Después de 8 años, la Asamblea Nacional aprobó el Código Orgánico de Salud (COS). Muy pronto, la Conferencia Episcopal de Ecuador y otros grupos religiosos pidieron al presidente Lenín Moreno que lo vete totalmente. La ley que se aprobó el martes aborda un amplio número de temas pero entre los que han causado más polémica están la eliminación de la objeción de conciencia en la anticoncepción, la garantía de la atención inmediata de emergencias obstétricas, el uso medicinal del cannabis, y la reproducción humana asistida. 

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En esta entrevista, la abogada especializada en Derechos Humanos, Silvia Buendía, habla sobre las quejas al Código de Salud y las equivocadas interpretaciones de los activistas ultraconservadores. También explica por qué uno de los artículos, el de la maternidad subrogada, ha causado rechazo incluso a las activistas feministas.

Uno de los reclamos de los grupos autodenominados provida es que con el Código de Salud se podrán practicar abortos. ¿Qué es lo que están malinterpretando?

Una mujer que llega por emergencia con un aborto en curso, ya no está embarazada, ya no tiene un feto o un embrión vivo dentro de su cuerpo. Su situación es distinta. Cuando los obispos o Guillermo Lasso en su carta dicen que no se está privilegiando la vida, no entienden que no hay dos vidas que salvar. 

Cuando una mujer llega con un aborto, lo que tiene que hacer el médico es deternerle la hemorragia y hacerle una limpieza. No puede resucitar a un embrión cuando ha habido un aborto. No puedes salvar las dos vidas, solamente puedes salvar una, la de la mujer porque ya no existe ni feto ni embrión. Y esto está en concordancia con el artículo 29 de la Ley para erradicar la violencia contra las mujeres porque ahí se consiguió la primera conquista. ¿Te acuerdas de la marcha con mis hijos no te metas? Ahí decían que con esta ley para las mujeres se iba a despenalizar el aborto porque los médicos ya no podían denunciar, pero los médicos nunca pudieron denunciar. 

Esta discusión de la confidencialidad no es nueva…

No. El artículo 179 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ya habla sobre revelar un secreto: dice que cuando revelas un secreto que ha llegado a tu conocimiento por tu profesión, incurres en un delito. 

En su carta, Lasso menciona el artículo 422 que dice que es obligación de todo el mundo que conoce un delito, denunciar. Y sí, es verdad, es el deber de la denuncia. Pero dos artículos después, el mismo COIP dice si eres un profesional de la salud y el delito lo ha cometido tu paciente y te enteras por la atención médica, no puedes denunciarlo. Y si lo denuncias, estás cometiendo otro delito porque violas el artículo 179.

La falacia de los obispos y de Lasso es brutal porque se creen muy pilas hablando del artículo 422 del COIP pero no hablan de dos artículos que dice ‘oye no vale si eres médico’. Aquí estamos hablando de un delito, el médico que denuncia a la mujer está cometiendo un delito. En la Constitución también se habla del secreto profesional, de la confidencialidad de la información sobre tu salud. 

¿Cuál es la diferencia entre este artículo del COS sobre emergencias obstétricas y el artículo 150 del COIP que dice que se puede practicar un aborto no punible cuando la vida de la mujer está en riesgo? 

El artículo 150 habla de una mujer que está embarazada y dice que cuando se practica para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada, y ese peligro no puede ser evitado por otros medios, el aborto no es punible. Esa es la causal salud, es decir se da cuando la salud de una mujer está en riesgo y puede solicitar un aborto médico, que es legal. 

El artículo 150 del COIP no tiene relación con los artículos del Código de Salud que hablan de la emergencia obstétrica por la sencilla razón de que la mujer que llega a la emergencia ya no está embarazada. 

Otra de las quejas al Código de Salud es la maternidad subrogada. ¿Por qué nadie, de extremos opuestos, parece contento con esta parte?

Esa es la verdad, nadie está contento con eso. Yo personalmente he cambiado mi opinión sobre ese tema, así como sobre otros temas relacionados a los cuerpos de las mujeres. Por ejemplo, me dicen ‘mi cuerpo, mi decisión’ en el tema aborto, si una mujer es libre de abortar, ¿por qué no puede quedar embarazada de un óvulo fecundado de otra pareja solamente por un tema de altruismo? Es su cuerpo, es su decisión. Y ese es un criterio que se usa también para el trabajo sexual. 

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Después de muchos años y experiencias, tenemos un problema enorme, y la ética feminista te lo dice: no es cierto que una mujer pobre, racializada, con una vida precaria, sin estudios, sin trabajo, sea libre de decir ‘ok, voy a construirme una casa para eso voy a alquilar mi vientre, es una buena oportunidad’. Como también existe un nivel de precariedad en las trabajadoras sexuales. No es que eres trabajadora sexual porque es un gran negocio sino porque no tienes otra opción. Ese es el problema y hay una línea muy delgada entre el trabajo sexual y la trata, y las condiciones que rodean la prostitución son siempre abusivas. 

