La Corte Constitucional es el máximo tribunal del Ecuador. Según la Constitución, es el principal órgano de control, interpretación y de administración de la justicia constitucional. Fue constituida en 1945 como el Tribunal de Garantías Constitucionales. En los últimos 70 años su nombre fue cambiando hasta que en 2012 se cambió su nombre oficialmente a Corte Constitucional del Ecuador. Según la Constitución, tiene jurisdicción nacional y su sede debe estar en Quito, capital del Ecuador.
La Corte es la encargada de garantizar que los derechos constitucionales de los ecuatorianos se cumplan. Según su Plan Estratégico Institucional 2020-2023, también tiene la atribución de interpretar la Constitución “y administrar justicia en esta materia”.
El alto tribunal es el encargado de decidir si los actos normativos y administrativos —como reglamentos y las leyes— de las autoridades del Estado son constitucionales —es decir, si se apegan al marco jurídico establecido por la Constitución. En estos casos, la Corte necesita que haya una demanda de inconstitucionalidad para poder revisarlos. La Corte También debe resolver las objeciones de inconstitucionalidad presentadas por el Presidente de la República cuando vete una ley.
La Constitución también le da a la Corte la atribución de hacer un control de constitucionalidad a los decretos ejecutivos que incluyan un estado de excepción. El abogado constitucionalista Ismael Quintana dice que el análisis es posterior a que el decreto sea emitido y es automático, la Corte no necesita que haya una demanda para analizarlo.
Otra de las atribuciones de la Corte, según el Plan Estratégico Institucional, es hacer un “control previo de constitucionalidad de proyectos de enmiendas, reformas o cambios constitucionales”. También de las convocatorias a referendos y consultas populares para pedir estos recursos y los tratados internacionales. La Corte Constitucionalidad también determinará la validez de los pedidos de juicio político del Presidente y Vicepresidente, los de destitución del Presidente y de los decretos de disolución de la Asamblea Nacional.
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La Constitución dice que la Corte Constitucional estará conformada por 9 miembros que desempeñarán sus cargos por un periodo de 9 años. Cada 3 años puede haber una renovación parcial de los jueces. Sus miembros no podrán tener reelección inmediata después de cumplir el periodo establecido.
Los jueces de esta Corte no podrán ser sometidos a un juicio político, tampoco podrán ser removidos por quienes los designen. Sin embargo, el artículo 431 de la Constitución dice que estarán sometidos a los mismos controles que las otras autoridades públicas. Los jueces de la Corte Constitucional solo podrán ser acusados por el Fiscal General de la Nación y juzgados por el pleno de la Corte Nacional de Justicia.
La actual Corte Constitucional fue conformada en 2019. El 30 de enero de ese año, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (CPCCS-T) aprobó la resolución con la que se designó a los 9 jueces constitucionales. Los escogieron de un listado de personas elegibles para ocupar esos cargos. Antes de constar en esa lista, los posibles candidatos fueron seleccionados con un concurso de oposición y méritos.
Actualmente la corte es presidida por Hernán Salgado. Él es doctor en Jurisprudencia y tiene un PhD en Ciencias Políticas. Según su perfil en el sitio web de la Corte Constitucional, fue profesor de Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) desde 1978 hasta 2013. También dice que fue juez de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos por dos periodos entre 1992 y 2003. Fue presidente de este organismo internacional entre 1997 y 1999.
La vicepresidenta de la Corte es Daniela Salazar, abogada con una maestría en leyes obtenida en la Universidad de Columbia de Nueva York. Según el sitio web de la Corte, Salazar trabajó como especialista en derechos humanos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. También fue consultora e investigadora para la Oficina del Alto Comisionado De Derechos Humanos de Naciones Unidas.
Además de Salgado y Salazar, la actual Corte Constitucional está conformada por los jueces Ramiro Ávila, Karla Andrade, Agustín Grijalva, Carmen Corral, Enrique Herrería, Teresa Nuques y Alí Lozada. Los jueces estarán en el cargo hasta 2028. Según el informe del Plan Estratégico Institucional 2020-2023, desde que la actual corte se posesionó en febrero de 2019 hasta junio de 2020 se habían gestionado alrededor de 8 mil causas.
Ismael Quintana dice que “la corte ha obrado mayoritariamente bien”. El abogado dice que “no hay órganos perfectos y la Corte no ha estado exenta de críticas y equivocaciones”, pero que haciendo un balance, su labor ha sido positiva. Quintana resalta que el tribunal actual ha despachado los casos con más celeridad que la Corte anterior. Según el Plan Estratégico Institucional 2020-2023, entre febrero de 2019 y junio de 2020 los jueces procesaron el 57% de las 14 mil causas que quedaron represadas con sus predecesores.
La Corte resolvió, en un fallo histórico, declarar la constitucionalidad del matrimonio igualitario en Ecuador, cambiando para siempre un país fundamentalmente conservador. A pesar de la oposición de parte de grupos fundamentalistas religiosos, en junio de 2019 la Corte revisó los casos de Efraín Soria y de Javier Benalcázar y de Rubén Salazar y Carlos Verdesoto, dos parejas que solicitaban que el Registro Civil los casara. El 12 de junio de ese año la Corte Constitucional aprobó el matrimonio igualitario en el Ecuador con 5 votos a favor y 4 en contra, en una decisión que, aunque causó cierta polémica, fue respaldada por el pleno de la Corte que dijo que no tomaba decisiones sobre códigos morales, sino sobre aspectos jurídicos.
Entre 2015 y 2018, antes de que se conformara la actual Corte Constitucional, el tribunal tuvo como vicepresidenta a Pamela Martínez, quien fue sentenciada a 9 meses y 22 días de cárcel por el delito de cohecho en el caso Sobornos 2012-2016. Según la Fiscalía, en ese caso se investigaba una “estructura criminal” en la que empresas recibieron contratos a cambio de coimas. Martínez fue considerada como coautora del delito, pero su sentencia se redujo porque se acogió a la cooperación eficaz.