El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó la difusión y socialización del proyecto de reglamento para el concurso de méritos y oposición para designar al Contralor General del Estado. La ciudadanía tendrá ocho días para hacer aportes al reglamento. 

La tarde del 2 de julio de 2021, el CPCCS autorizó que para “transparentar el proceso de selección y garantizar el control social” toda la información sobre el concurso sea pública y esté colgada en su sitio web institucional. 

Actualmente, el Contralor General del Estado subrogante, Pablo Celi, está cumpliendo una orden de prisión preventiva por presunta delincuencia organizada en el caso Las Torres. Desde la cárcel 4 de Quito, Celi designó a Carlos Alberto Riofrío como el nuevo subcontralor —una designación que ha sido cuestionada por varios actores políticos ecuatorianos. Entre otras funciones, Riofrío deberá subrogar a Celi en caso de su ausencia temporal o definitiva hasta que el CPCCS designe a un nuevo titular de la institución. 

Así se compartirá la información sobre el concurso

Todavía no se ha confirmado la fecha en la que se publicará el proyecto del reglamento. Según un comunicado del Consejo, una vez que se publique, la ciudadanía podrá presentar aportes en un plazo de 8 días. 

Para hacerlo se debe enviar un correo electrónico a secretariageneral@cpccs.gob.ec

Cuando ese plazo termine, la comisión técnica del Consejo encargada del proyecto tendrá 48 horas para presentar la versión final al pleno del CPCCS para su conocimiento y aprobación. 

Después, el CPCCS autorizará que se organice una veeduría ciudadana para dar seguimiento, vigilancia y fiscalización en todas las etapas del concurso. El comunicado dice también que habrá un notario dará “fe pública de los actos que se realicen dentro del proceso y que así lo requieran”. 

¿Cómo será el concurso de méritos y oposición?

Habrá una comisión ciudadana de selección del Contralor. Ellos serán los encargados de llevar a cabo el concurso de méritos y oposición para designar a esa autoridad. Según la Ley Orgánica del CPCCS, entre las atribuciones del pleno del Consejo está organizar las comisiones ciudadanas de selección para designar a las autoridades que le corresponden, según la Constitución. 

La comisión estará conformada por representantes de las funciones del Estado y de la ciudadanía. Para seleccionar a los delegados de la ciudadanía habrá una convocatoria abierta para que inscriban su candidatura. 

La ley del CPCCS dice que deben demostrar conocimiento y experiencia en los asuntos relacionados con las funciones de la autoridad a ser designada o la gestión pública. La ley establece que los requisitos específicos para la selección de los miembros de la Comisión estarán en el reglamento de cada concurso. 

Además de hacer el concurso, el comunicado del CPCCS de ayer dice que la comisión “resolverá las reconsideraciones sobre el cumplimiento de requisitos y las solicitudes de recalificación de méritos” que presenten los postulantes. 

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La comisión también estará a cargo de enviar al pleno del Consejo los recursos de apelación y el informe final del concurso. 

El CPCCS dijo que la comisión tendrá la atribución de requerir la información o documentación que considere necesaria a cualquier entidad pública mientras dure el proceso de selección.

El pleno del CPCCS será el encargado de dictar las normas y de vigilar la transparencia de la comisión ciudadana de selección, dijo el comunicado. 

Además, será quien convocará al concurso y resolverá en última y definitiva instancia las apelaciones que se presenten sobre las resoluciones. El pleno del Consejo aprobará el informe final de la comisión encargada del proceso para designar a la nueva autoridad máxima de la Contraloría General del Estado. El pleno del Consejo será el encargado de designar como Contralor General del Estado al postulante que tenga la calificación más alta. 

¿Cuáles son los requisitos para postular a Contralor General del Estado?

La Constitución establece estos requisitos para ser Contralor:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Ser ecuatoriano.
  • Estar en goce de los derechos políticos.

Además, dice que la autoridad será escogida con un concurso de méritos y oposición. No pueden postularse quienes tengan: 

  • Bienes en paraísos fiscales. 
  • Contratos con el Estado.
  • Obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) o el Servicio de Rentas Internas (SRI). 
  • Tampoco quienes hayan sido “destituidos por responsabilidad administrativa, tengan sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas.”

¿Cómo será la convocatoria y el concurso?

El pleno del CPCCS hará la convocatoria en “varios idiomas de relación intercultural”. Según la Constitución, esos son los kichwa y el shuar que se suman al español

Cuando se termine la fase de presentación de postulaciones, la comisión ciudadana deberá emitir una resolución que incluya el listado de los postulantes admitidos a la siguiente fase del concurso de méritos y oposición. 

La comisión calificará las postulaciones sobre 100 puntos. Divididos así:

  • 50 por sus méritos
  • 50 a la oposición que se divide en dos partes: 
    • 30 puntos de una prueba teórica
    • 20 puntos de una prueba práctica

La comisión ciudadana debe enviar al pleno del CPCCS el informe final con los nombres y apellidos de los postulantes que superaron las fases previas del concurso y su calificación. El comunicado del CPCCS dice que ese informe es vinculante y que no se podrán alterar las valoraciones del concurso. Luego, el pleno del Consejo designará como Contralor General del Estado al postulante que tenga la calificación más alta. 

Otros anuncios del CPCCS

Ayer el CPCCS también le pidió a la Asamblea que haga y apruebe una “ley interpretativa” para solucionar los problemas de la Contraloría General del Estado. 

Este tipo de leyes, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, son usadas para interpretar “de modo obligatorio las leyes”. 

David Rosero, vicepresidente del Consejo, dijo que la solicitud se hacía para “viabilizar el proceso de un posible encargo” de la dirección de la institución mientras el CPCCS hacía el proceso de selección y designación del nuevo Contralor. La consejera Ibeth Estupiñán dijo que esa ley debería indicar quién debe encargar la dirección de la Contraloría y quién debe asumir su liderazgo en caso de ausencia de la autoridad designada. 

Los consejeros dijeron que la Asamblea es quien debe interpretar la ley en casos como estos. Según la Constitución actual, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social es el encargado de designar a la autoridad principal de la Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo, entre otras. Además, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y su reglamento, el subcontralor —que debe ser designado por quien ocupe las funciones de Contralor, en este caso, Celi— debe reemplazar a la primera autoridad de la Contraloría en caso de su ausencia temporal o definitiva.

Según Rosero, la Asamblea debería hacer la ley “en paralelo” al proceso de selección de la autoridad que hará el Consejo. Según los consejeros, eso ayudaría a solucionar la crisis que enfrenta actualmente la Contraloría.