El 4 de mayo de 2021, la Corte Constitucional dio a conocer en un comunicado que declaró la inconstitucionalidad de la resolución 554 del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) en la que se cambió el método de cálculo de la jubilación ordinaria. Según el IESS, la fórmula evitaba que se den incrementos injustificados en los últimos meses de aportación de un afiliado para lograr una mayor pensión.
Esta es una breve explicación de qué significa el fallo.
¿Qué resolvió el fallo?
Debes Saber
La Corte resolvió que, en efecto, la forma de calcular las pensiones vigente desde 2017 es inconstitucional, porque afectaba a la mayor parte de afiliados que debían jubilarse por unas cuantas personas que decidieron actuar de forma inescrupulosa para alterar su jubilación final; es decir, la normativa se modificó pensando en casos aislados y no en la generalidad.
Según la Corte, el IESS debe controlar esas irregularidades con mecanismos de seguimiento, por ejemplo, esta institución puede solicitar al Servicio de Rentas Internas las declaraciones de impuestos de los afiliados para conocer qué ha sucedido con base a su declaración de impuestos a la renta.
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Además, la Corte recordó que la Constitución no permite que el financiamiento de las prestaciones que brinda el IESS sea deducido de las pensiones de los jubilados, es decir, las pensiones no pueden ser disminuidas sin una razón plenamente justificada sobre la base de estudios actuariales.
¿Cómo se calculaba la pensión hasta 2017 ?
Hasta el 2017, la jubilación se calculaba promediando los cinco años de mejores sueldos del afiliado. Sin embargo, en agosto de 2017 se aprobó la resolución 554 que establecía una nueva forma de calcular la jubilación.
¿Cómo se calculaba después de 2017 hasta ahora, que la Corte la declaró inconstitucional?
Concretamente, el cálculo impuesto en 2017 tomaba la raíz sesentava de los mejores 5 años, en lugar de hacer un promedio. Según el matemático y profesor universitario, Juan Fernando Guevara, ambos métodos calculan las medias. La anterior a 2017 era la aritmética —en la que se suma todo y se divide por la cantidad de aportaciones—, y la otra, la geométrica que entró en vigencia en 2017, los incrementos porcentuales del salario que calculaba.
¿Por ejemplo?
Por ejemplo, con la fórmula aritmética, si una persona tenía 30 aportaciones de 1500 dólares y 30 de 1800, la suma de estas aportaciones daba 99.000 dólares. Al dividirla para para 60, el total de la jubilación a recibirse sería de 1.650 dólares. Con la media geométrica se multiplicaría 1.500 dólares por 30 meses y 1.800 dólares por 30 meses. A ese producto final se le sacaría la raíz sesentava, lo que daría una jubilación de 1.643 dólares, siete menos que en la fórmula anterior. Esto se debe a que la media geométrica es menor a la media aritmética.
Si existen cambios más grandes en el sueldo, con la fórmula geométrica —que es la que la Corte declaró inconstitucional— la afectación es mayor hacia el afiliado, ya que evalúa los incrementos porcentuales.
En los casos irregulares de los afiliados que aportaban una determinada cifra durante toda su vida, por ejemplo, 1500 dólares (por 59 meses) y el último mes aportaban 50 mil dólares (1 mes), la jubilación en la fórmula geométrica sería de 1590, mientras en la aritmética sería 2233 dólares. Guevara dice que se deberían poner mejores sistemas de control para las irregularidades, y no castigar a la mayoría de afiliados que han aportado regularmente.
¿Quién presentó la acción de inconstitucionalidad?
La acción fue presentada en abril 2018 por el abogado Marco Antonio Proaño Maya que alegaba que el cambio de fórmula perjudicaba a los jubilados.
¿Qué va a pasar ahora?
Borja explica que la Corte ha dispuesto que el IESS debe adecuar su normativa en un plazo de 180 días. Al final, será el Consejo Consultivo del IESS el que determine cómo aplicará la sentencia, según los insumos técnicos que disponga. Lo más probable, según Borja, es que se regrese al cálculo aritmético anterior.
¿Qué tan bien está el IESS?
La situación económica del IESS es preocupante. El Banco Mundial ha advertido que el déficit del fondo de pensiones del IESS ascendería a 2.333 millones de dólares en 2021 y alcanzaría los 2.511 millones de dólares el próximo año, lo que imposibilitaría el pago de las pensiones a los jubilados a partir de 2022.
Entre los problemas que señala el Banco Mundial se encuentran la falta de pago del 40% del Estado al IESS y el cálculo de las pensiones sobre los cinco mejores años del salario. El informe compara al Instituto ecuatoriano con otros países, donde se toman los 10 o 15 mejores años y, en algunas ocasiones, se promedian todos los años.
Para intentar solventar la crisis de liquidez, el IESS ha tomado algunas medidas, como la elevación de la tasa de interés de los créditos hipotecarios que ofrece el Banco de la Seguridad Social (Biess). La tasa se elevó del 5,9 al 6,7% para viviendas de hasta 90 mil dólares, lo que afectaría al 5 % del portafolio de préstamos otorgados por el Biess.