La Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas entró en vigencia el 24 de julio de 2020 cuando se publicó oficialmente en el Registro Oficial 253. La ley incluye herramientas para regular los ingresos públicos, el gasto público y los préstamos del gobierno.

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Mayor regulación:

  • La ley plantea que el ente rector de las finanzas públicas, el Ministerio de Economía y Finanzas, regule los límites de endeudamiento por sectores y entidad, con base en la planificación fiscal plurianual que se hace cada cuatro años. 
  • También establece un límite de gasto global anual con instrucciones presupuestarias para mantener los máximos de gasto de todas las instituciones del Estado.

Deuda pública:

  • La deuda pública —lo que el país le debe a sus prestamistas— debe estabilizarse y no superar el 40% del Producto Interno Bruto (PIB). 
  • Hasta junio de 2020, la deuda pública equivalía al 60,89% del PIB
  • La política fiscal —el presupuesto del Estado— deberá ser formulada y ejecutada anualmente con el objetivo de mantener la deuda estable en el porcentaje del PIB establecido. 
  • El proceso se hará gradualmente: 
    • Hasta 2025 la deuda deberá ser máximo del 57% del PIB.
    • Hasta 2030, del 45%.
    • Del 2032 en adelante será del 40% del PIB. 

Techos presupuestarios:

  • El Ministerio de Economía establecerá los techos presupuestarios —el límite máximo de gasto— institucionales y de los planes de inversión del Presupuesto General del Estado. 
  • Las modificaciones de los desembolsos de las entidades públicas y de las funciones del Estado se calcularán multiplicando el gasto del año anterior por el crecimiento de la economía a largo plazo (el aumento sostenido de los bienes y servicios de un Estado que depende de las cifras de la población económicamente activa). 

Cambios en el Presupuesto General del Estado: 

  • El Ministerio de Economía y Finanzas podrá modificar las cifras de los ingresos y gastos del presupuesto aprobado por la Asamblea en un 5%. 
  • Antes de la aprobación de la ley, las modificaciones se podían hacer en un 15%. 
  • Para incrementar el porcentaje de cambio de las cifras, el Presidente de la República deberá justificar ante la Asamblea que cuenta con el financiamiento necesario y que no está infringiendo las reglas del presupuesto.

Fondo para emergencias: 

  • La ley establece que se asignará un 3% del gasto total anual para atender posibles emergencias que podrían afectar lo establecido en el Presupuesto General del Estado. 
  • La asignación del dinero debe estar incluida en la proforma presupuestaria presentada a la Asamblea Nacional. 
  • Además, los ingresos de los recursos naturales no renovables que superen lo contemplado en el presupuesto, se destinarán a un fondo de estabilización fiscal que permita garantizar la estabilidad económica y la entrega de recursos para educación y salud. 
  • Es decir, que si se vende el barril de petróleo a un precio mayor del estipulado en el presupuesto (actualmente 51,30 dólares) —algo poco probable en el mercado actual— esa diferencia irá al Fondo de Estabilización Fiscal.

Seguro petrolero: 

  • La ley creó un seguro petrolero que permitirá  mitigar el riesgo producto de la volatilidad del precio del crudo que depende de varios factores en el mercado internacional. 
  • Antes de que las empresas que comercializan el crudo envíen su información para efectuar la compra, el Ministerio de Finanzas podrá contratar un seguro para “alcanzar un ingreso mínimo derivado de la comercialización del petróleo”.
  • Con el seguro, si el precio del barril es menor que el de la proforma, la diferencia será cubierta por la aseguradora.
  • El mercado petrolero es muy volátil y sensible a los shocks externos, por lo que seguro petrolero ayudaría a garantizar que el país no pierda dinero con cambios drásticos como los de abril de 2020. 

La Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas tiene muchas similitudes con la sección sobre finanzas públicas de la Ley de Crecimiento Económico que fue archivada por la Asamblea en octubre de 2019.

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Ambos fueron proyectos de ley de carácter económico urgente. La Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa establecen que este tipo de proyectos deben ser tratados por la Asamblea en treinta días, sin extensiones, en todas las etapas de su aprobación. Si no lo hace, son aprobado por el Ministerio de la Ley (es decir, automáticamente).

La Asamblea aprobó la Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas y la envió al Ejecutivo, dentro del plazo, el 16 de mayo de 2020. Sin embargo, no alcanzó los votos necesarios dentro del plazo para aprobar o rechazar el veto parcial del Ejecutivo, presentado el 15 de junio. Así que entró en vigencia sin que la Asamblea vote sobre ese veto.