Al menos diez líderes indígenas y organizaciones sociales y ambientales tienen sus cuentas bancarias bloqueadas. GK tuvo acceso a imágenes que muestran mensajes como “no existen datos para la consulta realizada”, “servicio no disponible”, o en las que se ve que no se despliega la lista de productos bancarios. Las capturas de pantalla de la banca en línea o móvil pertenecen a distintas instituciones como Banco Pichincha, Banco Guayaquil y Banco Internacional. 

La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) publicó un comunicado en el que denunció el bloqueo de su cuenta institucional y de su presidente, Marlon Vargas.

El ministro del Interior, John Reimberg, fue consultado en una entrevista con Jimmy Jairala sobre si el cierre de cuentas bancarias denunciado por líderes indígenas formaba parte de la estrategia para frenar el paro. 

Reimberg respondió: “El tema de las cuentas es fundamental. Estos grupos tienen gente detrás que busca desestabilizar y provocar el caos”. 

El presidente Daniel Noboa ha dicho que el paro es financiado por la organización criminal internacional Tren de Aragua, pero no ha ofrecido evidencia de que así sea.

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GK pidió una entrevista con Reimberg para ampliar su declaración. Una persona del departamento de comunicación del Ministerio dijo que en la institución solo se levantan las alertas, pero que la investigación la hace la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).

Una retención de fondos es cuando una entidad —generalmente un banco, una institución financiera o el Estado— bloquea o inmoviliza un monto de dinero que pertenece a una persona o empresa. Ese dinero sigue existiendo en la cuenta, pero no puede ser usado libremente hasta que se levante la retención.

Según las fuentes consultadas por GK, el bloqueo de cuentas bancarias empezó el 19 de septiembre de 2025, un día después de que la Conaie convocara al paro nacional, y se ha dado hasta el 23 de septiembre de ese año. 

Lenin Sarzosa advirtió en su cuenta de X lo que llamó el “bloqueo arbitrario” de sus cuentas bancarias, “por orden del gobierno vía la Superintendencia de Bancos”.  Pero no presentó pruebas de que la orden sea gubernamental. 

El 22 de septiembre de 2025, Sarzosa descubrió que no podía acceder a sus cuentas en el Banco Pichincha ni en el Banco Internacional. Sus fondos estaban congelados.

En las ventanillas pidió explicaciones. “Es una orden de la Superintendencia de Bancos”, le respondieron, sin más detalles, asegura. GK solicitó la versión de la entidad, pero no hubo respuesta.

“Si cierran una cuenta, deben decir qué, cómo, quién ordena, por cuánto tiempo y con qué motivación. Eso no existe”, reclamó Sarzosa, quien hará un pedido de información formal para conocer la causa del bloqueo.

Otras organizaciones y dirigentes denuncian también bloqueos bancarios

Shiashia José Esach, presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía de Ecuador (Confeniae), que agrupa a los pueblos y asociaciones de esta región, también hizo público el bloqueo de su cuenta y el de la organización que lidera. “Las cuentas siguen bloqueadas por la disposición del gobierno”, le dijo Esach a GK. 

María Belén Páez, presidenta de la organización ambiental Fundación Pachamama, dijo que la cuenta de su organización también está bloqueada,  así como la de dirigentes indígenas con los que trabaja la fundación. 

“Estamos esperando una respuesta formal de los bancos por escrito porque hasta ahora todo ha sido oral, y no nos han explicado nada”, dijo Páez, quien no tiene claro qué organismo estatal ordenó el bloqueo. Páez espera una respuesta escrita en 48 horas.

Lo mismo sucedió con la cuenta del Movimiento Indígena y Campesino de Cotopaxi (MICC), según confirmó Diego Vaca, del equipo de comunicación de esta organización que agrupa a  1400 comunas de esta provincia, incluyendo asociaciones, cooperativas, sectores productivos, organizaciones de mujeres. Y también con la cuenta de un líder amazónico que prefirió no revelar su nombre por temor. 

¿Cuándo se puede ordenar el congelamiento de fondos?

Los bancos privados no tienen la potestad de decretar congelamientos. “Solo ejecutan retenciones, bloqueos o embargos de cuentas únicamente por orden emitida por una autoridad competente”, le dijo a GK Marco Rodríguez, director ejecutivo  de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca) en una respuesta por escrito.

Sobre qué leyes amparan este tipo de bloqueos, Rodríguez respondió que, según los casos, puede ser bajo el Código Orgánico Monetario y Financiero, el Código Orgánico General de Procesos, la Ley de Prevención de Lavado de Activos, la Ley de Integridad Pública, “o cualquier otra disposición aplicable al caso concreto”. 

