El gobierno decreta libre importación de combustibles para el sector privado. El presidente Lenín Moreno firmó el decreto ejecutivo 1158 con el que establece mecanismos para que el sector privado importe derivados de petróleo y que asuma progresivamente los costos de importación de esos derivados. El Ministerio de Energía y Recursos No Renovables aclaró que el precio del gas de uso doméstico se mantiene. Los costos de la gasolina extra y diésel tampoco serán afectados por el decreto. 

Con el decreto firmado el 24 de septiembre se permite que personas naturales o empresas nacionales o extranjeras que funcionen legalmente en Ecuador, puedan importar combustibles bajo las Normas Técnicas Ecuatorianas de Calidad de los Combustibles que se comercializan en el país. Este nuevo decreto reforma el reglamento de regulación de precios derivados de petróleo publicado en agosto de 2005 en el decreto ejecutivo 338. 

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Al día siguiente de la firma del decreto, el 25 de septiembre de 2020, el gobierno organizó una rueda de prensa para explicar las disposiciones del documento. Caridad Vela, secretaria de Comunicación, dijo que “era una buena noticia” que fue “mal interpretada”. Durante la rueda de prensa, el ministro de Energía y Recursos No Renovables, René Ortiz, dijo que el decreto debe ser interpretado como un alivio fiscal porque los costos que antes tenía que asumir el gobierno, los pagará la empresa privada bajo “estrictos controles” que serán establecidos por la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos No Renovables y el Servicio Ecuatoriano de Normalización.

El decreto dice que el Ministerio de Energía autorizará la libre importación de combustibles para los sectores aéreo, automotriz, pesquero artesanal, industrial, naviero nacional e internacional, doméstico, agroindustrial, vehicular, industrial vehicular y de productos especiales, residencial y comercial. La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos No Renovables controlará que las compañías abastecedoras y comercializadoras públicas y privadas garanticen la demanda y el abastecimiento en todo el país. 

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Además, el decreto establece que el precio de los combustibles para los segmentos industrial, naviero y aéreo será definido por “cada actor de la cadena de comercialización”. Para establecerlo deberán tomar en cuenta las condiciones del mercado y los impuestos aplicables. Treinta días después de la firma del decreto 1158, la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos No Renovables deberá establecer quiénes serán los actores de la cadena de comercialización que se regirán por el decreto, es decir las compañías abastecedoras y comercializadoras privadas involucradas en el proceso.  

 Desde julio de 2020, para el segmento automotriz, camaronero, atunero y pesquero los precios se fijan con el sistema de bandas móviles. El mecanismo de bandas establecido por Petroecuador permite que los combustibles de estos sectores suba o baje máximo un 5% cada mes. La variación depende en su mayoría del precio del petróleo West Texas Intermediate (WTI) que Ecuador utiliza como referencia para fijar los valores de su crudo. En la rueda de prensa del 25 de septiembre, el ministro Ortiz aclaró que si el recurso importado por el sector privado es uno de los que está regulado por el sistema de bandas, su precio se regulará por ese método. 

El Ministro de Energía dijo que Petroecuador, la empresa estatal petrolera seguirá exportando y comercializando combustibles. Y aclaró que publicarán un tarifario para que los importadores puedan usar la infraestructura estatal como los muelles, puertos, terminales marítimos, poliductos, terminales terrestres, entre otros. 

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Según el ministro Ortiz, con el decreto firmado las instituciones involucradas empezarán a preparar reglamentos que faciliten la ejecución de las disposiciones en los plazos establecidos. Uno de los principales cambios es que, en un plazo de 120 días, la normativa ecuatoriana de calidad para nuevos combustibles deberá actualizarse para alcanzar los estándares de la Norma Técnica de emisiones Euro V y las normas de la Organización Marítima Internacional (OMI). Ortiz dijo que están preparando el marco legal para entrar en la etapa en la que una compañía privada invierta su dinero y —corriendo sus propios riesgos— empiece a importar combustibles.