La mañana del 6 de septiembre de 2022, un grupo de indígenas de la nacionalidad A’I Cofán se reunió en los exteriores de la Corte Constitucional. Los Cofán reclaman que han pasado siete meses desde que la Corte falló a su favor en el caso Sinangoe y ratificó su derecho a la consulta previa, y que la sentencia aún no se ha cumplido.
Los Cofán, acompañados de una delegación waorani que también reclama la falta de cumplimiento de la consulta previa, presentaron además una demanda por incumplimiento.
Alexandra Narváez, guardia cofán y ganadora del Premio Goldman de 2022, estuvo en el plantón. Allí, Narváez dijo que “estamos aquí para exigir a la Corte Constitucional que garantice nuestros derechos porque nuestros derechos tienen que respetarse”. La lideresa además recordó que sin los pueblos indígenas “no hay planeta” y aseguró que no quieren minería en sus territorios.
La sentencia
En febrero de 2022, la Corte Constitucional resolvió el caso Sinangoe y falló a favor del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y nacionalidades indígenas. El caso fue presentado por los A’I Cofán —una de las 11 nacionalidades indígenas de la Amazonía— que aseguraba que no fue consultada sobre decenas de concesiones mineras en sus tierras ancestrales, ubicadas en la provincia de Sucumbíos.
El más alto tribunal constitucional del Ecuador revisó y ratificó dos sentencias a favor de los Cofán que decían que su derecho a la consulta previa fue vulnerado.
Además, en su sentencia, la Corte Constitucional aclaró cómo debe ser el consentimiento de los pueblos y nacionalidades. El documento dice que el consentimiento debe ser interpretado como una “salvaguarda reforzada de los derechos de los pueblos indígenas”. Según la Corte, esto se debe a “su conexión directa con el derecho a la vida, a la identidad cultural y a otros derechos esenciales en relación con la ejecución de planes de desarrollo e inversión que afecten al contenido básico de dichos derechos”.
Así mismo, la Corte dice que para que la consulta previa sea eficiente, el Estado tiene un “deber de acomodo”. Es decir, que debe tener flexibilidad suficiente para modificar la propuesta o diseño inicial del proyecto consultado “o incluso cancelarlo sobre la base de los resultados de la consulta, a través de un diálogo intercultural genuino”.
De otra forma, escriben los jueces en la sentencia, una consulta en la que no exista esa posibilidad de cambio del proyecto, significa que no es un proceso de diálogo real, sino una “mera formalidad que vacía de contenido al derecho a la consulta previa”.
Con el fallo de febrero de 2022, dijeron las comunidades en un comunicado en ese entonces, se ha sentado un nuevo precedente, en medio de un duro contexto de varios frentes abiertos para los pueblos y nacionalidades indígenas.
El dirigente Cofán, Wider Waramag, dijo en un comunicado que “esta sentencia es muy importante para nuestra comunidad y otras que tengan problemas similares, luego de un largo camino de lucha, de resistencia, esperábamos con ansias el resultado favorable por parte de la Corte”. Además, el líder aseguró que “para Sinangoe es una gran victoria lograr un instrumento legal de garantía de derechos y ser un precedente histórico en la consecución del derecho al consentimiento previo, libre e informado dentro del territorio nacional”.
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— Christian Muñoz (@chrisjmunoza) September 4, 2022
Por su parte, los abogados María Espinosa y Jorge Acero, de Amazon Frontlines, reconocieron, según un boletín de prensa, que el dictamen era “el reconocimiento del derecho constitucional de los pueblos ancestrales a decidir sobre sus territorios y su vida, y la obligación del Estado de reconocer y garantizar ese derecho por sobre intereses económicos y empresariales”.
La minería en territorio Cofán
La comunidad Cofán de Sinangoe, donde habitan 37 familias que suman unas 300 personas, vive de la pesca, la cacería, el cultivo y el cuidado de las chacras. Sin embargo, sus territorios se extienden en afluentes que son vulnerados por la minería.
Por el norte, los cofanes viven en las orillas de los ríos Cofanes y Aguarico. En el sur, en cambio, en los ríos Due y Khukhuno Grande, mientras que al oriente se asientan hacia los ríos Aguarico, Candué y Siuno. Al occidente en los ríos Cofanes y Dorado, en el cantón Gonzalo Pizarro, provincia de Sucumbíos, dentro del Parque Nacional Cayambe Coca.
Ante la amenaza de la minería en sus territorios y los ríos de los que dependen, los Cofán se unieron para denunciar a la empresa All Metals S.A. e instituciones del Estado por haber entregado 20 concesiones que comprenden 32 mil hectáreas de su territorio para exploración y explotación de oro, sin haberles consultado. Las concesiones afectaban a los ríos Chingual y Cofanes. Cuando hicieron la denuncia, otras 32 concesiones aún estaban tramitándose.
El proceso judicial
En primera instancia, un juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Gonzalo Pizarro, de la provincia de Sucumbíos, aceptó una acción de protección presentada por la nacionalidad Cofán. La acción fue presentada contra cuatro instituciones: el Ministerio de Minería y Recursos No Renovables (hoy Ministerio de Energía y Minas), la entonces Secretaría del Agua, la Agencia de Regulación y Control Minero y el Ministerio de Ambiente. Pero las instituciones apelaron el fallo.
Luego, en octubre de 2018, el caso fue elevado a la Corte Provincial de Sucumbíos. Esa Corte también aceptó la acción de protección. Además, como medidas cautelares dispuso que se reviertan las concesiones que ya estaban operando en su territorio y que se cancelen las nuevas concesiones.
La Corte de segunda instancia, además, reconoció que se había violado el derecho a la consulta previa, libre e informada, al agua, y el derecho a vivir en un ambiente sano. La Corte también ordenó la reparación de los daños e impactos ocasionados en el territorio Cofán por la minería.
El caso fue elevado a la Corte Constitucional para que esta revisara la sentencia de la Corte Provincial. El caso fue recibido por la Corte Constitucional en 2019 y la sentencia de revisión fue emitida en enero de 2022.
En su sentencia, el tribunal constitucional más alto del país ratificó la sentencia de primera y segunda instancia a favor de los Cofán y ordenó que estas se cumplan. Lo que los indígenas reclaman ahora es que aún no hay cumplimiento.
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