel de entre 3 y 5 años, los menores estarán en “internamiento institucional” —es decir, recluidos en un centro para menores —entre 1 y 2 años.
Si la pena es de entre 5 años y 10 años en el COIP, permanecerán recluidos entre 3 a 5 años.
En los casos en que la condena supere los 10 años en el COIP, el internamiento será de 10 a 12 años.
En casos de delitos más severos —pertenecer a un grupo de delincuencia organizada, asesinato, femicidio, violación— se impondrá un internamiento de 12 a 15 años.
Según la ley aprobada, los procesos deben ser atendidos e impulsados por funcionarios especializados en niños, niñas y adolescentes. Por ende, dice la ley, las sentencias deben ser expedidas por jueces especializados en menores de edad.
Los adolescentes sentenciados que cumplan 18 años, pero que aún no han cumplido la totalidad de su pena, permanecerán en una sección especial del mismo centro para menores. Sin embargo, esta regla cambia bajo la declaratoria de conflicto armado interno, vigente en Ecuador desde enero de 2024.
Si cometió un delito como sicariato, asesinato, lavado de activos, extorsión, delincuencia organizada, terrorismo, entro otros, el joven irá a una cárcel para adultos para terminar de cumplir su condena.
La ley dispone que estos jóvenes sean ubicados en secciones especiales dentro de esos centros penitenciarios, “a fin de garantizar la protección de sus derechos”.
Antes, si los adolescentes cumplían 18 años continuaban su condena en los centros de menores hasta que completarla, explica el penalista Miguel Ángel Angulo.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia ( Unicef) expresó su preocupación. Calificó a la reforma como medidas “regresivas al sistema de justicia juvenil”.
Además, dijo que este tipo de acciones no han sido efectivas para combatir la inseguridad, y, en cambio, van en contra de la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño.
🔴 Pronunciamiento oficial. pic.twitter.com/17tuFiIyxI
— UNICEF Ecuador (@unicefecuador) June 25, 2025
Angulo advierte que “estamos frente a un discurso populista”.
“El populismo penal se basa en adoptar soluciones fáciles, frente a problemas que son sumamente complicados estructurales, como la criminalidad organizada o la corrupción”, dice Angulo, para quien la reforma responde más a una necesidad política de mostrar acciones ante la inseguridad que a una estrategia coherente de política criminal. También duda de la efectividad de estas sanciones para evitar que Grupos de Delincuencia Organizada (GDO) sigan reclutando menores de edad.
Dice que los líderes y mandos medios de estas estructuras criminales no se ven afectados por las penas que reciben los adolescentes que reclutan. “Al contrario, en ciertos casos, a los cabecillas incluso les conviene que el menor sea dado de baja. Así se evitan pagarle”, dice.
Además, Angulo dice que si los adolescentes cumplen la mayoría de edad serán trasladados a cárceles de adultos como La Roca, Latacunga o la Penitenciaría del Litoral. “¿Cómo se puede hablar de reinserción?”, se pregunta. En Ecuador, las cárceles también han sido cooptadas por el narcotráfico, incluso, la Penitenciaría es la cárcel más violenta del país.
Jueces sin concurso y penas más severas para los que se corrompan
Actualmente, la Función Judicial enfrenta una crisis. Además de que los jueces no han sido evaluados desde 2017, hay un déficit de alrededor de 300 jueces en Ecuador, según Solanda Goyes, vocal del Consejo de la Judicatura.
La Ley de Integridad Pública reforma al Código Orgánico de la Función Judicial, otorgándole potestad al presidente del Consejo de la Judicatura de declarar en emergencia al sistema de la Función Judicial.
La ley no reforma ni elimina directamente los concursos de méritos y oposición, pero sí crea un mecanismo paralelo que permite el nombramiento por la emergencia.
La declaratoria de emergencia, que será temporal y excepcional, le permite reasignar recursos presupuestarios y realizar contrataciones de emergencia —los funcionarios públicos nombrados en ese período no tendrán estabilidad laboral.
Para el abogado constitucionalista Gonzalo Muñoz, “al declarar una emergencia en la Función Judicial, se permite poner jueces temporales, es decir, jueces golondrina”, algo que, a su criterio, es sumamente grave. Estos procesos expeditos y excepcionales en el Ecuador siempre han terminado en abusos crónicos, afirma.