Volviendo un momento a la maternidad subrogada, ¿en el Ecuador no hay cifras sobre este tema?

No. Ese es otro tema, sucede que en el Ecuador hace 20 años existen técnicas de reproducción asistida. Se dan pero no están regularizadas, y se dan para quienes pueden pagarlas.

Pero si no hay datos sobre las mujeres que han alquilado su vientre, ¿de dónde sale esta idea que es un acto de precarización?

Del tema de la dignidad, de ‘tú eres pobre porque quieres’. Hay condiciones en la vida que son indignas por su naturaleza, y que no implican la voluntad y el criterio informado en la elección de ellas. La gente no es pobre porque quiere, la gente pobre ha tenido, por lo general, una historia de abuso, de limitaciones, de carencias. 

Lo mismo se aplica para las mujeres que venden su cuerpo: no son trabajadoras sexuales porque eligieron esa carrera, han llegado a esa situación por un tema de ausencias, de abusos, de condiciones muy difíciles, y a veces muy violentas.

Pero no podemos ignorar que dentro del trabajo sexual hay empoderamiento, es decir, no se puede generalizar. Entiendo que esto no es propiamente del COS, pero muchas trabajadoras sexuales cuando escuchan ese argumento dicen que es un estigma.

Sí. Por eso te digo, este es un caso tan complejo en el que nadie está contento, nadie tiene una verdad absoluta, y yo también he hablado con la asociación de trabajadoras sexuales de América Latina y el Caribe que cuentan historias de empoderamiento. 

Ahora, ¿está empoderada una mujer que nunca pudo terminar la primaria y hoy se dedica al trabajo sexual? Tal vez sí porque no se muere de hambre pero está hablando desde la decisión voluntaria o la situación precaria que no le deja otras opciones. Sí, es mejor tener un ingreso a no tenerlo, si no tienes opciones. Ese es el punto, ¿tienes opciones?

Y en la maternidad subrogada, ¿no sería generalizar que se hace por una falta de opciones?

En ese tema sí hay algo que hay que destacar: de nuevo los antiderechos mienten. Y te hablan del vientre de alquiler. El artículo de maternidad subrogada te dice que no puede haber precio ni recompensa por esto. 

¿Solo altruismo entonces?

Sí, imagínate tú que tu hermana tiene un problema y le hacen una histerectomía, y tú dices ‘bueno, puede estar tu ADN, tu óvulo fecundado en mi útero’ porque eres mi hermana, te quiero y lo voy a hacer por ti. 

Es una situación en la que no veo explotación ni veo una situación de precariedad que te lleva a ti hacer lo que haces, veo afecto y altruismo del mejor. Esa es la situación que se podría dar con esta regulación. Además, esto es feo decirlo, pero esto ya pasa, ya se da. 


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¿Habría alguna consecuencia negativa de empezar a regular esta actividad que ya se daba antes?

No lo sé, ni siquiera puedo adelantar un criterio.

Y en este punto concreto los ultraconservadores se quejan porque creen que es ¿antiético?

Claro, creen que es antiético. Pero lo que les hace más ruido es que piensan que esto va a ser utilizado por las parejas de hombres para tener familia. 

¿Y daría luz verde para eso?

En el Ecuador cuando se dio la sentencia Satya. Ese, recordarán algunas personas, es un caso de dos mujeres lesbianas que tienen una hija por un método de reproducción asistida pero no hay vientre de alquiler ni maternidad subrogada. Una de las madres gestó una de las hijas, la otra madre gestó al otro hijo.

 Sin embargo, en el texto de la sentencia, los jueces dicen ‘hay que regular también la fecundación asistida, y todas las técnicas, como la maternidad subrogada para las parejas hombres del mismo sexo’. Esto te lleva a que la maternidad subrogada es mencionada en la sentencia Satya y es concebida como un mecanismo de filiación, como una forma de tener hijos para parejas del mismo sexo. Ahorita pueden decir que están en contra del COS, lo puede vetar el Presidente pero ya está, la Corte Constitucional ya falló, eso ya está. 

En esta misma línea de “eso ya estaba”, hay médicos que dicen que el COS propone pocas cosas nuevas. 

El Código Orgánico de la Salud tiene que reproducir y concordar otros artículos, texto y temas que ya existen. Por ejemplo, lo de la emergencia obstétrica ya estaba en la ley para erradicar la violencia contra la mujer, el tema del secreto y la confidencialidad ya estaba en el COIP. 

También los antiderechos dijeron ‘no puede ser, el médico tiene que denunciar’ Y no es así porque también está el artículo 424 del COIP que el médico no puede denunciar por el secreto profesional. 

¿Por qué? Porque tiene que atender a la mujer. ¿Por qué? Porque es una emergencia obstétrica y ya lo dijimos la vez pasada en el artículo 26. O sea esto es una cadena de temas, y una cadena de legislaciones, regulaciones y normas que aunque no pasen por el veto presidencial, ya están. Si llega una amiga tuya con un aborto de emergencia, el médico no la puede denunciar. Y si lo denuncia puede ganarse un proceso por revelación de secreto. 

