Hoy, 7 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de México votó a favor de la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto en el estado de Coahuila. Por unanimidad, con 10 votos a favor —se necesitaban 8 —, la Suprema Corte resolvió que es inconstitucional criminalizar el aborto en todas las causales. La Corte declaró inválido el artículo 196 del Código Penal del estado de Coahuila —al noroeste del país— que establecía una pena de prisión a la mujer que aborte de manera voluntaria o para quien le hiciera abortar con el consentimiento de ella. Con esta decisión, los jueces de los 32 estados del país no pueden dictar prisión a una mujer o personas gestantes que aborten. 

La decisión de la Corte también se refirió al artículo 198 del mismo Código Penal. Una parte de ese artículo dice que una mujer no puede ser atendida por personal sanitario en caso de aborto voluntario. También mencionó al artículo 199 que limitaba a 12 semanas la posibilidad de abortar en casos de violación sexual, inseminación o implantación artificial (implantación de semen directamente en el útero cerca de la fecha en la que el ovario libera óvulos). 

Un comunicado de la Suprema Corte dice que desde ahora los jueces federales y locales de México, deben acatar esta decisión. México es una República Federal, es decir, un país conformado por estados que tienen una cierta autonomía para decidir asuntos internos. 

Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte, dijo sobre la decisión: “Hoy es un paso más en la lucha histórica por su igualdad, por su dignidad y por el pleno ejercicio de sus derechos”. 

La Corte dijo que “el producto de la gestación” debe ser protegido mientras avanza el tiempo de embarazo pero “no se puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva”. El derecho al aborto incluye también a las mujeres que hayan sido violadas por su cónyugue, concubinos o parejas civiles. Dayenari Arellano, abogada experta en derechos humanos de México, explica que muchas leyes de los Estados de México no contemplaban la violación dentro del matrimonio.  

Antecedentes de la votación 

Por dos días, los ministros de la Suprema Corte debatieron las acciones de inconstitucionalidad que llegaron desde los estados de Coahuila y Sinaloa, donde se penalizaba el aborto, con cárcel de uno a tres años, y donde se consideraba la existencia de la vida desde el momento de la concepción, dice Arellano. En Cohauila n el aborto era legal solo en casos de violación, peligro de la mujer embarazada, enfermedades congenitas graves del feto. 

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Antes de esta decisión, diferentes Estados tenían regulaciones sobre el aborto. En 2007, en Ciudad de México, una ley estableció que se podía interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de  gestación sin tener que dar explicaciones. En 2019, los estados de Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, declararon legal el aborto. Hasta hoy, esos eran los 4 —de los 32 estados mexicanos— en los que las mujeres pueden practicarse un aborto aborto. 

¿Qué países de la región han despenalizado el aborto? 

A finales de 2012, Uruguay despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo por todas las causales. Para hacerlo, la mujer debe comparecer ante una comisión de profesionales para que se evalúe la decisión de abortar. En Cuba, Guyana, Guyana Francesa, Puerto Rico también es legal practicar un aborto en todos los causales. 

En Argentina, el 30 de diciembre de 2020, el Senado aprobó la ley de interrupción voluntaria del embarazo y la atención postaborto. La ley estipuló estándares que aseguren el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo. 

En Ecuador el aborto por todas las causales sigue penalizado. El 28 de abril, la Corte Constitucional despenalizó el aborto por la causal violación.