La tarde hoy, 16 de julio, la Ministra de Gobierno, Alexandra Vela dijo que llegó a un acuerdo con los maestros que están en huelga de hambre en defensa de la reforma a Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI). Vela y la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, improvisaron una reunión con la presidenta de la Unión Nacional de Educadores (UNE), Isabel Vargas, en los exteriores de la sede del Legislativo. 

La huelga de hambre comenzó hace 5 días en los exteriores de la Asamblea Nacional, en Quito, y se unieron maestros de Guayaquil, Cuenca y Portoviejo.

¿Qué dice el acuerdo?

Según un comunicado del Ministerio de Gobierno, el acuerdo consiste en esperar la sentencia de la Corte Constitucional sobre la LOEI. El 20 de mayo el tribunal más alto del país admitió a trámite dos acciones de inconstitucionalidad presentadas en contra de la ley. La recién nombrada Ministra de Gobierno dijo que se “ratificó la voluntad de diálogo” del gobierno con los maestros. 

Además, según el comunicado, la ministra de Gobierno dijo a los maestros reunidos en el lugar, que el Gobierno respetará cualquier decisión que tome la Corte Constitucional. Vela dijo que si después de eso surge un problema adicional lo resolverán “a través del diálogo”.

En la reunión entre las autoridades y los maestros, Llori propuso conformar una “mesa de concertación” para atender las demandas y los proyectos presentados por los educadores. Según Llori, así se podrían generar acuerdos que “garanticen los derechos de los maestros”. 

La UNE todavía no ha confirmado si se suspende la huelga de hambre. 

¿Por qué protestan los maestros?

Los maestros piden que se apliquen las reformas a la LOEI que incluye que se aumente el valor de sus compensaciones. La ley dice que se incremente el salario básico del magisterio de 817 a 1.086 dólares. 

Además, la ley establece que los maestros recibirían una remuneración acorde a su experiencia, solvencia académica y evaluación. También, según la reforma, los profesores tienen derecho a 30 días de vacaciones anuales ininterrumpidas y se podrán jubilar con 30 años de servicio, sin límite de edad.

La ley fue publicada en el registro oficial el 19 de abril de 2021. Sin embargo, la Corte Constitucional aprobó tramitar dos demandas de inconstitucionalidad y suspendió provisionalmente su vigencia hasta que las causas sean resueltas. 

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¿Qué dicen las demandas de inconstitucionalidad?

La Corte Constitucional admitió a trámite dos acciones públicas de inconstitucionalidad. La primera fue presentada por el abogado Luiz Javier Bustos y la segunda por Álvaro Maurizio Galarza Rodriguez —procurador judicial de María Zulima Espinosa Bowen, directora general del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Las dos demandas de inconstitucionalidad piden que se suspenda provisionalmente la vigencia de la LOEI y fueron agrupadas en una sola causa. 

En su demanda, Bustos dice que la ley vulnera los derechos reconocidos en 20 artículos de la Constitución. Incluyendo que el proyecto legislativo fue una iniciativa de una asambleísta y no del Presidente de la República como debía serlo al implicar un incremento del gasto público, según el artículo 135 de la Constitución. Además, la demanda de Bustos dice que la ley se refiere a tres materias distintas —financiera, laboral y educativa—, pese a que el artículo 136 de la Constitución dice que un proyecto legislativo solo puede referirse a una. 

La demanda presentada por Galarza dice que la ley es inconstitucional por motivos de forma y de fondo. Las de forma, según lo presentado por Galarza, son que no cumple las exigencias necesarias para la presentación de un proyecto de ley, que los informes de los debates no tienen estructura, que las disposiciones no tienen concordancia con la temática del proyecto, entre otras. 

Los fundamentos de Galarza para alegar inconstitucionalidad por razones de fondo es que no se tomaron en cuenta informes técnicos para medir el impacto de las reformas en el sistema de seguridad social. En su demanda, Galarza también dice que no hubo participación de los grupos afectados por las medidas. 

La Corte Constitucional dijo que tomó la decisión después de un “profundo análisis” y que eso deja “en claro que esta decisión no constituye un juicio anticipado sobre la constitucionalidad de la ley”. Todavía no se ha confirmado una fecha en la que se resolverá la causa en la que se acumularon las dos demandas. Hasta que estén resueltas, la vigencia de la ley estará suspendida.