El caso Blanqueo Fito, en el que el líder de Los Choneros, José Adolfo Macías Villamar, utilizaba a su familia para el lavado de activos en Ecuador es uno de los más conocidos de este delito. Pero no es el único: solo entre enero y diciembre de 2025 la Fiscalía recibió 57 denuncias por lavado de activos. 

En febrero de 2026, el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, fue detenido como parte del caso Goleada, que investiga el presunto delito de delincuencia organizada con fines de lavado de activos y defraudación tributaria.

Pero, ¿qué es exactamente lavado de activos?

Es el proceso en el que dinero o bienes obtenidos de actividades ilegales —narcotráfico, minería ilegal, corrupción, extorsión, entre otros— se transforman para que parezcan legales y puedan usarse sin levantar sospechas. Como en las series Ozark y Breaking Bad.

El abogado penalista Pablo Encalada explica que el delito de lavado de activos tiene dos grandes partes: 

  1. El dinero debe tener un origen ilícito, es decir, ser producto de un delito previo.
  2. El dinero debe ser incorporado al sistema económico, es decir, que haya sido movido, utilizado o ingresado en cuentas bancarias, invertido en empresas o usado para comprar bienes.
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Para probar que existe, Encalada explica que la Fiscalía tiene que presentar indicios de que el dinero proviene de una actividad delictiva y tener la “certeza absoluta” que ese dinero fue incorporado al sistema económico.

El lavado de activos es más complejo que una sola operación. En el caso Blanqueo Fito, los involucrados tenían empresas de papel —compañías que existen sólo en documentos, pero no tienen actividad real— y hacían transacciones financieras irregulares —movían el dinero con la intención de que no se pudiera rastrear de dónde venía—para fragmentar y ocultar el origen del dinero. 

En la popular serie de televisión Breaking Bad, el lavado se hacía mezclando dinero del narcotráfico con ingresos de un negocio (una lavadora de carros) que cobraba en efectivo. Entonces la lavadora de carros inflaba las ventas y gastos para darle una justificación al dinero que venía del narcotráfico. 

En la otra serie, Ozark, el esquema era más avanzado: el personaje tenía redes de empresas fachada —por ejemplo una era un casino— hacía transferencias entre compañías vinculadas y operaciones financieras diseñadas para romper la trazabilidad del dinero.  Es decir, hacer más difícil la posibilidad de saber de dónde salió el dinero, por dónde pasó y en qué terminó usándose.

Aunque estos dos casos son series de ficción, los mecanismos que muestran existen en la vida real. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc) estima que entre el 2% y el 5% del Producto Interno Bruto (PIB) mundial se lava cada año en el mundo, pero como es una actividad clandestina es difícil estimar el monto total de dinero que pasa por el ciclo de lavado.

En Ecuador, el Estado intenta controlar estas operaciones a través de investigaciones por lavado de activos, controles al sistema financiero y el seguimiento de operaciones inusuales. La sanción por lavado de activos puede ser de cinco a 22 años de cárcel, según el Código Orgánico Penal Integral (COIP).

Te explicamos cómo el Estado vigila el lavado de activos en Ecuador e intenta frenarlo.

¿Quiénes vigilan el lavado de activos?

El control se basa en seguir la ruta del dinero

La institución que controla el lavado de activos en Ecuador es la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Este organismo técnico adscrito al Ministerio de Economía recibe y analiza información sobre operaciones económicas y financieras sospechosas de estar vinculadas con lavado de activos.

La UAFE no es parte de la Fiscalía, pero las dos trabajan de forma coordinada

Cuando la UAFE identifica señales o alertas iniciales de que una operación financiera podría estar vinculada con un delito, envía un informe para que la Fiscalía evalúe y, si corresponde, abra una investigación. 

Pablo Encalada explica que el control de la UAFE depende en gran medida de la información que entregan entidades privadas, por ejemplo, bancos y grandes empresas.

Además de las instituciones del Sistema Financiero y de Seguros (bancos, mutualistas, aseguradoras, cooperativas de ahorro y crédito), son sujetos obligados a informar a la UAFE —a través de reportes— joyerías, hipódromos, organizaciones dedicadas al fútbol profesional, jueces del sistema judicial, casas de empeño, comerciantes de antigüedades y obras de arte y más de 20 instituciones

Cuando estas instituciones detectan una alerta, primero analizan si es un movimiento que no tiene una explicación económica clara —montos inusuales, uso de efectivo, transferencias atípicas. Después, el oficial de cumplimiento —la persona que vigila que se cumplan las normas para prevenir y reportar el lavado de activos— revisa la información, contrasta antecedentes y decide si la operación debe ser reportada.