La declaratoria de emergencia también le da la potestad a la Judicatura para que haga evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales. El abogado constitucionalista, André Benavides, cuestiona que “bajo pretexto de la evaluación se busque sacar a jueces y fiscales que resulten incómodos”.
Muñoz agrega que “esto genera incertidumbre ante la ciudadanía, genera una violación al derecho de seguridad jurídica”.
Otra de las reformas sobre los jueces se hizo en el Código Orgánico Integral Penal.
Ante los escándalos por los casos de corrupción de algunos jueces en los casos Purga, Metástastis y Pantalla, la ley aumenta la pena para los magistrados y también incluye a fiscales que cometan el delito de prevaricato, que se comete cuando una autoridad, como un juez o funcionario público, dicta resoluciones arbitrarias o contrarias a la ley, con pleno conocimiento de su injusticia. Implica un abuso deliberado del poder para beneficiar o perjudicar a alguien.
Ahora, quienes lo perpetren podrán ser sancionados con pena privativa de libertad de 7 a 10 años por prevaricato. Si benefician a integrantes de un grupo de delincuencia organizada, serán sancionados con pena privativa de libertad de 10 a 13 años. Según la ley, los sentenciados no podrán volver a ejercer su profesión por el doble de la pena impuesta.
Antes de la reforma, la pena era de 3 a 5 años, y la inhabilitación para el ejercicio profesional era de seis meses.
Extranjeros sin sentencia ejecutoriada serán expulsados
Ecuador está en conflicto armado interno, declarado por el gobierno de Noboa en enero de 2024.
En ese contexto, la Ley de Integridad Pública permite la deportación extranjeros privados de libertad, incluso sin una sentencia condenatoria ejecutoriada, con una prohibición de reingreso de 40 años.
El nuevo artículo 61.1 del Código Orgánico Integral Penal dice que durante el tiempo que dure el conflicto armado interno, cualquier extranjero que esté en la cárcel —antes o después de la declaratoria— podrá ser deportado si así lo determina el Ministerio del Interior. Antes lo ordenaba un juez.
La medida es aplicable a cualquier tipo de delito sancionado con pena privativa de libertad y no exige que se haya dictado sentencia firme. Basta con que exista una orden de prisión preventiva.
El texto también dice que si la persona reingresa al país antes de que se cumpla el plazo de 40 años, incurrirá en el delito de incumplimiento de decisiones legítimas. Entonces, deberá retomar el cumplimiento de la pena en caso de que exista una sentencia ejecutoriada pendiente.
Andrés Castillo, asambleísta de Acción Democrática Nacional (ADN) y proponente de esta reforma, señaló que actualmente hay cerca de 1.600 ciudadanos extranjeros recluidos en las cárceles del país. Para su custodia, se requiere 500 militares. Además, tenerlos en prisión representa un gasto anual de alrededor de 4 millones de dólares para el Estado ecuatoriano.
“Ya basta de cargar con quienes vienen a delinquir”, escribió en su cuenta de X la asambleísta Lucía Jaramillo, tras la aprobación de la ley.
🚨 ¡Ya basta de cargar con quienes vienen a delinquir!
— Paola Jaramillo (@PaolaJaramilloZ) June 24, 2025
Con la nueva #LeyDeIntegridadPública, se aprobó la expulsión del territorio nacional, por 40 años a los extranjeros involucrados en crimen organizado.
💰 El dinero del pueblo no pagará condenas ajenas. #NadaNosDetiene 🇪🇨 pic.twitter.com/2FYlwJxPd2
Se crea un nuevo portal para las compras públicas
Esta ley en el capítulo segundo llamado Reformas en Compras Públicas, establece 35 reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Específicamente, al Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP) y al Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).
La principal razón para estas reformas son las denuncias recibidas por el Sercop. Según la directora general del SERCOP en 2023, María Jijón, las denuncias son por peculado, concusión, manipulación del sistema informático, entre otros.
Estas reformas por ejemplo, agrega atribuciones al Sercop como desarrollar y administrar el Portal de Contratación Pública, que se va a manejar con datos abiertos y con apoyo de la inteligencia artificial.