Es decir, tampoco el Estado puede decidir unilateralmente y sin fundamento la retención de fondos de una persona natural o jurídica. 

Hasta agosto de 2025, el congelamiento de cuentas solo podía hacerse con orden judicial. Pero con la entrada en vigencia de la nueva Ley de Transparencia Social, impulsada por el presidente Noboa, el panorama cambió.

La norma —que regula a organizaciones de la sociedad civil, fundaciones y entidades sin fines de lucro para prevenir lavado de activos, financiamiento del crimen organizado, corrupción y uso indebido de fondos— reformó la Ley Orgánica de Prevención y Combate del Lavado de Activos. Con ello, amplió las facultades de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), que investiga operaciones sospechosas de lavado, depende del Ejecutivo, y cuyo director es designado por el Presidente. 

Roberto Andrade, director de la UAFE en 2023, explicó que antes de la reforma, la UAFE no podía congelar cuentas bancarias sin una orden judicial. 

Dijo que esta medida se aplicaba principalmente a casos vinculados al financiamiento del terrorismo. Si la UAFE detectaba operaciones sospechosas, alertaba a la Fiscalía, que pedía a un juez congelar las cuentas de personas o empresas incluidas en la lista general del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Este procedimiento está descrito en el artículo 552 del Código Orgánico Integral Penal. El 551, en cambio, describe un proceso similar en el que un fiscal pide a un juez medidas cautelares para inmovilizar fondos.

Pero Andrade dijo que no hubo bloqueos masivos de cuentas sino apenas uno o dos por año, precisó. 

Con la reciente reforma, la UAFE puede bloquear las cuentas bancarias del sistema financiero como medida cautelar durante un máximo ocho días sin la necesidad de una orden judicial, explicó el abogado Miguel Ángel Angulo. 

Según Andrade, esta atribución también existe en otros países, aunque con diferencias en los plazos: en Ecuador el bloqueo dura ocho días, mientras que en Perú se extiende apenas 24 horas.

El ex director de la UAFE dijo que esta herramienta busca impedir que personas o empresas bajo sospecha retiren o dispersen su dinero

No obstante, según la reciente reforma, la UAFE debe justificar la medida ante un juez anticorrupción dentro del plazo de ocho días. 

“El congelamiento de fondos es muy delicado”, advirtió Andrade, pero esta esta medida se enmarca en los lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que obliga a los Estados a tener un mecanismo para bloquear los activos de personas o entidades involucradas en terrorismo, lavado de dinero o proliferación de armas de destrucción masiva.

Angulo explicó que la UAFE puede congelar cuentas con base en un reporte de “operaciones sospechosas”, denuncias o información de Inteligencia que detecte “indicios objetivos, graves y verificables de delitos financieros”, según la recién reformada ley que combate el lavado de activos. 

Aun así, explicó Angulo, para el bloqueo de cuentas hay un proceso interno. 

La medida nace de un informe o investigación hechos por la Fiscalía, Inteligencia o por la propia UAFE, que tiene acceso a información del sistema financiero, del Servicio de Rentas Internas (SRI), de las superintendencias de Bancos y Compañías, de registros de propiedades o salida de divisas, y más.  

Con ese informe preliminar, la UAFE ya puede notificar al banco de la persona o empresa cuya cuenta va a ser suspendida y también a la Superintendencia de Bancos, que notifica al banco sobre el bloqueo de las cuentas. 

Angulo señaló que la medida de la UAFE nace para evitar que líderes de las estructuras criminales puedan tener libre acceso a sus cuentas bancarias y que puedan disponer de sus dinero de origen ilegal. 

GK verificó en el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (Satje) y el Servicio de Rentas Internas (SRI) los registros de las personas que han denunciado el bloqueo de sus cuentas. Ninguna de ellas tiene denuncias por presuntos delitos financieros.

Si después de los 8 días del bloqueo, la UAFE no confirma las “operaciones sospechosas” tiene que levantar el bloqueo inmediatamente.

Si encuentra pruebas, el caso pasa a jueces anticorrupción. Si se inicia instrucción fiscal, los fondos bloqueados deben ser trasladados en 5 días al Banco Central del Ecuador, en una cuenta única, bajo custodia del Estado y administración del Ministerio de Economía y Finanzas.

GK se contactó con la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) para pedir información sobre estos casos pero hasta el cierre de la nota, no tuvo respuesta. 

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