El guión de la película es el siguiente. Primera escena, el Presidente presenta 3 proyectos de ley urgentes a la Asamblea Nacional y la Asamblea, con una mayoría pactada, las aprueba. Segunda escena, un grupo de cuestionables periodistas asedian a la Corte Constitucional del Ecuador; dicen que es conspiradora y correísta. Dicen, también, que tienen información sobre lo que resolverá la Corte (¿la están espiando por dentro?) y calientan el escenario.
Tercera escena, la Corte Constitucional, como siempre ha divulgado sus sentencias y resoluciones, publica un comunicado de prensa. Anuncia que suspendió provisionalmente varios artículos que evidentemente vulneran la Constitución. La motivación de esas resoluciones constan en sus decisiones.
Cuarta escena, la ministra de gobierno, Zaida Rovira, y el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, rodeados de militares y policías uniformados, piden explicaciones a la Corte. La acusan de dejar desprotegida a la fuerza pública y afirman que “no hay punto intermedio: se está del lado del país o de los enemigos del pueblo.”
Quinta escena, el Presidente anuncia una consulta popular para poder enjuiciar políticamente a los jueces de la Corte Constitucional del Ecuador. Sexta escena, se generan pugnas políticas, acuerdos, negociaciones tras bastidores, resistencia institucional y protestas populares.
Última escena con dos posibles finales. Final uno: destitución arbitraria de la Corte Constitucional y aniquilación del Estado de derecho. Final dos: Corte Constitucional independiente y fortalecimiento del Estado constitucional de derecho.
Esta película no es nueva. Todos los Estados con autoritarismos, con tonalidades diferentes, la vivieron.
Piensen en los autoritarismos alemán, italiano, español y portugués. En las dictaduras de la segunda mitad del siglo pasado en América del Sur. Y, para no irnos tan lejos, en los regímenes actuales de El Salvador, Nicaragua y Venezuela.
¿Qué tienen en común todos esos regímentes autoritarios? Les molestan los límites, concentran poder, vulneran derechos, dividen a la sociedad civil, tienen un aparato mediático eficaz y, sobre todo, se comen al poder judicial.
Donde hay un poder judicial fuerte e independiente, hay Estado de derecho. Cuando las frágiles democracias tambalean ante presidentes autoritarios, la única institución que impide el colapso institucional es la función judicial y, de acuerdo a nuestro diseño constitucional, es la Corte Constitucional.
Cuando los jueces y juezas ceden, el autoritarismo se consagra.
La Corte Constitucional del Ecuador no responde a los intereses del gobierno de turno, no le debe explicaciones políticas a los otros poderes del Estado (que lean las resoluciones y no solo el boletín), no debe escuchar las amenazas absurdas de opinadores interesados en los medios de comunicación. Tampoco responde (es obvio pero en este país hay que decirlo) a los grupos y a las presiones de los armados organizados o de bandas criminales.
La Corte Constitucional tiene el mandato de ser “el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia”, según el artículo 429 de la Constitución.
La independencia judicial se demuestra cuando los jueces y juezas de la Corte Constitucional toman decisiones como las que ha tomado estos días. La Corte no ha resuelto el fondo de las demandas, sino que ha suspendido provisionalmente los efectos de algunas normas porque podrían vulnerar derechos y normas constitucionales.
Esas decisiones, debidamente motivadas están publicadas en la página de la Corte (aquí, aquí, acá y acá).
Lo que ha hecho la Corte, contrario a lo que dicen las autoridades del gobierno (que no solo implica el poder Ejecutivo simio la mayoría del Legislativo), es proteger derechos como la privacidad, la identidad, la libertad, la propiedad. No todos los que vivimos en el Ecuador somos miembros de grupos armados organizados y no nos merecemos leyes que violan flagrantemente nuestros derechos.
La independencia judicial que está demostrando la Corte Constitucional del Ecuador está en riesgo de ser eliminada con esta pregunta a la consulta popular: ¿Está usted de acuerdo con que los jueces de la Corte Constitucional sean también considerados como autoridades sujetas a juicio político, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
¿Se pueden imaginar qué pasaría con la Corte Constitucional independiente actual si la Asamblea Nacional tendría la competencia para enjuiciarla políticamente?
Esta Corte, que está protegiendo nuestros derechos, ya hubiese sido destituida de un plumazo con esa mayoría que tiene. Así de simple. Justo para evitar esta ruptura institucional y la metida de manos en el órgano que ejerce control constitucional, la Constitución establece que “los miembros de la Corte Constitucional no estarán sujetos a juicio político ni podrán ser removidos por quienes la designan.”
La Corte se debe a la Constitución, que reconoce derechos y límites al poder. Qué no espere el gobierno someterla o destituirla, por el bien del país y de los derechos de quienes habitamos en él.
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