El  Impuesto al Valor Agregado (IVA) bajará del 12% al 8% en Ecuador durante los cuatro días del feriado de Carnaval —del 26 de febrero al 1 de marzo—. Esta reducción se aplicará únicamente en los servicios que formen parte del sector turístico, es decir en alojamientos, agencias de viaje y servicios turísticos, sector de alimentos y bebidas y transporte terrestre, aéreo y marítimo.

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Este anuncio lo hizo el presidente Guillermo Lasso durante su espacio semanal en el que dos periodistas, seleccionados por el gobierno, lo entrevistan. Allí explicó que esta medida será aplicada gracias a las reformas tributarias establecidas en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal —que fue aprobada en noviembre del 2021 por el ministerio de la ley—.  Esta ley le permite al “presidente bajar el Impuesto al Valor Agregado  del 12% hasta el 8% para determinados días del año”, dijo Lasso.

En esta ley se establece que puede haber una rebaja de cuatro puntos porcentuales del IVA  “a la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas, hasta por un máximo de 12 días al año durante feriados o fines de semana, sean unificados o divididos; ya sea a escala nacional o regional”. Además, la ley especifica que el presidente de la República puede tomar esta decisión “mediante decreto ejecutivo”.

Lasso dijo durante la entrevista que en el próximo feriado— de carnaval—  se aplicará la medida“para estimular el turismo local, bajaremos el IVA hasta el 8% durante esos cuatro días, a efectos de dinamizar el sector”.

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La economista Betty Silva explica que una reducción de impuestos temporal está orientada a impulsar a determinados sectores productivos y en este caso está asociado al turismo y actividades relacionadas. La experta dice que la medida servirá para impulsar el turismo porque muchos ecuatorianos se sentirán motivados a viajar y esto se traducirá en un incremento de turistas. “Pero al ser una medida temporal, el resultado no será muy impactante, porque muchos planificarán sus viajes en esta fecha, pero se restringirá en fechas posteriores”, dice Silva.

La economista aclara que si se mide el impacto al final del año, el efecto no será muy significativo y que no incidirá de forma importante en el consumo de la población y que las personas podrían modificar sus “expectativas (de compra o de viaje) en función de estas medidas temporales”. Además, Silva aclara que no todos los ecuatorianos pueden beneficiarse de esta medida, debido a que los ingresos familiares no les permiten asignar parte de sus recursos a actividades de recreación.

¿Cuáles son los servicios turísticos?

Según el Reglamento General de Actividades Turísticas, los servicios turísticos son:

  • Alojamientos: Se entiende por alojamiento a cualquier establecimiento que proporciona una estancia de manera habitual a las personas y ofrecen o no servicios complementarios. En esta categoría están los hoteles, hostales, hosterías.
  • Agencias de viaje y servicios turísticos: En este rubro están quienes ofrecen servicios directos o de intermediación en la compra de boletos o alojamientos, tours, etc. 
  • Sector de alimentos y bebidas: En este segmento se encuentran quienes ofrecen los servicios de alimentación y bebidas en los establecimientos permitidos.
  • Transporte terrestre, aéreo, marítimo: Son las cooperativas de transporte de pasajeros, líneas aéreas, alquiler de autos.
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Liz Briceño Pazmiño
Periodista. Ex reportera de GK. Ha publicado en El Mundo (España) y Axios(EE.UU). Es becaria del International Center for Journalists (ICFJ). Máster en Producción, Edición y Nuevas Tecnologías Periodísticas. Cubre migración, derechos humanos y economía.

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