El reporte se carga en la plataforma electrónica de la UAFE —con acceso restringido— y se incluyen los datos del cliente, montos, fechas, tipo de operación y las razones por las que resulta sospechosa. La UAFE cruza el reporte con otras bases de datos y, si encuentra movimientos financieros irregulares, emite un informe de inteligencia financiera que remite a la Fiscalía.

A nivel mundial, existe el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), una institución intergubernamental que desarrolla políticas para combatir el lavado de activos que detalla las operaciones que deben levantar alertas a las autoridades de control. Por ejemplo, pagos en efectivo de alto monto sin una justificación, transferencias internacionales hacia paraísos fiscales y el uso de empresas que no tienen una lógica comercial real.

Por ejemplo, el abogado penalista Leonel Córdova explica que en el caso de ciertas influencers —que están actualmente en el ojo público porque habrían tenido vínculos con narcotraficantes— la Fiscalía tendría que demostrar que compraron departamentos o carros sabiendo que el dinero era ilegal. O prestaron el nombre de sus compañías para ocultar el origen de los activos.

La principal manera cómo la UAFE en Ecuador vigila el lavado de activos es con reportes de operaciones inusuales o injustificadas que recibe de los bancos, cooperativas, notarías, inmobiliarias, casas de valores y otras instituciones que deben enviar reportes a la UAFE. 

Estas instituciones reportan a la UAFE cuando:

  • Una transacción no guarda relación con el perfil económico del cliente. Por ejemplo, un empleado privado que gana 800 dólares y de pronto se compra una casa en 800.000 dólares sin créditos, herencias ni ingresos adicionales que lo expliquen.
  • Ingreso de cantidades grandes de dinero. Por ejemplo, una persona deposita 200.000 dólares en una sola semana cuando sus movimientos mensuales no superaban los 2.000 dólares. 
  • Uso frecuente de efectivo. Por ejemplo, una persona va varias veces al mes a una notaría para pagar en efectivo la compra de carros o terrenos, evitando transferencias bancarias y sin justificar el origen del dinero.
  • Movimientos atípicos. Por ejemplo, una cuenta de banco que estaba inactiva empieza a recibir transferencias diarias desde distintas personas y el dinero sale el mismo día a otras cuentas sin una razón comercial clara.

Para fortalecer la vigilancia financiera, la UAFE estableció un umbral de control, es decir, un monto a partir del cual una operación financiera debe ser registrada y reportada obligatoriamente. Las empresas, bancos y otras entidades obligadas deben registrar y reportar todas las transacciones individuales o múltiples iguales o superiores a 10.000 dólares cuando sean realizadas en beneficio de una misma persona y dentro de un período de treinta días.

La UAFE tiene la facultad legal de exigir información cuando necesita ampliar o verificar datos sobre operaciones sospechosas.

La UAFE cruza esos datos con otras bases de información —como patrimonial, societaria y financiera— para identificar patrones, vínculos y posibles estructuras de lavado. “Cuando algo no cuadra, evidentemente algo raro anda ahí”, dice Encalada.

Cuando el análisis revela indicios suficientes de irregularidades, la UAFE elabora un informe de inteligencia financiera y lo remite a la Fiscalía

La UAFE no investiga ni sanciona: su rol es detectar y alertar. 

La Policía Nacional también cumple un rol clave al incautar bienes, ejecutar operativos financieros y apoyar el análisis patrimonial de personas y empresas investigadas. La Policía Nacional cumple funciones operativas y técnicas bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado. 

Los reportes de la UAFE y su vínculo con investigaciones clave 

Los reportes de la UAFE han sido clave para investigaciones de la Fiscalía. Por ejemplo, el caso Sobornos —que derivó en sentencias por corrupción contra ex funcionarios públicos, incluido el ex presidente Rafael Correa—, tuvo como pruebas reportes de la UAFE en los años 2012 y 2016.  

En el caso Encuentro, sobre una red de narcotráfico y lavado de activos que operaba entre Ecuador y otros países, la UAFE fue clave para rastrear transferencias y movimientos financieros sospechosos.

La UAFE opera bajo la Ley Orgánica para la Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos. Esta ley regula cómo el Estado y el sistema financiero previenen, detectan y reportan operaciones sospechosas de lavado de activos antes de que los casos pasen a la vía penal.

El 31 de enero de 2026, el presidente Daniel Noboa publicó un nuevo Reglamento a la Ley de Prevención del Lavado de Activos. Según el comunicado oficial, el reglamento crea instancias de coordinación interinstitucional, por ejemplo, el Consejo Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento de Delitos (Conclaft).

