La leche chocolatada, el pan de molde, la carne precocida, los pasteles, las sopas instantáneas de fideos y otros alimentos más —que antes tenían tarifa cero—, ahora deben ser vendidos con el 15% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Si antes los consumidores pagaban 1,99 dólares por una leche saborizada, ahora pagarán 2,28 dólares por el mismo producto.
¿Por qué ocurrió este cambio?
El 26 de marzo de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) decidió, mediante una circular administrativa, que esos alimentos deben ser gravados con IVA. El documento, firmado por Alexandra Navarrete, directora de la institución, también recordó a los contribuyentes que hay una ley que regula la aplicación de las tarifas.
La circular se justifica con el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno, vigente desde 2008, que incluye una lista referencial de los productos que deben tener tarifa cero. Los alimentos que no consten ahí, según el SRI, deben tener el 15% de IVA.
Esta es la lista de productos que sí constan en la ley:
Preocupación por la medida del SRI
La Federación de Cámaras de Industrias del Ecuador envió una carta al SRI para expresar su preocupación por la circular sobre los alimentos con IVA.
En el comunicado, difundido el 31 de marzo de 2026, dice que el SRI introduce en la circular —que tiene la lista de unos 60 alimentos— categorías y exclusiones que no están en el artículo 55 de la ley.
La circular también dispone, en su cuadro referencial, que leches, tales como, deslactosadas, descremadas, semidescremadas, saborizadas o enriquecidas, así como los panes que no cumplan la definición o requisitos previstos en la Norma Técnica Ecuatoriana deben ser gravados con tarifa 15% de IVA.
“Esta delimitación no constituye una mera aclaración operativa, sino una interpretación restrictiva”, señala la Federación.
Sandro Vallejo, abogado tributario, dice que aunque la disposición se aplica desde 2008, 18 años después, el SRI dice que se ha estado entendiendo mal la ley y hay alimentos que sí deben tener IVA.
Según Vallejo, la circular aclara, por ejemplo, que la leche en estado natural —que consta en la ley— se refiere a la leche entera, y excluye a otras variedades, como la deslactosada.
También excluye carnes que han pasado por procesos de transformación, como cocción o sazonado.
Sobre el pan, dice que solo tendrá tarifa cero el que sea hecho con ingredientes básicos, como agua, levadura, sal y harina, excluyendo panes con aditivos.
Esta decisión del SRI ha provocado confusión porque, según la Federación, modifica las reglas con las que venían operando personas o empresas que producen, venden y compran los productos. Y ese cambio de reglas, según Vallejo, podría alterar la cadena de producción y de comercialización.
Por ejemplo, si una empresa compró un producto a su proveedor con tarifa cero antes de la circular del SRI, ¿ahora la empresa deberá venderlo con el 15% de IVA?, se pregunta Vallejo.
Además, dice, este cambio es preocupante porque son los consumidores los que terminarán pagando más.
La Cámara de Comercio de Quito dijo, en un comunicado, que “considera fundamental promover espacios de diálogo técnico que permitan analizar el alcance e implicaciones de esta medida”. Dijo que los comercios deberán revisar inventarios y listas de precios para tener consistencia en la facturación, mientras que los proveedores deberán actualizar sus catálogos.
Mientras que la Federación dice: “Solicitamos respetuosamente que el SRI reconsidere el contenido de la circular, en particular en lo relativo a las diferenciaciones introducidas para productos del sector lácteo y del pan”.
GK pidió una entrevista con un vocero del SRI el 2 de marzo de 2026, pero hasta el cierre de esta edición no ha sido coordinada por el equipo de comunicación.
Esta es la lista de los productos que deben tener el 15% de IVA:
Bebidas y preparados
- Pulpa de fruta procesada
- Jugos de fruta procesada
- Bebidas elaboradas (batidos, refrescos)
- Infusiones de té o hierbas listas para beber
Carnes y derivados
- Carnes cocidas o precocidas
- Carnes aderezadas
- Carnes adobadas
- Carnes marinadas
- Carnes desmechadas
- Mezclas o combinaciones de carne con otros productos
Otros procesados
- Sazonadores para preparar alimentos
- Tofu
- Queso de soya
Lácteos procesados
- Leches importadas
- Leches deslactosadas
- Leches descremadas
- Leches semidescremadas
- Leches saborizadas
- Leches enriquecidas o fortificadas
- Crema de leche
- Leche condensada
- Leche evaporada
- Dulce o manjar de leche
- Suero de leche
- Nata (procesada)
Panadería y repostería
- Panes que no cumplen norma técnica (Si es pan básico, con harina, agua, levadura, sal, tiene 0% de IVA; si es pan dulce, con aditivos, tiene 15%).
- Pasteles
- Tortas
- Tortillas
- Pastas
- Galletas
- Pastelillos
- Barquillos
- Bizcochos
- Cakes
- Cupcakes
- Pancakes
- Muffins
- Suspiros
- Merengues
- Obleas
- Postres
Panificados y preparados
- Apanadura
- Rosquitas
- Empanadas
- Masa de pan
- Pan de molde
- Pan de pascua
- Panetón
- Pan de yuca
- Sánduches
- Tostadas
Productos listos
- Sopas instantáneas
- Fideos precocidos
- Fideos cocidos
- Alimentos preparados con fideos
- Fideos mezclados con otros productos
Otros
- Edulcorantes
Enlatados y derivados
- Enlatados importados de atún
- Enlatados importados de macarela
- Enlatados importados de sardina
- Enlatados importados de trucha
- Encebollados de atún
- Ensaladas de atún
- Hamburguesas de atún
- Mezclas o combinaciones de atún con otros productos
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