Otro de los temas que han causado rechazo es la prohibición de las terapias de reorientación sexual. ¿Es la primera vez que este tema está tan detallado en un cuerpo legal?

No, ¿te acuerdas del caso de Zulema Constante? 

Que la secuestraron para llevarla a una de estas clínicas…

Sí, cuando yo llevé el caso de Zulema Constante en 2013, había un reglamento que decía que las instituciones de salud que ofrecen tratamientos para adicciones y problemas mentales, no pueden ofrecer tratamientos para la orientación sexual o la identidad de género, ni llevar a una persona en contra de su voluntad a estos lugares, ni internar a las personas porque deben ser tratamientos ambulatorios. Entonces eso ya está hace años. 

¿Y qué parte del Código de Salud, tomando en cuenta derechos sexuales y reproductivos, es nueva y no existe en otro cuerpo legal?

Por ejemplo este tema de la reasignación quirúrgica del recién nacido que viene con una condición de intersexualidad no existía. Eso es nuevo. Pero lo que dicen los antiderechos es “se va a permitir que los niños se reasignen su sexo”. Te cuento que el caso de Amada (una niña transgénero de 11 años cuyos padres la han acompañado en la búsqueda de su identidad sexual) va a permitir que una niña o niño trans pueda ir a cambiar su cédula y su género en la cédula, su nombre. 

¿Y qué tiene que ver el COS con este tema?

Nada. Los antiderechos en su afán por engañar, están mezclando las dos cosas. En Whatsapp está circulando un mensaje que dice “firma esta petición para que en Ecuador no se apruebe el COS que va a dejar que los niños cambien su género con una cirugía”.

¿Pero qué es lo que dice específicamente el artículo?

El artículo dice que se prohíbe la reasignación quirúrgica del sexo en recién nacidos que tengan una condición de intersexualidad. No se puede hacer esta cirugía sino por lo menos hasta que haya alcanzado la pubertad. 

Cuando ya exista una identificación con uno de los géneros…

Exacto, al menos que esté en riesgo la vida. Pero sino no, y tiene sentido porque aquí en Ecuador y en el mundo, la condición de intersex es muy poco común pero yo que trabajo con los señores transmasculinos, muchos de ellos nacieron con una apariencia de mujer y poco tiempo después, el médico por algún examen se dio cuenta que esta niña tenía testículos, y lo que hicieron porque pensaron que era buena idea, era cortarle los testículos. 

Cuando llegaron a los trece años, estos chicos que se identifican como hombres, comienzan a tener generación hormonal de gónadas y hormonas masculinas pero no tienen testículos. Los castraron. 

Es una práctica muy poco común porque los casos no se dan mucho pero si vas a hablar con los transmasculinos no todos son transmasculinos, algunos son intersex. Yo conozco un chico que lo abrieron como pescado para buscarle qué más tenía adentro, y sus padres pensaron que el médico estaba haciendo lo correcto. 

También hay quejas de activistas conservadores que dicen que la educación sexual va a promover que los adolescentes tengan sexo.

Se quejan a pesar de que este tema ya está en la Constitución, en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la ley para erradicar la violencia. Lo que está diciendo la sentencia de Paola Guzmán Albarracín es que la obligación del Estado es impartir educación sexual en todos los establecimientos estudiantiles porque es una herramienta para evitar abusos y violaciones de niños. 

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Revisando todos estos temas, si te pido que completes la frase: el Código Orgánico de Salud es…

Era absolutamente indispensable. Más que necesario. No es perfecto pero muchas de las cosas que vimos como falencias en el tema pandemia es por no tener actualizado un Código Orgánico de Salud. 

Han pasado ocho años, y no es justo: los códigos y las normas referentes a la salud tienen que revisarse cada dos años. La tabla de las enfermedades, de tratamientos, de vacunas, los datos, cambian, la tecnología médica es totalmente dinámica. Es irresponsable que no se haya legislado en este tema y me parece que era necesario aunque no es perfecto. Y trae avances importantes, y sobre todo se ha tomado nota de que sea concordante con otras normas y otros cuerpos legales. 

Y es una oportunidad para cuando salgan estas personas antiderechos, crueles, indignos, mala gente, a decir “es que se va a despenalizar el aborto”, la gente diga “es que debe despenalizarse el aborto”. Cuando digan “es que el médico ya no puede denunciar”, les respondan “señor, no deben denunciar los médicos, eso es delito”. Cuando digan “es que ya no se pueden hacer las clínicas de deshomosexualización”, les respondan “eso es tortura, señor, está mal, le debe dar vergüenza”. Cuando digan “es que le van a dar educación sexual a los niños”, les respondan “el Ecuador fue ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Paola Guzmán Albarracín a que dé educación sexual en las escuelas porque es una herramienta para evitar abusos”.


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