El Tribunal Contencioso Electoral  (TCE) negó el recurso subjetivo contencioso electoral interpuesto por el Movimiento Pachakutik. En la mañana de hoy, 14 de marzo de 2021, el TCE publicó la sentencia en la que resuelve negarlo porque, sostiene, incumple con artículos de la ley electoral. El 8 de marzo de 2021, el Tribunal Electoral admitió a trámite este recurso.

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La sentencia dice que Yaku Pérez, candidato a la presidencia por el Movimiento Pachakutik y Marlon Santi, representante legal del movimiento, piden un recuento de votos para lo que deben presentar argumentos comprobados. “No basta con afirmar la existencia de un supuesto fraude o alteración de las actas para alcanzar la convicción razonable del juzgador”, dice la sentencia. En la tarde de hoy, Pérez dijo en Twitter que dará declaraciones en las próximas horas, “Seguiremos en resistencia por la Transparencia, este es el proyecto de todo un país”, dijo Yaku Pérez. 

Según el Código de la Democracia, este es un recurso se puede interponer en contra de las resoluciones o acto de la administración electoral. Hay 15 causales para presentar este recurso. Entre estas están aquellas decisiones en las que se vulneren los derechos de participación, por conflictos internos de las organizaciones políticas, resultados numéricos emitidos por el CNE. Este recurso lo interponen siempre los candidatos.

Pérez presentó el recurso contra la resolución del Consejo Nacional Electoral del 26 de febrero, que concluyó aceptar parcialmente el pedido de recuento de votos. El CNE aceptó revisar 31 de las más de 20 mil actas presentadas.

En el recurso, Yaku Pérez alega “tendencia mayoritaria a su favor”, es decir que en muchas juntas electorales recibió la mayoría de votos.  El Tribunal Contencioso Electoral dice que en el Código de la Democracia no está definida “la tendencia electoral como un indicador que determine una consecuencia jurídica”. Tampoco hay una causal para abrir las urnas y verificar los votos. 

En la sentencia el TCE también explica el análisis que realizó a las actas entregadas como ejemplos por el movimiento Pachakutik. Dice que de las 36 actas entregadas, 10 estuvieron repetidas, por lo que sólo analizaron 26. El TCE determinó que 11 actas ya fueron recontadas por la junta provincial que le correspondía, 14 no tienen inconsistencias y un acta de una junta de votación de Manabí tenía 60 votos más sobre el número de votantes en esta junta. 


DEBES SABER:

Yaku Pérez dijo que hay un intento de fraude electoral para evitar que llegue a la segunda vuelta

Pérez dice que reprimieron a sus simpatizantes, Lasso lo supera en el conteo

CNE no aprobó un informe sobre el pedido de recuento de votos de Yaku Pérez

Yaku Pérez y Guillermo Lasso llegaron a un acuerdo


El TCE dice que la resolución del 26 de febrero de 2021 del Consejo Nacional Electoral de solo hacer un recuento parcial de votos “cumple los parámetros de razonabilidad, lógica y compresibilidad”. En esa fecha, el CNE reconoció que había 31 actas con novedades de las más de 27 mil entregadas por Pachakutik. 

Además, sobre el acuerdo al que llegaron Guillermo Lasso y Yaku Pérez, el 12 de febrero de 2021, para abrir las urnas, el TCE dice que no puede aceptar acuerdos de los candidatos, porque eso es competencia del Consejo Nacional Electoral, que de acuerdo a la ley, puede hacerlo cuando crea necesario. 

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En la noche del 7 de febrero, el CNE anunció que en el conteo rápido Yaku Pérez y Andrés Arauz pasaban a segunda vuelta. Pero un par de días después, los resultados cambiaron, y a la segunda entraba Guillermo Lasso por el movimiento CREO y Arauz. Desde ese día simpatizantes de Pérez comenzaron una vigilia porque decían que había un fraude electoral. Organizaciones indígenas de la Sierra y Costa convocaron a un paro nacional para exigir que “haya transparencia en las elecciones”. 

En la madrugada del 21 de febrero de 2021, el CNE proclamó los resultados oficiales. Lasso y Arauz pasaron a la segunda vuelta.