Alejandra Alvear, abogada en evaluación de políticas públicas, explica que la implementación de un nuevo sistema sí podría facilitar y agilizar el proceso. Pero el manejo de datos abiertos también podría representar un riesgo por la información sensible que manejaría la plataforma —que podríamos visualizarla en tiempo real.
“El uso de una inteligencia artificial puede tener su margen de error y este margen de error puede producirse por mala introducción del algoritmo”, dice Alvear. “Tenemos que dar un tratamiento adecuado y comprender que el sistema va a seguir un algoritmo”, afirma.
Esta ley aclara que el Sercop no podrá crear nuevos reglamentos para regular el Sistema Nacional de Contratación Pública. “Esto es un tema que se debió regular hace mucho tiempo”, dice Alvear.
Sobre el financiamiento del Servicio Nacional de Contratación Pública, se aclara cómo serán destinados los recursos. Por ejemplo, los recursos obtenidos por el Registro Único de Proveedores (RUP) serán destinados a la implementación, desarrollo y mejoras del Portal de Contratación Pública.
Otra de las reformas es que ahora el Registro Único de Proveedores (RUP) es obligatorio. Esto significa que para participar los integrantes deben estar inscritos y habilitados en el RUP. Antes, los oferentes en procesos de menor cuantía podían no estar inscritos y obtener el RUP antes de firmar el contrato.
“Hay que ser conscientes de que sí manejamos una brecha tecnológica bastante amplia”, dice Alvear. Por ejemplo, los pequeños productores agrícolas sin RUP no van a poder participar. “Para mí, es un avance el que ya sea obligatorio. Pero podría limitar a los pequeños productores”, dice.
También se modificó la adquisición de bienes inmuebles. Por ejemplo, con la reforma ahora existe un proceso detallado para la declaratoria de utilidad pública —cuando un bien inmueble como casa o edificio pasa a ser administrado por un Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) o por el gobierno central. Ahora es necesario adjuntar las razones por la que es necesario y para qué va a ser utilizado.
Estas reformas incluyen, mayor responsabilidad para el administrador del contrato que deberá, entre otras cosas, tramitar y dar seguimiento al pago a favor del contratista.
Además se añade cláusulas obligatorias a los contratos. Por ejemplo, que el contratista declare no estar involucrado en prácticas ilícitas o éticamente incorrectas durante todas las fases de la contratación.
Alvear aclara que la norma es muy amplia. “Que el administrador de contrato no esté vinculado en prácticas ilícitas, ayuda a ejercer gestión de control. Pero también limita al administrador de contrato,” afirma. Explica que prácticas ilícitas o éticamente incorrectas es dar potestad discrecional a la administración pública —es decir que ellos decidan que es lo éticamente incorrecto.
Evaluación a todos los funcionarios y más
La ley contiene reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep), con el objetivo de fortalecer la eficiencia, transparencia y responsabilidad en el desempeño de los servidores públicos en Ecuador.
Entre los cambios más relevantes está la creación de un sistema obligatorio de evaluación del desempeño a todos los funcionarios del Estado —que no han sido evaluados desde hace dos años.
Quienes obtengan una calificación “insuficiente” podrán ser destituidos mediante sumario administrativo —sin derecho a indemnización—, mientras que quienes resulten evaluados como “regulares” serán sometidos a una segunda evaluación en el plazo de tres meses.
Si no mejoran su calificación, también serán separados del cargo.
La reforma también redefine el concepto de estabilidad laboral en el sector público. Se establece que esta dependerá del cumplimiento de metas, la calidad en la atención, la eficiencia y la responsabilidad funcional.
Otro de los ejes centrales de la reforma es que obliga a las instituciones a contar con manuales actualizados de descripción, valoración y clasificación de puestos, como requisito previo para tomar decisiones de contratación, desvinculación u otras acciones administrativas. Su incumplimiento es una falta grave.
Además, se endurece la disciplina con la creación de un procedimiento específico para sancionar la deficiencia laboral grave, que permitirá la destitución de un funcionario público sin necesidad de que haya una infracción ética o legal previa, siempre que exista un informe técnico o una evaluación con baja calificación.
La norma también establece la jubilación obligatoria a los 70 años, con excepción de docentes universitarios, quienes podrán continuar hasta los 75.
Únete a la GK Membresía y recibe beneficios como comentar en los contenidos y navegar sin anuncios.
Si ya eres miembro inicia sesión haciendo click aquí.