Hacer estos reportes de operaciones inusuales, que han derivado en investigaciones fiscales, es parte de las funciones clave de la UAFE. Pero en la práctica, en Ecuador, no todos estos reportes terminan en una sentencia por lavado de activos. 

Así lo determinó una evaluación al sistema antilavado de activos de Ecuador, en diciembre de 2022 del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat).

La evaluación mostró que entre 2017 y 2021, la UAFE envió 102 reportes de operaciones inusuales injustificadas a la Fiscalía, pero sólo 11 llegaron a sentencias ejecutoriadas y 9 estaban en la etapa de juicio. En ese periodo, la UAFE hizo 532 informes de operaciones sospechosas —documentos de inteligencia financiera en los que se analiza las transacciones que no tienen una explicación económica clara.

La Gafilat concluyó que en Ecuador hay limitaciones en las investigaciones y en las sanciones por lavado de activos. Esas limitaciones, concluyó la institución, tienen que ver con los recursos humanos y tecnológicos disponibles, la falta de investigaciones financieras paralelas, la falta de mecanismos formales para priorizar casos y las dificultades en la comprensión de la autonomía del delito de lavado de activos.

El abogado penalista Leonel Córdova explica que por la autonomía del delito de lavado de activos —no debe haber una sentencia por el delito que originó el dinero, por ejemplo narcotráfico,  “ni siquiera es necesario que la Fiscalía haya iniciado una investigación previa por el delito fuente de lavado de activos”. 

En la práctica, esto significa que el juicio no se centra en demostrar cómo se cometió el delito previo, sino en seguir la ruta del dinero y demostrar que ese dinero no puede tener un origen lícito

¿Cuál es el rol de las entidades financieras?

Las entidades financieras —como bancos, cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas, casas de valores, sociedades administradoras de fondos y fideicomisos— son parte clave para vigilar el delito de lavado de activos en Ecuador

Marco Rodríguez, director ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), explica que los bancos tienen un nivel más alto de comprensión de los riesgos de lavado de activos, citando al Informe de Evaluación Mutua de Ecuador realizado por Gafilat en enero de 2023. 

En 2024, las entidades del sistema financiero nacional enviaron 5.408 reportes de operaciones sospechosas de los 7.675 que recibió la UAFE. Es decir, el 70% de los reportes vinieron de este sistema

Rodríguez le compartió a GK el número de reportes de operaciones sospechosas enviados a la UAFE por Asobanca:

  • ⁠2022: 4.224 reportes 
  • ⁠2023: 4.516 reportes
  • ⁠2024: 5.408 reportes 
  • ⁠2025: 7.670 reportes

“Los bancos cumplen con el deber de reportar, pero no son responsables, ni conocen las acciones que las autoridades toman con base en la información que reportan y el resultado de estas”, dice Rodríguez. 

Los reportes que entregan los bancos son reservados. La UAFE no los hace públicos porque podría interferir en las investigaciones, dice Rodríguez. 

La UAFE puede sancionar a quienes no reporten o no entreguen la información solicitada: sería por el delito de omisión de control de lavado de activos y se sanciona con cárcel de seis meses a un año. “Cuando de los incumplimientos se desprendan indicios de participación dolosa o negligencia grave, podrían activarse responsabilidades penales individuales”, advierte Rodríguez. 

¿Quiénes pueden ser sancionados por lavado de activos? 

Entre 2015 y 2025 la Fiscalía recibió 762 denuncias por el delito de lavado de activos. Córdova explica que todos los que participen en el lavado de activos—colocar bienes a su nombre, prestar sus cuentas o crear empresas para facilitar la bancarización— pueden ser responsables del delito.

Encalada agrega que las empresas fachada y los testaferros cumplen un rol central en el delito. Las primeras son compañías que simulan una actividad económica legal para ocultar o mover dinero de origen ilícito. Los segundos son personas que ponen bienes, cuentas o empresas a su nombre para ocultar al verdadero dueño del dinero. “En muchos casos son los propios autores o coautores del delito porque es a través de esas estructuras que se ejecuta el lavado de activos”, dice Encalada.

Además, “quien preste sus conocimientos técnicos para colocar el dinero de actividades ilícitas puede y debe ser sancionado como cómplice del delito de lavado de activos”, dice Córdova. Aclara que debe probarse que estas personas conozcan que el dinero proviene de actividades ilícitas

El lavado de activos, recuerda Encalada, es un delito “estrictamente doloso”, esto significa que si la persona no sabía que estaba lavando activos no hay responsabilidad penal.

Por ejemplo, contadores y abogados que facilitan el lavado pueden ser autores del delito de lavado de activos si actuaron con dolo. 

Veronica Teran
Verónica Terán
Reportera de GK. Abogada por la PUCE.
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