El Pleno de la Asamblea Nacional analizó ayer, 26 de junio, el informe de la Comisión de Desarrollo Económico  sobre el proyecto de Ley de Economía Circular Inclusiva, después de recibir el veto parcial del Ejecutivo. El informe de la comisión plantea rectificar cinco artículos y acatar las demás sugerencias del Ejecutivo.

Hace trece días, Lasso envió a la presidenta del Legislativo, Guadalupe Llori, 53 observaciones al proyecto de ley porque según el primer mandatario, el proyecto estaba  “dirigido exclusivamente a la gestión de residuos o reciclaje inclusivo”. Sin embargo, “el concepto de economía circular es más amplio”, dice el Ejecutivo y por eso considera que la ley necesita una redacción más elaborada. Por eso propuso incluir otros principios de la economía circular como el ecodiseño, el fomento del manejo correcto de los residuos, la producción y el consumo sostenibles. También, sugirió  que  la legislación no se enfoque solo en el fin del ciclo de vida útil de un producto, sino en la causa de la generación de los residuos, que generalmente parte desde el diseño del producto.

De las 53 objeciones hechas por el Ejecutivo, la Comisión recomienda al Pleno allanarse a 48 y ratificar los textos de los artículos 19, 20, 21, 24 y 40 previamente aprobados por la Asamblea en mayo de 2021.

En el artículo 19 se plantea que las políticas públicas, normativas y reglamentos relacionados se orienten al reemplazo progresivo en artículos cuyo diseño demuestre prácticas de obsolescencia programada, es decir, productos que, desde su origen, están planteados para tener un ciclo de vida corto. Sin embargo, el primer mandatario solicitó que se elimine este artículo porque el planteamiento debe pensarse como parte del reglamento, no como ley. Según Daniela Córdoba, PhD en economía circular, este artículo debe mantenerse como artículo porque hasta el momento no existe una regulación sobre la obsolescencia programada ya y al ser contemplado en una ley, hay mayor incidencia. Además, es justamente de la ley que se desprenden los reglamentos, cuya ejecución podría estar en manos del Ministerio de Ambiente. 

El artículo 20 dice que el Estado debe reconocer y valorizar el oficio del reciclador de base— es la persona que se encarga de recuperar, seleccionar y comercializar los residuos— , como parte de la gestión integral de residuos sólidos. El ejecutivo solicitó eliminar este artículo porque reconocer el oficio del reciclador de base, implica que el Estado tenga presupuesto, y que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) incluyan en la nómina a los recicladores base. Eso puede  generar expectativas de difícil cumplimiento, dice el Ejecutivo.

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Según Felipe Toledo, coordinador de Fundación Avina, encargada de promover la sustentabilidad a partir de procesos colaborativos, hay una diferencia entre los términos incorporar y contratar, por lo que los GAD no tienen ninguna obligación de emplearlos sino de integrarlos al sistema de gestión de residuos. Además, en lo posible debe reconocer económicamente las toneladas que ellos recuperan, porque por cada tonelada que un reciclador recupera es una tonelada que no va a un relleno sanitario, como el de Quito que está a punto de colapsar. Operar una tonelada de residuos o desechos tiene un costo para los municipios y ese costo lo pagamos todos los ciudadanos a través de los impuestos, dice Toledo,  por lo que si un reciclador gestiona una, varias o cientos de toneladas, evita que el Municipio pague los costos operativos de gestionar esa tonelada. Eso le genera un ahorro ambiental porque es una tonelada que evita una exposición final porque cuando llueve se contamina el lugar, se generan malos olores. Los municipios que apliquen esta iniciativa ganarían mucho, explica Toledo a GK. Por lo que sería conveniente que se mantenga este artículo que beneficia a los recicladores de base y que son un pilar de la cadena de reciclaje.

Toledo dijo que lo que Ecuador plantea en el proyecto de ley ya sucede en países como Colombia donde los recicladores no trabajan como empleados de los municipios o del gobierno pero hay un sistema en los que se les recompensa económicamente por su trabajo y se dignifica este oficio, ya que al integrarlos mejoran su calidad de vida. En el caso de Colombia, se le paga al reciclador un precio base por los servicios prestados como reciclador,  y adicional a eso, se le paga un monto proporcional, por cada tonelada adicional que recicle.

En el artículo 21, se plantea que los GAD fomentarán la organización de los recicladores base a través de mecanismos como asistencia jurídica, técnica, carnetización, registros de entrega de equipos de protección personal a las organizaciones legalmente organizadas. A este artículo, el Ejecutivo sugiere que se incluyan a otros actores que participan en el proceso y no solo a los recicladores de base. Por eso propone reemplazar las palabras ‘reciclador de base’ por ‘actores de la economía circular’ y que los insumos se den acorde a las necesidades, a una planificación y a las posibilidades financieras que se puedan aplicar para este sector, que no están detalladas hasta el momento.

Según Toledo, en la Ley de Economía Circular se deben reconocer los servicios que prestan los recicladores y promover la capacitación y certificación, para que ejerzan su oficio de manera mucho más profesional. Este es el enfoque del reciclaje inclusivo, que se incorpora a la llamada economía circular, explica Toledo. El reciclaje inclusivo es fundamental porque cuando las empresas invierten en mejorar las capacidades de los recicladores, cambia, incluso, el círculo de la pobreza en el que se encuentran, dice Toledo.

Córdoba coincide con el criterio del gobierno de que esta ley debe ser más amplia, porque de la forma en la que está planteada se asemeja más a una ley de reciclaje y no de economía circular  y que “si se enfoca únicamente en los recicladores base se excluyen a otros sectores que pueden aportar en términos ambientales y económicos”. 

El artículo 40 plantea que los gestores de residuos están obligados a manejar estos desechos acorde a las mejores prácticas ambientales y conforme lo establece la ley, que consta en el código Ambiental. El primer mandatario sugirió eliminarlo porque es repetitivo porque de ello ya se habla en los artículos 34 y 35 del mismo proyecto. 

Tras la lectura del informe, la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, suspendió la sesión. El pleno tiene 30 días para pronunciarse sobre el veto.